El contratista, sobre la base del estudio de necesidades, aportará los medios materiales y el personal preciso para el correcto funcionamiento de todos los componentes del contrato. A este efecto, tendrá en cuenta los diferentes turnos, vacaciones, absentismo, etc., de forma que se garantice un perfecto cumplimiento de las obligaciones contractuales, en cada uno de los componentes del contrato.
En la gestión del contrato la Empresa Adjudicataria deberá disponer al menos, el siguiente personal:
Director técnico y Organizativo de la Concesión. (D.T.O)
Al frente de la dirección de organización del contrato por parte de la Empresa Adjudicataria deberá disponer un Director Técnico y Organizativo que deberá tener dedicación plena, controlará y planificará las actividades del contrato bajo la supervisión de la Dirección de Técnica del Ayuntamiento y los Facultativos de la misma, por lo que deberá asistir a todas las reuniones que se convoquen y estar disponible a requerimiento de la Dirección Técnica de los Trabajos por parte del Ayuntamiento.
La competencia técnica del representante del Adjudicatario será determinada y comunicada en el Acta de Inicio de la Actividad. En el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) se indicará los requisitos mínimos que deberá cumplir el perfil de la persona que desempeñe el cargo.
Si en algún momento el representante del Adjudicatario es sustituido por otro, aunque sea igualmente competente, deberá procederse por parte del Adjudicatario a comunicarlo a la Dirección del Contrato
Jefaturas de Componente (J.C.)
Al frente de cada componente cada uno de los componentes del contrato, la empresa adjudicataria deberá disponer sendos Jefes de Componentes, con dedicación plena, capaces de gestionar los recursos humanos, materiales y tecnológicos, asignados a su componente, resolver los problemas técnicos, redactar informes propios de su componente, tanto sistemáticos como específicos que le sean requeridos por la Dirección Técnica del Ayuntamiento.
Tendrán las siguientes capacidades y/o titulaciones:
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Componente II: “Control de Accesos”
Titulación de Ingeniero Superior o un Ingeniero Técnico, Graduado en Ingeniería o Máster en Ingeniería, legalmente competente, con experiencia mínima de 5 añosen gestión de control de accesos.
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Componente III: “Plataforma de Gestión Integral”.
Titulación de Ingeniero Superior o un Ingeniero Técnico, Graduado en Ingeniería o Máster en Ingeniería, legalmente competente, con experiencia mínima de 5 años en dirección de proyectos de programación informática, gestión de bases de datos, creación de plataformas y comunicación de redes y sistemas informáticos.
Además del Director Técnico y los Jefes de Componente, la empresa adjudicataria deberá disponer de personal suficiente para el control de vehículos estacionados en zonas reguladas, control de vehículos que acceden a A.P.R. y a Z.B.E., mantenimiento y conservación de equipos móviles y fijos, señalización vertical y marcas viales, registro de usuarios, recaudación, gestión de propuestas de sanción, información al ciudadano telefónica y presencial, implantación, mantenimiento, seguimiento, control y actualización de la Plataforma Informática de Gestión Integral, así como la administración de los propios recursos.
El comportamiento del personal de control así como el de atención presencial en la oficina de información, representa para muchos ciudadanos de Zaragoza y para la gran mayoría de visitantes de la ciudad, la imagen del Ayuntamiento, por lo que debe ser especialmente trabajada su formación, subrayada la importancia directa e indirecta de su trabajo, atendiendo especialmente al trato con el ciudadano y su imagen personal.
En este sentido los controladores y el personal de atención presencial en la oficina de información, deberá atender cuantas solicitudes de información reciban de los usuarios en relación con los servicios prestados en cada uno de los componentes del contrato.
El personal de control observará cualquier anomalía o incidente, referente al servicio, que ocurra en la vía pública, advirtiendo de ello lo antes posible al jefe inmediatamente superior, quien adoptará las medidas que considere oportunas en cada caso. Así mismo estará, en caso necesario y en relación con el servicio, a disposición de los requerimientos de la Dirección de Contrato.
El personal de control, de información al público, de supervisión o de mantenimiento deberá ir debidamente uniformado e identificado. El diseño de los uniformes deberá adaptarse a la función desempeñada y tipo de inclemencias a soportar; sin que pueda llevar a confusión con el uniforme propio de la Policía Local. Además deberá de ser aprobado por la Dirección del Contrato del Ayuntamiento de Zaragoza.
En ningún caso existirá relación laboral alguna entre los trabajadores de la empresa y el Ayuntamiento de Zaragoza. A tal efecto el contratista es titular exclusivo de la empresa.
Entre las obligaciones del concesionario que deberán cumplirse por el personal afecto al mismo, figurará la de comunicar a la Policía Local cualquier transgresión a las normas de estacionamiento establecidas en la zona por los vehículos.
Los medios materiales que los licitadores consideren necesarios para la gestión del servicio serán objeto de descripción pormenorizada en el Proyecto Técnico de Gestión Ofertado, y que incluirá además de los aspectos propios del sistema, la disponibilidad de oficinas, almacenes, vehículos, medios de comunicación e informáticos, material de reposición, señalización, etc, determinando aquellos materiales que serán objeto de revisión al final del contrato.
El adjudicatario podrá sub-contratar prestaciones accesorias y no fundamentales para la explotación del servicio, previa comunicación y autorización municipal.