Ayuntamiento de Zaragoza

Urbanismo

Proyecto de Reparcelación. Iniciativa privada (X124)

Última Actualización: 04/09/2015
Concepto:

Se entiende por reparcelación la agrupación de fincas comprendidas en la unidad de ejecución para su nueva división ajustada al planeamiento, con adjudicación de las parcelas resultantes a los interesados en proporción a sus respectivos derechos y de los terrenos de cesión obligatoria a favor del municipio.
La reparcelación tiene por objeto distribuir justamente los beneficios y las cargas de la ordenación urbanística, regularizar la configuración de las fincas, situar su aprovechamiento en zonas aptas para la edificación con arreglo al planeamiento y localizar sobre parcelas determinadas el aprovechamiento que corresponda al Ayuntamiento.


Tipologia:

El proyecto de reparcelación puede ser redactado por la junta de compensación o por el propietario único de los terrenos, en su caso.


Unidad Responsable: SERVICIO DE ORDENACIÓN Y GESTIÓN URBANÍSTICA

Normativa

Procedimiento

A. Iniciación

  • Las solicitudes se presentarán presencialmente, en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano (edificio Seminario, Vía Hispanidad, 20, planta bj.), acompañando la siguiente documentación:
    • 1) Instancia-formulario normalizada que incluye, entre otros, los datos de: Identificación (Etiqueta fiscal o N.I.F. o D.N.I.) y  Notificación (calle, número, piso, letra y teléfono / fax / correo electrónico).
    • 2) Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
    • 3) Tres ejemplares de proyecto que contendrá la siguiente documentación (artículo 145 T.R. Ley Urbanística de Aragón):
      • 1. El proyecto de reparcelación habrá de estar integrado por la documentación que se establece en las disposiciones reglamentarias de aplicación y, en todo caso, deberá contar con:
        • a) Memoria.
        • b) Relación de propietarios e interesados.
        • c) Propuesta de adjudicación.
        • d) Tasación de los derechos, edificaciones, construcciones o plantaciones que deban extinguirse o destruirse para la ejecución del plan.
        • e) Cuenta de liquidación provisional.
        • f) Planos.
      • 2. El proyecto de reparcelación  incorporará una propuesta de adjudicación, sobre la que en su caso se elaborarán las certificaciones inscribibles en el Registro de la Propiedad, de acuerdo con las normas sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística. 
      • 3. La documentación anterior podrá reducirse o ampliarse en congruencia con el contenido efectivo de cada reparcelación, garantizando el fin que justifica su exigencia.
    Además de lo dispuesto en el artículo 82 del Reglamento de Gestíón urbanística y en cuanto al contenido del proyecto de reparcelación deberá tenerse en cuenta lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 1093/1997, por el que se aprueban las normas complementarias para acceso al Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística que describe las circunstancias que debe contener el título inscribible de la reparcelación.

     

B. Ordenación e Instrucción

  • Informe del Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación y, en su caso, de otros servicios municipales (Servicio de Administración de Suelo y Vivienda si hay propiedades municipales).
  • Informe del Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística.
  • Sometimiento a aprobación inicial:
      Comisión Técnica de Asesoramiento.
      Gobierno de Zaragoza.
  • Información pública durante el plazo de un mes, como mínimo.
  • Publicación en la sección provincial del Boletín Oficial de Aragón y Web municipal.
  • Audiencia a los interesados incluidos en el ámbito: propietarios, titulares de derechos reales sobre los terrenos afectados por la reparcelación, arrendatarios y cualesquiera otros interesados que comparezcan y justifiquen su derecho o interés legítimo.
  • Si hay alegaciones se examinan desde un punto de vista técnico y jurídico, resolviéndose en el trámite de aprobación definitiva, previo traslado al promotor del expediente a fin de que pueda alegar lo que convenga a sus intereses.
  • Si el acuerdo de aprobación inicial incluía prescripciones, una vez cumplimentadas éstas y examinadas las alegaciones, se informa el proyecto técnica y jurídicamente.

C. Terminación

  • Aprobación definitiva:
    Comisión Técnica de Asesoramiento.
    Gobierno de Zaragoza.

D. Notificación

  • A todos los interesados, en el plazo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido adoptado, por el medio que se haya hecho constar en la solicitud: electrónico, postal o presencial.
  • Publicación del acuerdo de aprobación definitiva en la sección provincial del Boletín Oficial de Aragón.
  • Una vez firme en vía administrativa, emisión de la certificación del acuerdo de aprobación definitiva y descripción de las parcelas aportadas y resultantes  para acceso del proyecto de reparcelación al Registro de la Propiedad, acompañada de plano diligenciado y con los siguientes requisitos:
    1. Que se expida, en ejemplar duplicado, por el Secretario de la entidad u órgano actuante y con inserción literal del acuerdo adoptado.
    2. Que se exprese que el acto pone fin a la vía administrativa.
    3. Que se hagan constar en ella, en la forma exigida por la legislación hipotecaria, las circunstancias relativas a las personas, los derechos y las fincas a los que afecte el acuerdo.

E. Traslados

  • Servicio de Información Geográfica, con un ejemplar del proyecto.
  • Servicio de Licencias Urbanísticas, con un ejemplar del proyecto.
  • Servicio de Administración de Suelo y Vivienda, con fotocopia de la certificación.
  • A los restantes Servicios de la Gerencia de Urbanismo.

F. Archivo del Expediente

Flujograma

Flujograma del procedimiento Proyecto de Reparcelación. Iniciativa privada (X124)
PROYECTO DE REPARCELACIÓN
INICIATIVA PRIVADA (X124)

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Presencial (SIAC)
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Formulario/instancia y documentación
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Nª entrada/Registro/Nº Expediente
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Chequeo documentación presentada
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Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística
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Informe de otros Servicios Municipales si es necesario
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Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación
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23285
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23285
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¿ Hay
alegaciones?
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Informes técnicos y jurídicos
de las alegaciones
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Aprobación inicial
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Comisión Técnica de Asesoramiento
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Gobierno de Zaragoza
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Información pública por un mes. Audiencia a interesados, publicación en la Sección provincial del BOA y Web municipal
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¿ Hay
prescripciones?
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Cumplimentar las prescripciones
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Aprobación definitiva
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Comisión Técnica de Asesoramiento
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Gobierno de Zaragoza
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Traslados
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Archivo
del expediente
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23270
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10522
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10522
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23270
23285
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23270
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No
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No
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Inicio
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GUÍA DE PROCEDIMIENTOS DE URBANISMO
Última actualización: 31/08/2015
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23310
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23409
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Una vez firme el acuerdo de aprobación definitiva: Emisión de la certificación para acceso al Registro de la Propiedad
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Publicación en la Sección Provincial del BOA
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Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística
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Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación
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Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística
Informe jurídico con propuesta de resolución
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23285
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(Sigue)
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Proyecto de reparcelación. Iniciativa privada
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