0044176-26 - ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA, ECONÓMICOFINANCIERA E INFORMACIÓN, COMUNICACIÓN Y VISIBILIDAD DEL PAI "REVIVE BRUIL" DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA, CONFINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA A TRAVÉS DEL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER) EN EL MARCO DEL PROGRAMA PLURIRREGIONAL DE ESPAÑA 2021-2027 DENTRO DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO INTEGRADO LOCAL (PLAN EDIL).


En Licitación En Licitación

Fecha de Presentación: Hasta 10-08-2026 12:59

  • Tipo de contrato: Servicios
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: CONSEJERIA DE HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
  • Servicio Gestor: DIRECCIÓN GENERAL DE FONDOS EUROPEOS
  • Año: 2026
  • Valor estimado: 228.344,98€
  • Importe (sin IVA): 177.601,65 € (con IVA: 214.898,00 €)
  • Objeto: El presente contrato tiene por objeto la prestación de los servicios de asistencia técnica en la gestión administrativa, económica-financiera, así como dar soporte informativo y cumplir con las exigencias de comunicación y visibilidad del proyecto PAI "REVIVE BRUIL". La entidad licitadora que resulte adjudicataria de la contratación administrativa de los servicios de asistencia técnica, como refuerzo de las capacidades necesarias para llevar a cabo la gestión del PAI, apoyará a la Unidad de Gestión, que ejercerá las funciones propias de OIL. Asimismo, previa aprobación de la Unidad de Gestión, la empresa adjudicataria estará obligada a asistir a las Unidades Ejecutoras del PAI en la gestión administrativa y económico-financiera. Este contrato va a estar cofinanciado por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Plurirregional de España 2021-2027 dentro de la Estrategia de Desarrollo Integrado Local (Plan EDIL).
  • Duración: 1260 días
  • CPV:
    • Servicios de asistencia técnica
    • Servicios generales de consultoría en gestión
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Otros 6 % Experiencia y especialización del equipo de trabajo

Por cada servicio de gestión y justificación de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible Integrado (EDUSI), aprobada en cualquiera de las convocatorias realizadas por el Ministerio de Hacienda en el periodo 2014-2020, en cuya ejecución haya participado al menos uno de los miembros del equipo técnico encargado de la ejeución del contrato, se otorgarán 1 punto, hasta un máximo de 6 puntos. Podrá evaluarse para el mismo proyecto la participación de varios técnicos del equipo, en ese caso cada proyecto podrá valorarse exclusivamente para 2 profesionales.

La experiencia valorable deberá corresponder exclusivamente a las personas integrantes del equipo técnico adscrito a la ejecución del contrato, ya se trate de personal propio del licitador o de profesionales procedentes de medios externos puestos a su disposición. Dicho equipo deberá formalizarse en la oferta y mantenerse durante toda la ejecución del contrato, dado que lo que se pretende valorar es la capacidad efectiva del equipo que realizará las tareas de gestión y justificación de la estrategia

Objetivo Otros 4 % Propuesta de formación al personal municipal

Se valorará la propuesta de formación dirigida al personal municipal implicado en la gestión del PAI, asignándose la puntuación en función del número anual de acciones formativas ofertadas, de acuerdo con la siguiente escala: 

  • 0 puntos: cuando no se oferte ninguna acción formativa anual. 
  • 1 punto: cuando se oferte 1 acción formativa anual. 
  • 2 puntos: cuando se oferten 2 acciones formativas anuales. 
  • 3 puntos: cuando se oferten 3 acciones formativas anuales. 
  • 4 puntos: cuando se oferten 4 o más acciones formativas anuales.

A estos efectos, se entenderá por acción formativa cada curso, taller, sesión o módulo formativo con denominación propia, programa de contenidos, duración y personal destinatario definidos, con una duración mínima de dos horas por acción, y referido a materias directamente relacionadas con la gestión del PAI y con los requisitos aplicables a las actuaciones cofinanciadas en el marco del Plan EDIL y del FEDER.

Tendrán esta consideración, entre otras, las acciones formativas relativas a gestión y justificación de operaciones cofinanciadas, seguimiento y control económico-financiero, indicadores, pista de auditoría, sistemas de información, principio DNSH, comunicación y visibilidad, así como cualesquiera otros aspectos normativos, procedimentales o de gestión que resulten relevantes para el personal municipal adscrito a la ejecución, seguimiento, control y justificación del PAI.

Objetivo Precio 31 % Oferta económica

Se ofertará un único porcentaje de baja sobre el 3,5% con hasta tres decimales.

