Año 2022
Convocatoria | Orden del día | Acuerdos/Actas | Audios/Vídeos |
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16 marzo 2023 (16:00h) | Orden del día | ||
13 julio 2022 (17:00h) | Orden del día | Acta de la sesión |
Convocatoria | Orden del día | Acuerdos/Actas | Audios/Vídeos |
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16 marzo 2023 (16:00h) | Orden del día | ||
13 julio 2022 (17:00h) | Orden del día | Acta de la sesión |
Convocatoria | Orden del día | Acuerdos/Actas | Audios/Vídeos |
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10 de noviembre de 2021 (17:00h) | Orden del día | Acta de la sesion | |
10 de noviembre de 2021 (16:00h) | Orden del día | Acta de la sesion |
Consejo Sectorial de Protección Animal, es un órgano de participación e información, control y asesoramiento, de naturaleza consultiva y de ámbito municipal que surge en 2012 como consecuencia del acuerdo plenario del ayuntamiento de Zaragoza, de fecha 26 de marzo de 2012 y configurándose bajo la dependencia del Consejo de la Ciudad, conforme a lo establecido en los Artículos 95 y siguientes y 116 y siguientes del Reglamento de Órganos Territoriales y Participación Ciudadana de 2005. Su finalidad y objetivos es la de facilitar la participación de los ciudadanos y canalizar la información de las entidades asociativas en los asuntos municipales relativos a Protección Animal.
Corresponderán a este Consejo, dentro del ámbito de sus competencias, las siguientes funciones:
Además llevará a cabo las funciones propias atribuidas por la Ley de Protección Animal y sus reglamentos sectoriales de la Comunidad Autónoma de Aragón .
El Consejo Sectorial de Protección Animal, contará con la siguiente estructura:
Asimismo, formarán parte del Pleno del Consejo, con voz pero sin voto:
Será Secretaria de actas del Consejo, la/el Técnico del Área de Cultura, Educación y Medio Ambiente , designada/o al efecto
La pertenencia al Pleno del Consejo de los representantes de las Asociaciones y Entidades lo es en razón de la condición que ostenten en las mismas, cesando en el momento en que se pierda dicha cualidad y siendo sustituido automáticamente por quien la posea.
En caso de ausencia o enfermedad, y en general cuando concurra alguna causa justificada, los titulares del Pleno del Consejo podrán ser sustituidos, acreditándolo ante la Secretaría del mismo.
Corresponden al Pleno las funciones referidas al Consejo.
Se reunirá al menos dos veces al año en sesión ordinaria y sus acuerdos tendrán el carácter de informe o petición y no serán vinculantes para los órganos de Gobierno Municipal, debiendo contar con el visto bueno del Consejo de la Ciudad.
En lo no previsto en las presentes normas, serán de aplicación las normas de funcionamiento y organización previstas en el Reglamento de Órganos Territoriales y de Participación Ciudadana de 28/7/2005.
El Consejero de Servicios Públicos y Régimen Interior
Un representante de una de las protectoras
Asimismo, formarán parte del Pleno del Consejo, con voz pero sin voto:
Será Secretaria de actas del Consejo, la/el Técnico del Área de Servicios Públicos y Régimen Interior , designada/o al efecto.
Fechas | Acuerdos/Actas |
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24 de septiembre de 2012 | Acta de la sesion |
20 diciembre 2012 | |
16 de octubre de 2013 | |
31 de julio de 2014 | |
2 de febrero de 2015 | |
13 de febrero de 2015 | |
21 de diciembre de 2015 | |
19 de julio de 2016 |