ECO-2023382 - SUMINISTRO DE HARDWARE Y SOFTWARE PARA ACTUALIZAR EL SISTEMA DE SUPERVISIÓN, CONTROL Y ADQUISICIÓN DE DATOS DE LA EDAR ALMOZARA Y SUS INSTALACIONES ADSCRITAS.


Contrato Formalizado Contrato Formalizado

  • Tipo de contrato: Suministros
  • Entidad Contratante: Ecociudad
  • Organismo Contratante: ECOCIUDAD ZARAGOZA S.A
  • Año: 2024
  • Valor estimado: 27.500,00€
  • Importe (sin IVA): 27.500,00 € (con IVA: 33.275,00 €)
  • Objeto: Suministro de una serie de elementos de hardware y software para actualizar el sistema de supervisión, control y adquisición de datos de la EDAR Almozara y sus instalaciones adscritas
  • Duración: 45 días
  • CPV:
    • Sistema Scada o equivalente
  • Licitadores: 3
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 100 % Oferta económica
TipoDescripción
Tecnico Volumen anual de negocios en el mejor de los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de constitución o inicio de la actividad de los empresarios por un importe mínimo de 1,5 veces del valor anual medio del contrato conforme al artículo 87.3 a) de la LCSP. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro; y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Economica Volumen anual de negocios en el mejor de los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de constitución o inicio de la actividad de los empresarios por un importe mínimo de 1,5 veces del valor anual medio del contrato conforme al artículo 87.3 a) de la LCSP. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro; y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

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