Espacio de consulta de la normativa municipal con información sobre el estado de las disposiciones reglamentarias del ayuntamiento y la posibilidad de realizar búsquedas por temas. Más información
- El art. 4.1.a) de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), atribuye a los Ayuntamientos potestad reglamentaria, es decir, capacidad para desarrollar, dentro de la esfera de sus competencias, lo dispuesto en las leyes estatales o autonómicas. Como consecuencia de esta potestad, los Ayuntamientos pueden dictar disposiciones de carácter general y de rango inferior a ley, sin que, en ningún caso, estas disposiciones puedan contener preceptos opuestos a las leyes.
- Sin perjuicio de los Bandos de la Alcaldía-Presidencia, (objeto de una regulación específica en el artículo 128 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Zaragoza), la potestad reglamentaria de los Ayuntamientos se materializa a través de las Ordenanzas y Reglamentos aprobados por el Pleno Municipal. Se habla de Ordenanzas para referirse a las normas municipales con efectos sobre los ciudadanos y de Reglamentos para las normas internas, de autoorganización. Sin embargo, se trata de dos términos que expresan una misma realidad jurídica: normas de naturaleza reglamentaria elaboradas por el Pleno de un Ayuntamiento.
- La aprobación de las Ordenanzas y Reglamentos municipales, en general, se ajusta al siguiente procedimiento (art. 49 LRBRL):
- Aprobación inicial por el Pleno, por mayoría simple
- Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de 30 días para la presentación de reclamaciones y sugerencias (el anuncio se expone al público en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia).
- Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno. En el acuerdo inicial se puede establecer que, si no se presentan reclamaciones, la Ordenanza o Reglamento se considerará aprobada definitivamente de forma automática.
- Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
- Este procedimiento tiene algunas modificaciones para algunos tipos de Ordenanzas y Reglamentos municipales concretos (por ejemplo, las Ordenanzas fiscales -véase el artículo 17 de la Ley de Haciendas Locales)
Encuentra la normativa que buscas:
Estado Normativa
Consulta pública previa
Aprobación inicial
No existen normativas en elaboración
Información pública
No existen normativas en periodo de información pública
Aprobación definitiva
-
Ordenanza Municipal de Terrazas de Veladores
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Reglamento de los Centros Municipales de Servicios Sociales
Publicado en el BOPZ de 03.03.2022
-
Reglamento C.M. Protección Animal y del Voluntariado con Animales.
Aprobación definitiva
Materias
- Abastecimiento, Saneamiento y Depuración 7
- Administración Electrónica 5
- Cementerio 14
- Ceremonial y Protocolo 3
- Cultura y Educación 9
- Deportes 2
- Economía y Actividades Comerciales 56
- Empleo y Fomento 1
- Gobierno Abierto 9
- Juventud 5
- Medio Ambiente 30
- Organización Municipal 53
- Participación Ciudadana 28
- Policía Local 7
- Precios y Tributos 32
- Prevención y Seguridad 4
- Salud Pública 13
- Servicios Sociales 24
- Tráfico y Transportes 21
- Turismo y Congresos 2
- Urbanismo 40
- Urbanismo (Consejo Gerencia) 3