Nuevas tecnologías en movilidad


La Ordenanza, dentro de su vocación de futuro, incluye asimismo referencias tanto a distribución urbana de mercancías con el uso de vehículos autónomos y robots como a testear nuevos servicios de Movilidad Compartida. Asimismo, recoge la posibilidad de autorizar entornos de prueba para nuevas tecnologías (vehículos autónomos, vehículos eléctricos, etcétera).

Artículo 77. Promoción de la movilidad compartida.

El Ayuntamiento promoverá la movilidad compartida en vehículos a pedales, con pedaleo asistido o eléctricos. Basándose en ello, para los vehículos de movilidad compartida, dependiendo del tipo de vehículo o del tipo de servicio, el Ayuntamiento podrá eliminar restricciones de acceso a determinadas zonas, regulándose este aspecto a través de resolución del órgano competente en materia de movilidad debidamente motivada.

Artículo 78. Pruebas piloto.

Con el fin de facilitar la evaluación de idoneidad de distintas modalidades de movilidad compartida, el Ayuntamiento de Zaragoza podrá autorizar pruebas piloto de operación de vehículos de movilidad compartida mediante decreto del Órgano con competencias en movilidad, estableciendo el plazo máximo y las condiciones para dicha operación. El plazo no podrá superar los tres años de prueba piloto. En caso de cumplirse los tres años la empresa deberá optar a una concesión administrativa u otro tipo de autorización conforme a lo establecido en el artículo anterior.

Artículo 12. Entornos regulados de pruebas.

El Ayuntamiento de Zaragoza impulsará la innovación y el desarrollo tecnológico para fomentar la seguridad vial, la eficiencia energética y la sostenibilidad medioambiental de la movilidad y el transporte urbano a través de entornos regulados de pruebas, conforme al procedimiento establecido en la correspondiente ordenanza reguladora.

Artículo 101. Distribución autónoma y operaciones especiales de DUM.

  1. Se prevé la distribución urbana de mercancías mediante vehículos de movilidad autónoma o robots. Esta distribución se podrá realizar mediante vehículos autónomos circulando por calzada y robots circulando por acera. Los requisitos y limitaciones que deben cumplir dichos dispositivos se establecen en la Instrucción Técnica IT- MOV- 08. Queda totalmente prohibido la distribución autónoma, dentro del término municipal de Zaragoza de cualquier tipo de mercancía peligrosa. En cualquier caso toda la mercancía que se distribuya de forma autónoma deberá ser escaneada con dispositivos adecuados que impidan que en los vehículos autónomos o en los robots de distribución se coloque mercancía peligrosa de ningún tipo (explosivos, químicos, biológicos, radiactivos, etc.) siendo responsabilidad última de la empresa de distribución esta vigilancia.
  2. Cualquier actividad u operación logística no contemplada en ninguno de los tipos recogidos en la presente ordenanza requerirá autorización expresa por el Órgano competente.