NR 33_2026 - VIGILANCIA DE SEGURIDAD DEL RECINTO DEL IBERCAJA ESTADIO


En Licitación En Licitación

Fecha de Presentación: Hasta 02-09-2026 12:00

  • Tipo de contrato: Servicios
  • Entidad Contratante: La Nueva Romareda, S.L.
  • Año: 2026
  • Valor estimado: 722.709,12€
  • Importe (sin IVA): 481.436,80 € (con IVA: 582.538,53 €)
  • Duración: 365 días
  • CPV:
    • Servicios de vigilancia
    • Servicios de seguridad
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Otros 22 % Disponibilidad del personal de vigilancia

Se valorará la disponibilidad de vigilantes en la delegación, situados dentro de una isócrona de 90 minutos desde la localización del contrato, para acudir como refuerzo en situaciones urgentes. Se valorará a razón de 0,44 puntos por vigilante, con un máximo de 22 puntos para más de 50 vigilantes

Objetivo Otros 7 % Mayor experiencia del responsable del servici

Se valorará la mayor experiencia como inspector del responsable de servicio por encima del mínimo exigido en la adscripción de medios (cláusula 11.2), a razón de 1 punto por cada año de experiencia adicional, hasta un máximo de 7 puntos.

Objetivo Otros 22 % Bolsa de horas adicionales

Se valorará como mejora la puesta a disposición del servicio una bolsa anual de horas adicionales para cubrir necesidades especiales Se puntuará con un máximo de 0,55 puntos por cada dos horas adicional ofertada, hasta un máximo de 22 puntos (80 horas anuales).

La bolsa de horas ofertada se entenderá que es para cada año de vigencia del contrato. Además, no se distinguirá entre festivas y laborables, diurnas y nocturnas.

Objetivo Precio 49 % Oferta Económica

Única y exclusivamente para la determinación de la baja media, se procederá de acuerdo con el siguiente procedimiento: 

Si el número de proposiciones es igual o superior a 10 (diez) no se tendrán en cuenta ni la oferta más alta ni la oferta más baja. 

Si el número de proposiciones es de igual o inferior a 9 (nueve), se tendrán en cuenta todas las proposiciones admitidas para determinar la baja media.

Las bajas económicas sobre el presupuesto de licitación se expresarán en tanto por ciento.

La puntuación de las ofertas se realizará por aplicación de la siguiente fórmula:

Po = 49 x√Bo/Bmax

Siendo:

  • Po Puntuación obtenida por el licitador que se valora.
  • Bo Baja correspondiente al licitador que se valora
  • Bmax Baja máxima

La puntuación obtenida ( Po) será el resultado de multiplicar el número máximo de puntos, por el valor absoluto (en positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora ( Bo) y la mayor baja ofertada ( Bmax).

TipoDescripción

Se deberá acreditar un volumen anual de negocios por importe de 1.084.063,68 euros, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas.

Se acreditará mediante extracto de la cuenta de pérdidas y ganancias de las cuentas anuales de los 3 últimos ejercicios concluidos, acompañada de declaración responsable del licitador acreditativa de la veracidad de los datos aportados y su correspondencia exacta con los incorporados en las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil

Se deberá acreditar la realización de al menos 5 contratos en los últimos 3 años de anualidad superior a 300.000 euros cada uno de ellos, con indicación del importe, fecha y destinatario, público o privado.

Los trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del licitador acompañada de las oportunas facturas o cualquier otro documento similar.

TipoDescripción
Obligación de indemnidad de las condiciones laborales

En concreto, con la presentación de sus ofertas, las empresas licitadoras adquirirán el compromiso de mantener o mejorar, durante la ejecución del contrato, las condiciones laborales de los trabajadores adscritos a la ejecución de aquel, especialmente las relativas al salario, la duración de la jornada, la conciliación de la vida personal y familiar y los permisos según recoge el artículo 37 de la ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. Asimismo, la empresa adjudicataria deberá garantizar la aplicación y mantenimiento estricto de las condiciones laborales que establezca el convenio colectivo de aplicación. Esta obligación subsistirá incluso si decae la vigencia del Convenio Colectivo de referencia.

El contratista deberá pagar a sus trabajadores el salario correspondiente, cuyo importe y modalidades será el establecido en el convenio colectivo de aplicación, así como mantener dichas condiciones mientras dure la ejecución del contrato y sus eventuales prórrogas.

El mismo compromiso se exigirá a las empresas subcontratistas, siendo responsabilidad del contratista principal asegurar su cumplimiento frente a la entidad contratante.

El incumplimiento de los compromisos de mantenimiento de las condiciones laborales será causa de resolución de los contratos. Si quien incumpliera el compromiso fuera un subcontratista, el adjudicatario, a requerimiento del órgano de contratación, resolverá el subcontrato, sin indemnización alguna para el adjudicatario.

El contratista responderá de los salarios impagados a los trabajadores afectados por la subrogación, así como de las cotizaciones de la Seguridad Social devengadas, aunque se resuelva el contrato y los trabajadores sean subrogados a un nuevo contratista que no asumirá estas obligaciones en ningún caso.

Obligaciones en materia de igualdad de género

Se exigirá a la empresa adjudicataria la acreditación fehaciente de sus obligaciones legales de elaborar y ejecutar planes de igualdad cuando les corresponda. En todo caso, se evitará el uso sexista del lenguaje o la imagen, se asegurará la igualdad entre mujeres y hombres en el trato y en el acceso al empleo, así como en la clasificación profesional, promoción, permanencia, estabilidad, formación, calidad, ordenación de la jornada, retribuciones y extinción en el marco del mismo.

Asimismo, se garantizará la adopción de medidas para la prevención del acoso laboral, sexual o por razón de sexo en el trabajo, junto al establecimiento de procedimientos específicos para su prevención, debiendo velar la empresa adjudicataria por el mantenimiento de un entorno sano de trabajo.

De acuerdo con el artículo 64 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, el incumplimiento de los compromisos manifestados en la oferta conllevará la imposición de penalidades.

Obligación de reserva legal de empleo

El órgano de contratación exigirá durante la vigencia del contrato que las empresas licitadoras acrediten el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas según establece el artículo 39 de ley 11/2023.

Contratos con mismo CPV:

Descargar: Datos Abiertos