0065909-25 - OBRA CIVIL PARA CANALIZACIÓN Y SOTERRAMIENTO DE LAAT 45 KV Y LAMT 10 KV EN ZV(PU) 88.01 "PARQUE DEL BARRANCO EN ZARAGOZA".


Pendiente de Adjudicar Pendiente de Adjudicar

  • Tipo de contrato: Obras
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: GOBIERNO DE ZARAGOZA
  • Servicio Gestor: GOBIERNO DE ZARAGOZA
  • Año: 2025
  • Valor estimado: 445.223,78€
  • Importe (sin IVA): 445.223,78 € (con IVA: 538.720,77 €)
  • Objeto: El objeto del presente proyecto es especificar las condiciones técnicas, de ejecución y económicas para la ejecución de las obras de soterramiento de las eléctricas en la parcela EE-02 del Sector 88/1 de Zaragoza. Las obras comprenden el soterramiento de una línea de media tensión (10 KV), un centro de seccionamiento para el entronque con la red actual de Endesa de 10 KV y centro de transformación, y el soterramiento dedos líneas de media tensión (45KV)
  • Duración: 28 días
  • CPV:
    • Trabajos generales de construcción de inmuebles y obras de ingeniería civil
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 85 % Oferta económica

Se propone un criterio de proporcionalidad respecto de la oferta más reducida, a la que se atribuirá la puntuación máxima, calculando la ponderación de las demás con arreglo a la siguiente fórmula:

P = Np x | √Bi / Bmax |

La puntuación obtenida (P) será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos (Np), por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (Bi) y la mayor baja ofertada (Bmax).

Objetivo Otros 15 % Aumento en el plazo de garantía

Se valorarán el plazo de garantía adicional de las obras, inicialmente prevista en dos años, hasta un máximo de 15 meses adicionales al plazo mínimo de garantía contenidos en estos pliegos, repartiendo la puntuación de forma lineal según la siguiente fórmula:

P garantía adicional oferta i = 15 x ( GA oferta i / 15 )

donde GA oferta i es el número de meses en que cada licitador oferta ampliar el plazo de garantía de obra

TipoDescripción

Relación de las principales obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, de igual o similar naturaleza con los que constituyen el objeto de este contrato, por importe anual no inferior a 311.656,65 € (IVA excluido- 70 % del valor estimado del contrato).

La acreditación de este requisito se realizará mediante certificados de buena ejecución que indicarán el importe, las fechas, el lugar de ejecución de las obras y la descripción de su objeto, y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. En ellos se deberá hacer referencia expresa al objeto del contrato y a sus principales características, o bien al grupo o subgrupo de clasificación.

Volumen anual de negocios que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato conforme al artículo 87.3 a) de la LCSP y el informe de la Junta consultiva de contratación Administrativa de Aragón n.º 4/2021-): 667.835,67 € (IVA excluido).

El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro; y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

TipoDescripción
Clausulas sociales de empleo

a) Tener a disposición documentación completa y verificable sobre los trabajadores y trabajadoras empleados, a presentarla al órgano de contratación cuando éste lo requiera y a advertir a las personas trabajadoras sobre la posibilidad de una inspección por parte de dicho órgano.

b) Abonar puntualmente a los trabajadores/a adscritos a la ejecución del contrato los salarios pactados o legalmente establecido.

c) El adjudicatario vendrá obligado a mantener el personal que defina la oferta, tanto en número como en cualificación. La empresa deberá cumplir en todo momento el convenio colectivo sectorial aplicable, así como cualquier otro acuerdo laboral vigente.

Cláusulas sociales de género

a. Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

b. Las empresas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres conforme al Rel Decreto Ley 6/2019.

Las empresas acreditarán el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas según establece el artículo 39 de Ley 11/2023.

A efectos de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, el propuesto como adjudicatario deberá cumplimentar el Anexo V I del PCAPE.

c. En todo caso y siempre que sean necesarias nuevas contrataciones, sustituciones y/o se produzcan bajas, la empresa adjudicataria se compromete a contratar a mujeres y en función del número de contrataciones éstas se realizarán en un porcentaje superior, al menos en cinco puntos al porcentaje medio señalado en el último trimestre para el sector de actividad concreto por la encuesta de población activa del I.N.E. d. La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual.

e. En la elaboración de memorias e informes que la entidad licitadora deberá presentar con motivo de la ejecución del contrato, todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el personal que ejecute el contrato, deberán estar desagregados por sexo y edades, estableciendo porcentajes, de forma que pueda conocerse la población sobre la que incide el contrato.

f. La empresa adjudicataria deberá realizar durante la ejecución del contrato como mínimo tres acciones en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a la plantilla adscrita a su ejecución, que podrán pertenecer a uno o más de los bloques detallados en el apartado 3.5.1.f) de la Instrucción relativa la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público Empresarial. Antes de finalizar el contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar al Responsable del contrato un informe detallado sobre todas las actuaciones realizadas; sin la presentación del mismo no se podrá dar por finalizado el contrato. Este informe se realizará según el Modelo incluido en el Anexo V II a este Pliego.

No minoración de las condiciones de trabajo de los trabajadores

En cumplimiento del acuerdo del Gobierno de Zaragoza de 10 de octubre de 2014, es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria viene obligada, durante todo el periodo de ejecución del contrato, a no minorar las condiciones de trabajo de los trabajadores/as en materia de jornada y salario, y en términos anualizados, así como a cualquier mejora sobre la legislación laboral básica aplicable, que correspondan en cada momento a las personas trabajadoras adscritas al contrato en función del convenio colectivo de aplicación, aunque el mismo pierda posteriormente su vigencia como consecuencia de la ultraactividad. y ello salvo acuerdo explícito entre la empresa y la representación de los trabajadores/as.

Ensayos y análisis de materiales y unidades de obra

Sin perjuicio de los análisis y ensayos previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Programa de Control, la Dirección Facultativa podrá ordenar que se realicen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra que en cada caso resulten pertinentes. Los gastos que se originen serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del 1% del presupuesto del contrato.

La Dirección Facultativa fijará el número, forma y demás características que deben reunir las muestras y probetas para ensayo y análisis, caso de que no exista disposición general al efecto, ni establezca tales datos el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o el programa de control.

Contratos con mismo CPV:

Descargar: Datos Abiertos