Urbanismo

Funcionamiento de establecimientos públicos (X548)


Descripción

La licencia de apertura tendrá por objeto comprobar que la construcción o la reforma y las instalaciones se ajustan íntegramente a las previsiones del Proyecto previamente aprobado por el Ayuntamiento.

Contempla las actividades y establecimientos sujetos a la Ley 11/2005 y Catálogo de establecimientos (Decreto200/2006, de 7 de noviembre)

Tipología:

  • Actividades sujetas a la Ley 11/2005 y al Catálogo de establecimientos (Decreto 220/2006, de 7 de noviembre).
  • Las actividades contempladas en el Anexo VII, art. d)1 de la Ley 7/2006 de Protección Ambiental, modificado por el Decreto 74/2011, de 22 de marzo, (actividades de hostelería, siempre que su potencia mecánica instalada no supere los 25 Kw, su superficie sea inferior a 250 m2 y sin equipo de de sonido)

Deberá tenerse en cuenta además la normativa sobre Distancias Mínimas y Zonas Saturadas en el termino municipal de Zaragoza.

Las obras e instalaciones se ejecutarán de acuerdo con el proyecto técnico aprobado y las condiciones señaladas en la licencia o autorización.

Cuando, se trate de introducir modificaciones sustanciales en el proyecto presentado, el interesado deberá solicitar nueva licencia, con arreglo a los mismos requisitos que para su otorgamiento (supuestos en el art. 150 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón (RBASO).

La declaración responsable es el documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. Estos requisitos estarán recogidos de manera expresa y clara en la correspondiente declaración responsable .

Están sujetas a declaración responsable la Autorización de funcionamiento con carácter previo al ejercicio de actividades sujetas a la ley reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, incluidos en el apartado d) del anexo VII de la Ley de Protección Ambiental de Aragón.

Se tramitarán por el procedimiento simplificado la Autorización de funcionamiento con carácter previo al ejercicio de actividades sujetas a la ley reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, excluidos en el apartado d) del anexo VII de la Ley de Protección Ambiental de Aragón.

Pago


Tasa Urbanística de apertura y actividad. Ordenanza Fiscal nº 13.

Plazo de Resolución


El plazo máximo para la resolución del procedimiento simplificado es de 1 mes.

Las declaraciones responsables producirán los efectos que se determinen en cada caso por la legislación correspondiente y permiten el reconocimiento o ejercicio de un derecho o bien el inicio de una actividad, desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas.

Silencio Administrativo


POSITIVO

Recursos que proceden


  • Recurso de Reposición
  • Recurso Contencioso-Administrativo

Formas de tramitación


Presencial

Lugar de Presentación

Servicio de Información y Atención al Ciudadano

Documentación

  1. Instancia-formulario normalizada (Modelo 440 ó 450).
  2. Fotocopia del NIF/DNI
  3. Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
  4. Justificación de pago electrónico o copia de Documento de ingreso de la Autoliquidación de la Tasa por Apertura y Actividad (Ordenanza Fiscal nº 13)
  5. Declaración, (en el caso de no estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) y no ejercer la actividad, que recogerá el epígrafe(s) en el que se encuadrará) o copia del alta en el mismo si ya ejerce la actividad, o de alta en el Censo (Modelo 036 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria).
  6. Certificado final de obra y de instalación emitido por técnico competente (visado por el correspondiente Colegio Profesional en los supuestos de obra nueva o modificación del uso característico del edificio) que comprenderá:
    • Fecha de finalización.
    • Actualización de presupuesto en su caso.
    • Cumplimiento de las condiciones impuestas en la Licencia.
    • Cumplimiento Ordenanza Prevención de Incendios y Reglamento de Instalaciones.
    • Cumplimiento de la Ordenanza Municipal de Edificación en cuanto a ventilación de aseos, cocina y extracción de humos.
    • Cumplimiento de las Normas Urbanísticas del Plan General en cuanto a alineación del aparato de aire acondicionado con la fachada del edificio.
  7. Planos actualizados y visados si se han realizado modificaciones, incluido Plano Cartográfico actualizado en formato digital (CAD) georeferenciado sobre la cartografía municipal y alineaciones oficiales y con la información geométrica básica del ámbito de proyecto objeto de licencia (Desarrollo en planta con expresión de alturas de la edificación, retranqueo a linderos, dimensiones de los mismos, etc) suscrito por el técnico autor del proyecto.
  8. Boletín del Instalador y Certificado de puesta en servicio por la Diputación General de Aragón de la instalación eléctrica.
  9. Certificados de homologación de los elementos, materiales o instalaciones utilizados, en su caso, en la obra emitidos por la empresa instaladora.
  10. Certificados del cumplimiento de la Ordenanza de Protección contra Ruidos y Vibraciones de 2001.
  11. Cuando se trate de una actividad que ya cuenta con licencia de apertura concedida pero se ha producido un cambio de titularidad se deberá adjuntar: Comunicación-Declaración en la que se manifieste la cesión de los derechos de la licencia, que no ha habido modificación de actividad ni de instalaciones y que se mantienen las condiciones recogidas en Proyectos o Certificados anteriores, con firma del titular de la licencia y del nuevo solicitante que desea la titularidad (transmisor y transmitente).
    Las Titularidades (firmas) de la Declaración y cesión se justificarán mediante cualquier medio válido en derecho, como Acta de cesión notarial, reconocimiento bancario de firma, o comparecencia personal del titular de la licencia ante funcionario competente.
  12. Otra documentación: tanto si se trata de una actividad de nueva implantación como de un cambio de titularidad, el Servicio de Inspección, realizada la visita de inspección pertinente, podrá pedir la presentación de todos aquellos documentos o certificaciones que en relación con las características de la actividad sean exigibles.
  13. Acreditar seguro (Ley 11/2005).

Proceso

Acceder a Pasurban: Programa de Ayuda a solicitudes para cumplimentar los impresos
  • Presente la solicitud en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano junto con la documentación requerida.
  • En el momento de la presentación de la solicitud, se verificará la documentación aportada, dando lugar a una Diligencia en la que se hará constar la presentación completa o incompleta de la documentación, notificándose el resultado, con acuse de recibo, al solicitante. Si se observara la carencia de algún dato o documento necesario para la tramitación de la solicitud, se requerirá al interesado para que, en el plazo de quince días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de su petición, previa Resolución y Notificación.
  • Remisión del expediente al Servicio de Disciplina Urbanística.
  • Informes técnicos y jurídico
  • Resolución
  • Notificación
Última actualización: 2021-02-23

Descarga: Datos Abiertos

Órgano gestor


Servicio de Licencias de Actividad

  • Vía Hispanidad, 20 - 50071
  • 976 721044
  • De 8.30 a 12,30h.