0068809-25 - OBRAS DE RENOVACIÓN DE ASFALTO EN EL CAMINO DE PINSEQUE DESDE LAS PROXIMIDADES DE SU ENCUENTRO CON EL CAMINO DE LA NORIA HASTA EL CAMINO DEL ABEJAR EN LA VENTA DEL OLIVAR.


Pendiente de Adjudicar Pendiente de Adjudicar

  • Tipo de contrato: Obras
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: CONCEJALÍA DELEGADA DE BARRIOS RURALES
  • Servicio Gestor: UNIDAD DE OBRAS PUBLICAS
  • Año: 2025
  • Valor estimado: 101.966,17€
  • Importe (sin IVA): 101.966,17 € (con IVA: 123.379,07 €)
  • Objeto: Es objeto del contrato a que se refieren estos pliegos la realización de las OBRAS DE RENOVACIÓN DE ASFALTO EN EL CAMINO DE PINSEQUE DESDE LAS PROXIMIDADES DE SU ENTORNO CON EL CAMINO DE LA NORIA HASTA EL CAMINO DEL ABEJAR EN LA VENTA DEL OLIVAR, cuyo proyecto figura en el expediente, teniendo sus documentos integrantes carácter contractual, y habiendo sido aprobado por Decreto del Consejero del Área de Participación Ciudadana y Régimen Interior de fecha 24 de mayo de 2025.
  • Duración: 30 días
  • CPV:
    • Trabajos diversos de pavimentación
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Subjetivo Otros 5 % MEDIDAS PARA DISMINUIR LAS AFECCIONES A LOS CIUDADANOS

Los licitadores propondrán medidas en relación con una mejor información y disminución de las molestias a los ciudadanos afectados por la realización de las tareas específicas para esta obra. Se presentará una propuesta descriptiva con especificación de las medidas ofertadas.

Podrán ofertar todo tipo de medidas relativas, a la finalidad perseguida, entre las que se indican: señalización informativa complementaria, disposición de medios materiales y humanos complementarios para mejorar la seguridad, facilitar el acceso a los inmuebles y el tránsito por la zona de la obra de los ciudadanos afectados por la misma, vallado de obra.

Se valorarán con mayor puntuación aquellas ofertas que expliciten con mayor claridad los compromisos que adquieren por encima de las exigencias mínimas del contrato.

Todos los aspectos que aparezcan recogidos en este capítulo de la oferta tendrán carácter contractual siendo exigibles sin contraprestación económica alguna por encima de la oferta económica presentada.

La Memoria a presentar no podrá contener referencia alguna a los elementos que vayan a ser objeto de valoración mediante fórmula matemática o automática en el sobre n.º 2, so pena de exclusión.

Objetivo Precio 60 % OFERTA ECONÓMICA

Se asignarán 60 puntos al licitador que ofrezca la mayor baja sobre el presupuesto base de licitación sin IVA y a las ofertas restantes se les asignarán la puntuación obtenida mediante la siguiente fórmula:

P = Np *| √B / Bmax | 

La puntuación obtenida (P) será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos (Np), por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (B) y la mayor baja ofertada (Bmax). Los licitadores que vayan al tipo obtendrán 0 puntos.

Objetivo Otros 10 % AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE GARANTÍA

Las empresas licitantes podrán ampliar el plazo de garantía respecto al plazo de 2 años indicado en este Pliego, adicionándose al mismo.

Oferta de ampliación del plazo de garantía por encima el plazo fijado en el PCAPE hasta un máximo de 1 AÑO: 

  • Oferta de 0,5 años de ampliación: 5 puntos 
  • Oferta de 1 año de ampliación: 10 puntos
Objetivo Medioambiental 5 % REDUCCIÓN DEL NIVEL DE EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO

Compromiso de poner a disposición de la ejecución del contrato vehículos “ECO” o “0 emisiones” para el traslado hasta la obra del personal técnico o del restante personal, que podrá ser de su titularidad, en concepto de alquiler, o de cualquier otro tipo de contrato. 

  • Compromiso de uso de 1 vehículo tipo furgoneta o turismo con etiqueta “ECO” o “0 emisiones”: 5 puntos. 
  • Sin compromiso de uso: 0 puntos.

A efectos de su acreditación se aportará el permiso de circulación del vehículo y, en caso de que el vehículo no fuera de su titularidad, además del permiso de circulación, se aportará el compromiso de disposición durante la ejecución de la obra suscrito por el titular del vehículo. Esta documentación se aportará por el propuesto como adjudicatario en el plazo contemplado en el artículo 150.2 de la LCSP.

Subjetivo Otros 20 % MEMORIA CONSTRUCTIVA

Se describirán los trabajos a realizar, la organización física de la obra (accesos, circulaciones, vallados ...) y de las distintas fases de la obra, su aplicación al caso concreto objeto de esta licitación y la propuesta de procedimientos constructivos y metodología a emplear.