La puntuación se calculará conforme a la siguiente fórmula:

P = Np x |³ √B/Bmax |

Donde P es la puntuación obtenida por cada oferta en el criterio económico; Np, es la puntuación máxima asignada a dicho criterio,es decir, 31; B es la baja porcentual correspondiente al licitador que se valora y Bmax es la mayor baja porcentual ofertada. Las ofertas que vayan al porcentaje de licitación del 3,5% se puntuarán con 0 puntos.

La oferta se presentará de acuerdo con el modelo del ANEXO 3 del presente pliego, debiendo indicar el porcentaje de baja así como el importe total (IVA incluido) resultante de aplicar dicho porcentaje al importe de la subvención. En el caso de error aritmético en el cálculo, se atenderá únicamente al porcentaje ofertado aplicable presentado por el licitador.

Subjetivo Otros 40 % Metodología de trabajo, plan de ejecución, planificación temporal y control de calidad

Deberá incluir: 

  • La metodología propuesta para la gestión administrativa y económico-financiera del PAI, en particular los procedimientos de tramitación, registro, control de elegibilidad delgasto, verificación y archivo documental (Hasta 10 puntos). 
  • La planificación temporal de las actuaciones, la organización de recursos y la coordinación con los servicios municipales y con la Dirección General de Fondos (Hasta 15 puntos).
  • El diseño de las actuaciones de información, comunicación y visibilidad del PAI "Revive Bruil", atendiendo a su adecuación a la normativa FEDER 2021-2027 y a la claridad en la definición de objetivos, públicos destinatarios, canales y mecanismos de seguimiento. (Hasta 15 puntos).

La puntuación se asignará en función del grado de detalle, coherencia interna, viabilidad y adecuación de la propuesta al objeto del contrato.

Subjetivo Otros 9 % Adecuación de los recursos humanos y técnicos a las tareas objeto del contrato y la interlocución con los servicios municipales

Deberá incluir: 

  • Organigrama funcional del equipo. Hasta 2 puntos. 
  • Descripción de funciones de cada perfil técnico. Hasta 2 puntos. 
  • Justificación de su idoneidad en relación con las tareas. Hasta 2 puntos.
  • Relación de medios técnicos disponibles (software, bases de datos, etc.). Hasta 1 punto. 
  • Canales de comunicación propuestos (correo, plataformas, reuniones...). Hasta 1 punto.
  • Protocolos para atención urgente o imprevistos. Hasta 1 punto.

En ningún caso se deben indicar nombres de las personas que van a ejecutar la prestación del servicio ni la documentación relativa a la experiencia demostrable con los fondos EDUSI ya que es objeto de valoración en los criterios automáticos, so pena de excluisión.

Tampoco se incluirán en los criterios evaluables mediante juicio de valor ningún dato del que pueda deducirse cualquiera de los aspectos a valorar mediante fórmulas aritméticas (número de reuniones, horas de formación al personal municipal...), so pena de exclusión.

Objetivo Otros 10 % Propuesta de asistencia presencial

Se valorará la propuesta de asistencia presencial de personal técnico de la empresa adjudicataria a las reuniones y actuaciones vinculadas a la ejecución y justificación del PAI “Revive Bruil”, asignándose un punto por cada compromiso de asistencia presencial para cada anualidad, hasta un máximo de 10 puntos.

A estos efectos, se entenderá por asistencia presencial contar con la presencia física del citado personal técnico en las reuniones internas de coordinación del Ayuntamiento de Zaragoza, las visitas in situ a las actuaciones objeto del proyecto, así como el acompañamiento a los responsables municipales a las sesiones que se celebren ante el organismo de gestión o entidad concedente de los fondos, cuando el Responsable del Contrato lo requiera al adjudicatario.

TipoDescripción

Dada la naturaleza del contrato, se considera imprescindible que el adjudicatario acredite experiencia previa en servicios de asistencia técnica en las áreas de consultoría y asistencia a empresas englobados dentro de los CPV (79411000-8; 71356200-0; 75112100-5) descritos en el Pliego de Clausulas Administrativas Particulares Específicas.

A tal efecto, la experiencia requerida considerará haber prestado al menos cinco servicios de en los últimos tres años, indicando objeto, importe, fechas y destinatario.

Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.

La solvencia técnica se acreditará documentalmente por el propuesto como adjudicatario previo requerimiento por el Servicio de Contratación del Ayuntamiento de Zaragoza.

