Ayuntamiento de Zaragoza


Consejo de Transparencia de Aragón


  • Solicitud de información pública Movilidad Urbana. Estacionamiento Regulado Información económica (presupuestos y su ejecución, cuentas, informes de control externo, patrimonio, etc.) Cerrada 08 febrero 2018
    Recaudación en el Ayuntamiento por las zonas de aparcamiento Azul y Naranja y si los coches y furgonetas eléctricos tiene gratis el aparcar en estas zonas.
    ¿Qué ingresos obtiene el Ayuntamiento por la Tasa de estacionamiento de vehículos en las zonas Azul y Naranja cada año, desde 2002 hasta 2017 (por año)?
    
    El estacionamiento en estas zonas para coches y furgonetas eléctricos ¿es gratis, sin limite de estacionamiento? ¿qué documentación hay que presentar en el Ayuntamiento? ¿dónde? ¿ hay que renovarlo cada año?, ¿no se necesita poner ninguna identificación en el vehiculo?
    
    Adjunto copia de la Ordenanza Municipal:
    https://www.zaragoza.es/ciudad/normativa/detalle_Normativa?id=3569
    
    ORDENANZA FISCAL Nº 25.11: TASA POR EL ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA DENTRO DE DETERMINADAS ZONAS DE LA CIUDAD (2017, 2018)
    
    Artículo 1.- Constituye el hecho imponible de este Tasa el aprovechamiento especial de la vía pública que supone el estacionamiento de vehículos de tracción mecánica o eléctrica dentro de las zonas de estacionamiento regulado previstas y descritas en esta Ordenanza y en el Reglamento del Servicio que lo regula, quedando exceptuado:
    
    c) Los vehículos eléctricos de todo tipo, para lo cual deberán solicitarlo en el Servicio de Movilidad Urbana, el cual autorizará al concesionario del servicio a dar de alta las matrículas de estos vehículos en el sistema informático, de tal forma que no necesiten colocar acreditación. Los cuadriciclos ligeros (de menos de 350 kg de tara y que no superen los 50 km/h) y cuadriciclos (de menos de 400 kg de tara), así como los triciclos provistos de chasis o estructura (motocarros) que posean motor de combustión interna abonarán el correspondiente precio público
    Respuesta 05 junio 2018
    Estimado Sr.:
    
    En respuesta a su Solicitud de Información Pública, indicar lo siguiente:
    
     El Reglamento Municipal del Servicio de Estacionamiento Regulado en Superficie de la Ciudad de Zaragoza publicado en BOPZ nº 137 de 18/06/2014, establece en el artículo 13 punto C, que los vehículos eléctricos de todo tipo estarán exentos del pago de la tasa municipal. Esa exención engloba también a una serie de vehículos como los cuatriciclos ligeros y los triciclos provistos de chasis (motocarros) que sean eléctricos. Si éstos poseen un motor de combustión interna, tendrán que abonar la correspondiente tasa. La alusión a los vehículos eléctricos "de todo tipo", debe entenderse referida a cualquiera que sea su tipología, como turísmos, furgonetas, etc. Los vehículos híbridos no cumplen con el Reglamento en el artículo 13 por: a) Disposición tributaria (motivo de la exención). b) La interpretación de las normas tributarias debe hacerse restrictivamente de acuerdo con los artículos 13 y 14 de la Ley 58/03 de 17 de Diciembre (Ley General Tributaria) que no admite la analogía"para extender más allá de sus estrictos términos el ámbito del hecho imposible, de las exenciones y demás beneficios o incentivos fiscales". c) El objetivo de la exención al hablar de "eléctricos de todo tipo" radica en la función medioambiental que incorpora la no emisión de gases contaminantes. Este objetivo no se cumpliría en su concepción integral cuando las características mixtas de un vehículo dejen al albur del conductor la emisión (gasolina-diesel) o no emisión (eléctrico). Por ello y porque no es admitida la analogía en materia de exenciones tributarias, no puede entenderse que los vehículos "mixtos" o "híbridos" estén exentos. 
    Si el vehículo es eléctrico 100% deberá presentar la ficha técnica del vehículo y fotocopia del DNI en las oficinas de Z+M en C/ Julián Ribera, 18 y allí le darán de alta en el sistema informático y no tendrá que sacar tique cuando estacione el vehículo. No hay que renovar cada año y no se necesita poner ninguna identificación en el vehículo cuando esté estacionado en zona regulada, el control se realiza desde las pda. de los controlador@s.
    
    Desde diciembre de 2010 la empresa Z+M es la concesionaria del estacionamiento regulado en la ciudad de Zaragoza.
    Los ingresos que se han realizado al Ayuntamiento de Zaragoza por parte de Z+ M han sido: Diciembre 2010  48.018,13 € Año 2011 519.458,84 € Año 2012 687.228,49 € Año 2013 738.704,20 € Año 2014 1.185.020,35 € Año 2015 1.523.235,57 € Año 2016 1.936.362,24 € Año 2017 2.038.447,21 €
    
    Atentamente,
    Servicio de Movilidad Urbana (Estacionamiento Regulado)
  • Solicitud de información pública Movilidad Urbana. Estacionamiento Regulado Otros Cerrada 13 febrero 2018
    Desearía saber si en la ciudad de Zaragoza existe algún beneficio en los aparcamientos regulados para los vehículos de "CERO EMISIONES" con etiqueta azul de la DGTE como ya ocurre en las ciudades de Madrid, Barcelona y...Huesca
    Respuesta 14 febrero 2018
    Hola buenos días: El Reglamento Municipal del Servicio de Estacionamiento Regulado en Superficie de la Ciudad de Zaragoza publicado en BOPZ nº 137 de 18/06/2014, establece en el artículo 13 punto C, que los vehículos eléctricos de todo tipo estarán exentos del pago de la tasa municipal. Esa exención engloba también a una serie de vehículos como los cuatriciclos ligeros y los triciclos provistos de chasis (motocarros) que sean eléctricos. Si éstos poseen un motor de combustión interna, tendrán que abonar la correspondiente tasa. La alusión a los vehículos eléctricos ¿de todo tipo¿, debe entenderse referida a cualquiera que sea su tipología, como turismos, furgonetas, etc. Los vehículos híbridos no cumplen con el Reglamento en el artículo 13 por: a) Disposición tributaria (motivo de la exención). b) La interpretación de las normas tributarias debe hacerse restrictivamente de acuerdo con los artículos 13 y 14 de la Ley 58/03 de 17 de Diciembre (Ley General Tributaria) que no admite la analogía "para extender más allá de sus estrictos términos el ámbito del hecho imposible, de las exenciones y demás beneficios o incentivos fiscales". c) El objetivo de la exención al hablar de ¿eléctricos de todo tipo¿ radica en la función medioambiental que incorpora la no emisión de gases contaminantes. Este objetivo no se cumpliría en su concepción integral cuando las características mixtas de un vehículo dejen al albur del conductor la emisión (gasolina-diesel) o no emisión (eléctrico). Por ello y porque no es admitida la analogía en materia de exenciones tributarias, no puede entenderse que los vehículos "mixtos" o "híbridos" estén exentos. 
    
    Atentamente,
    Servicio de Movilidad Urbana