Ayuntamiento de Zaragoza

Urbanismo

Licencia de Ocupación ( X461)

Concepto:

AVISO: Trámite modificado el 07.09.2011 por la entrada en vigor de la Ordenanza Medios de Intervención en la Actividad Urbanística (MIAU)

La licencia de ocupación es una modalidad de las licencias urbanísticas, que se exigirá para la primera utilización de los edificios de nueva construcción, los que hayan sido objeto de modificación sustancial o de ampliación, así como las modificaciones de uso de los mismos, cuando no sean necesarias la licencia de actividad clasificada ni la de apertura (artículo 233 de la Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón).
La licencia de ocupación acredita que las obras se han realizado conforme al proyecto aprobado y a las condiciones impuestas en la licencia y que la edificación está en condiciones de ser utilizada.


Tipologia:

Se distinguen las siguientes modalidades:
a) la primera utilización de los edificios de nueva construcción,
b) los que hayan sido objeto de modificación sustancial o de ampliación,
c) las modificaciones de uso de los mismos, en los casos en que no haya sido necesaria la licencia de actividades clasificadas o de apertura.
Su objeto pretende que, mediante visita de inspección, se compruebe que las obras ejecutadas se corresponden con la licencia aprobada.


Documentación General

Documentación Técnica