No se incluirá como solvencia técnica ningún certificado que, de forma directa o indirecta, se refiera a la gestión y justificación de fondos EDUSI (Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado) de las convocatorias aprobadas en el periodo 2014-2020 puesto que son susceptibles de valoración como criterio de adjudicación automático, de acuerdo con la cláusula 17 A.3 del presente pliego, so pena de exclusión.

Volumen anual de negocios que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos deberá ser, igual o o superior a 76.115 € (IVA excluido), equivalente a una vez y media la anualidad media del contrato (art. 87.3 a) LCSP)

El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

La solvencia económica y financiera se acreditará documentalmente por el propuesto como adjudicatario previo requerimiento por el Servicio de Contratación del Ayuntamiento de Zaragoza.

TipoDescripción
Otras cláusulas de carácter social

a) Es condición especial de ejecución tener a disposición la documentación completa y verificable sobre los trabajadores/as, a presentarla al órgano de contratación cuando este lo requiera y advertir a las empresas trabajadoras sobre la posibilidad de una inspección por parte de dicho órgano.

b) Es condición especial de ejecución que el contratista deberá abonar puntualmente a lostrabajadores/as vinculados a la ejecución del contrato los salarios pactados o legalmente establecidos.

c) Es condición especial de ejecución que el contratista deberá abonar puntualmente a los trabajadores/as adscritos a la ejecución del contrato los salarios pactados o legalmente establecidos, así como los gastos de seguridad social.

d) Resultará necesario controlar en todo momento la adscripción del número de trabajadores/as fijados en pliegos y/u ofertas exigidos y el desarrollo de sus tareas, para lo cual el contratista deberá enviar, con carácter mensual, un informe de las incidencias producidas en materia laboral incluyendo los documentos de cotización y los certificados de la seguridad social. La empresa estará obligada a cubrir todas las bajas y vacaciones de su plantilla de manera que el número de personal dedicado a las tareas objeto del contrato no sea nunca inferior a la plantilla ofertada.

e) El adjudicatario vendrá obligado a mantener el personal que defina la oferta, tanto en número como en cualificación como en gasto económico en capítulo de personal. La empresa deberá cumplir en todo momento el convenio colectivo sectorial aplicable así como cualquier otro acuerdo laboral vigente, con especial referencia a la cláusula de subrogación, en su caso.

No minoración de las condiciones de trabajo de los trabajadores

De conformidad con el artículo 37 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, con la presentación de sus ofertas, las empresas licitadoras adquirirán el compromiso de mantener o mejorar, durante la ejecución del contrato, las condiciones laborales de los trabajadores adscritos a la ejecución de aquel, especialmente las relativas al salario, la duración de la jornada, la conciliación de la vida personal y familiar y los permisos. Esta obligación subsistirá incluso si decae la vigencia del Convenio Colectivo de referencia. Este compromiso alcanzará también a las empresas subcontratistas, siendo responsabilidad de la contratista principal asegurar su cumplimiento.

Cláusulas sociales de género

a) Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

b) La empresa adjudicataria deberá acreditar en su caso, el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, de conformidad con el Real Decretoley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

c) En todo caso y siempre que sean necesarias nuevas contrataciones, sustituciones y/o se produzcan bajas, la empresa adjudicataria se compromete a contratar a mujeres y en función del número de contrataciones éstas se realizarán en un porcentaje superior, al menos en cinco puntos al porcentaje medio señalado en el último trimestre para el sector de actividad concreto por la encuesta de población activa del I.N.E.

d) La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual.

e) En la elaboración de memorias e informes que la entidad licitadora deberá presentar con motivo de la ejecución del contrato, todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el personal que ejecute el contrato, deberán estar desagregados por sexo y edades, estableciendo porcentajes, de forma que pueda conocerse la población sobre la que incide el contrato.

f) La empresa adjudicataria deberá realizar durante la ejecución del contrato como mínimo tres acciones nuevas en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a la plantilla adscrita a su ejecución, que podrán pertenecer a uno o más de los bloques detallados en el apartado 3.5.1.f) de la Instrucción relativa la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público Empresarial, según modelo que figura en ANEXO 6 en el presente pliego.

g) Antes de finalizar el contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar al Responsable del contrato un informe detallado sobre todas las actuaciones realizadas; sin la presentación del mismo no se podrá dar por finalizado el contrato. Este informe se realizará conforme al Modelo incluido en el ANEXO 7 de este Pliego.

Contratos con mismo CPV:

Descargar: Datos Abiertos