Se valorará, entre otros aspectos, la identificación de las principales características del proyecto, el planteamiento general de la obra, la coherencia entre la fase o fases previstas, los puntos críticos, la racionalización o mejora de los procedimientos constructivos que no supongan variante del objeto final del proyecto, y la descripción de los trabajos y procedimientos constructivos para la consecución de la obra, atendiendo de forma especial a las referencias concretas al proyecto y específicas a la obra y su entorno en su estado actual.

Se indicará el organigrama que el licitador propone comprometer en este contrato, distinguiendo claramente entre el personal a adscribir a la obra y la estructura general de la empresa. También se señalará la cuantía y definición de la propuesta de adscripción de los medios materiales a la obra, todo ello en coherencia con los procedimientos constructivos a desarrollar y los plazos del programa de trabajos.

TipoDescripción

Volumen anual de negocios en el mejor de los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de constitución o inicio de la actividad de los empresarios y de presentación de las ofertas por un importe mínimo de 152.949,26 € (IVA no incluido) - (1,5 veces el valor estimado del contrato conforme al artículo 87.3 a) de la LCSP).

El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro; y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, de igual o simular naturaleza, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, por importe anual acumulado en el año de mayor ejecución mínimo de 71.376,32 € (IVA no incluido) - (70 % del valor estimado del contrato).

Se entiende por obra de igual o similar naturaleza, la ejecución de obras de renovación superficial de la capa de rodadura de calzadas deterioradas.

La acreditación de este requisito se realizará mediante certificados de buena ejecución que indicarán el importe, las fechas, el lugar de ejecución de las obras y la descripción de su objeto, y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. En ellos se deberá hacer referencia expresa al objeto del contrato y a sus principales características, o bien al grupo o subgrupo de clasificación.

Para las empresas de nueva creación, entendiendo por tal, aquellas que tengan una antigüedad inferior a cinco años, de conformidad con el artículo 88.2 de la LCSP, su solvencia técnica o profesional se acreditará según el artículo 88.2.b) de la LCSP: declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.

TipoDescripción
Cláusulas sociales de género

a. Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

b. Las empresas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres conforme al Rel Decreto Ley 6/2019. Las empresas acreditarán el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas según establece el artículo 39 de Ley 11/2023. A estos efectos, el propuesto como adjudicatario deberá cumplimentar el Anexo VII del presente PCAPE.

c. En todo caso y siempre que sean necesarias nuevas contrataciones, sustituciones y/o se produzcan bajas, la empresa adjudicataria se compromete a contratar a mujeres y en función del número de contrataciones éstas se realizarán en un porcentaje superior, al menos en cinco puntos al porcentaje medio señalado en el último trimestre para el sector de actividad concreto por la encuesta de población activa del I.N.E.

d. La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual.

e. En la elaboración de memorias e informes que la entidad licitadora deberá presentar con motivo de la ejecución del contrato, todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el personal que ejecute el contrato, deberán estar desagregados por sexo y edades, estableciendo porcentajes, de forma que pueda conocerse la población sobre la que incide el contrato.

f. La empresa adjudicataria deberá realizar durante la ejecución del contrato como mínimo tres acciones en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a la plantilla adscrita a su ejecución, que podrán pertenecer a uno o más de los bloques detallados en el apartado 3.5.1.f) de la Instrucción relativa la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público Empresarial. Antes de finalizar el contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar al Responsable del contrato un informe detallado sobre todas las actuaciones realizadas; sin la presentación del mismo no se podrá dar por finalizado el contrato. Este informe se realizará según el Modelo incluido en el Anexo IX a este Pliego.

Clausulas sociales de empleo

a) Tener a disposición documentación completa y verificable sobre los trabajadores y trabajadoras empleados, a presentarla al órgano de contratación cuando éste lo requiera y a advertir a las personas trabajadoras sobre la posibilidad de una inspección por parte de dicho órgano.

b) Abonar puntualmente a los trabajadores/a adscritos a la ejecución del contrato los salarios pactados o legalmente establecido.

c) El adjudicatario vendrá obligado a mantener el personal que defina la oferta, tanto en número como en cualificación. La empresa deberá cumplir en todo momento el convenio colectivo sectorial aplicable, así como cualquier otro acuerdo laboral vigente.

No minoración de las condiciones de trabajo de los trabajadores

De conformidad con el acuerdo del Gobierno de Zaragoza, de fecha 10 de octubre de 2014, la empresa adjudicataria vendrá obligada a no minorar las condiciones de trabajo de los trabajadores en función del convenio colectivo que resulte de aplicación al presentarse la oferta, aunque el mismo pierda posteriormente su vigencia como consecuencia de la ultraactividad

Contratos con mismo CPV:

Descargar: Datos Abiertos