511798-24 - ACONDICIONAMIENTO EN PLANTA BAJA PARA ACELERADORA DE APPSEN EDIFICIO ETOPIA


Contrato Menor

Adjudicación Adjudicación

  • Tipo de contrato: Obras
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: COORDINACION GENERAL DEL AREA DE ECONOMIA, TRANSFORMACION DIGITAL Y TRANSPARENCIA
  • Servicio Gestor: SERVICIO DE CIUDAD INTELIGENTE Contacto: Ver Anexo II
  • Año: 2024
  • Importe (sin IVA): 38.418,48 € (con IVA: 46.486,36 €)
  • Objeto: Mediante el presente pliego se definen las condiciones administrativas, economicas y tecnicas queregiran la licitacion del contrato menor de obra cuyo objeto es ¿el acondicionamiento en plantabaja para acelerador de APP en edificio Etopia¿, asi como las condiciones de ejecucion delcontrato y los derechos y obligaciones del contratista, al que se refiere la memoria valorada adjunta.
  • Duración: 60 días
  • CPV:
    • Trabajos generales de construcción de inmuebles y obras de ingeniería civil
  • Licitadores: 1
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Otros 15 % Reducción del plazo de ejecución de la obra

El plazo estipulado para la ejecución de la obra es de 60 días desde la firma del acta de replanteo. Se indicará por el ofertante el ahorro del plazo en días (P), estableciéndose un ahorro máximo de 20 días. El ahorro se valorará proporcionalmente al período ahorrado, cuyo valor máximo se establece en 15 puntos, con arreglo a la siguiente fórmula:

Puntuación reducción plazo = 15 x (P/20)

Donde P es la reducción del plazo de ejecución en días que oferta el licitador que se valora.

Subjetivo Otros 30 % Criterios sometidos a juicio de valor

Para la valoración de este criterio se tendrán en cuenta el proyecto técnico de ejecución que deberá presentar el licitador donde se indiquen de los trabajos, valorándose hasta un máximo de 30 puntos según los siguientes apartados:

  • Descripción de las soluciones, procedimientos y materiales propuestos, y metodología a seguir, hasta un máximo de 10 puntos.
  • Programación de las tareas con descripción de las etapas de ejecución del proceso de intervención, hasta un máximo de 15 puntos.
  • Criterios de intervención, medios auxiliares, infraestructuras, equipos de taller y recursos humanos, hasta una máximo de 5 puntos
Objetivo Precio 70 % Oferta economica

Los licitadores podrán modificar el presupuesto de licitación mejorándolo a la baja. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo, debiendo indicar como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) vigente. En el precio del contrato se considerarán incluidos los impuestos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contractuales.

La oferta presentada por cada licitador será valorada aplicando un criterio de proporcionalidad respecto de la oferta más reducida, a la que se atribuirá la puntuación máxima, calculando la ponderación de las demás ofertas con arreglo a la fórmula siguiente:

P = Np x | √ B / Bmax |

La puntuación obtenida (P) será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos (Np = 55), por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (B) y la mayor baja ofertada (Bmax)

Se ha escogido esta fórmula puesto que cumple con los criterios establecidos por la doctrina del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón. En este sentido otorga 0 puntos a aquellas ofertas que vayan al tipo de licitación y distribuye de manera proporcional los puntos de acuerdo con las bajas ofertadas.

Se considerará que una oferta es desproporcionada cuando su importe económico sea inferior al producto de la media aritmética de las ofertas presentadas por el coeficiente 0,90 calculado con arreglo a la fórmula:

Si Of. < Ofmedia x 0,90, se considerará desproporcionada donde Of es la Oferta presentada y Ofmedia es la media aritmética de las ofertas presentadas.

Si una oferta es considerada como anormal o desproporcionada se atenderá a lo especificado en el artículo 149 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.

Contratos con mismo CPV:

Descargar: Datos Abiertos