0035726-25 - SERVICIO DE PROGRAMA DE EDUCACIÓN DE CALLE


Pendiente de Adjudicar Pendiente de Adjudicar

  • Tipo de contrato: Servicios
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: GOBIERNO DE ZARAGOZA
  • Servicio Gestor: SERVICIO DE SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS
  • Año: 2025
  • Valor estimado: 4.440.836,55€
  • Importe (sin IVA): 2.664.501,93 € (con IVA: 2.930.952,12 €)
  • Objeto: El objeto del contrato a que se refieren estos pliegos es la realización del servicio del Anexo IV de la LCSP consistente en el desarrollo del Programa de "EDUCACIÓN DE CALLE", según el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y cuyo conjunto de documentos integrantes tendrá carácter contractual.
  • Duración: 1095 días
  • CPV:
    • Servicios de bienestar social proporcionados a niños y jóvenes
  • Materia:
    • Servicios educativos y de bienestar social
  • Lotes
      • Lote 1: Área 1 de Zaragoza
      • Importe de licitación(sin I.V.A.): 888.167,31 €
      • Importe de licitación(con I.V.A.): 976.984,04 €
      • Estado: En Licitación
      • Lote 2: Área 2 de Zaragoza
      • Importe de licitación(sin I.V.A.): 888.167,31 €
      • Importe de licitación(con I.V.A.): 976.984,04 €
      • Estado: En Licitación
      • Lote 3: Área 3 de Zaragoza
      • Importe de licitación(sin I.V.A.): 888.167,31 €
      • Importe de licitación(con I.V.A.): 976.984,04 €
      • Estado: En Licitación
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Subjetivo Otros 5 % Proyecto de Intervención: Organización del equipo
Subjetivo Otros 4 % Proyecto de Intervención: Fundamentación del proyecto
Objetivo Precio 39 % Oferta económica
Subjetivo Otros 3 % Proyecto de Intervención: Objetivos
Objetivo Otros 12 % Aportación de equipamiento tecnológico adicional
Subjetivo Otros 18 % Proyecto de Intervención: Metodología
Subjetivo Otros 5 % Protocolo de buenas prácticas para la garantía de los derechos de la infancia y la adolescencia frente a la violencia
Subjetivo Otros 4 % Proyecto de Intervención: Evaluación
Subjetivo Otros 10 % Proyecto de Intervención: Análisis de la realidad de cada barrio
TipoDescripción

Trabajos realizados - VER CLÁUSULA 12.b) DEL PCAPE. Relación de los principales servicios efectuados durante los 3 últimos años que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, indicando el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado, en servicios de igual o similar naturaleza que los del contrato (IVA no incluido), será: Lote 1: 207.239,04 €, Lote 2: 207.239,04 € y Lote 3: 207.239,04 € En el caso de presentar oferta a más de un lote, el importe mínimo que se exige es la suma.

Cifra anual de negocio - VER CLÁUSULA 12.a) DEL PCAPE. Volumen anual de negocios que referido al año de mayor volumen de negocio de los 3 últimos años concluidos deberá ser, al menos, para el Lote 1: 266.450,19 €, para el Lote 2: 266.450,19 € y para el Lote 3: 266.450,19 €. En el caso de presentar oferta a más de un lote, el importe mínimo que se exige es la suma de los importes mínimos establecidos para cada uno de los lotes a los que presente oferta.

TipoDescripción
Seguridad y Salud laboral

De conformidad con el acuerdo del Gobierno de Zaragoza de fecha de 7 de marzo de 2019: Es condición especial de ejecución que la contratista desarrolle un plan de vigilancia de la salud de los trabajadores/as a su servicio en función de los riesgos inherentes al trabajo que desarrollan en virtud de este contrato

Plan de calidad en el empleo

De conformidad con el Acuerdo del Gobierno de Zaragoza de fecha 7 de marzo de 2019:

a) Es condición especial de ejecución mantener la plantilla de trabajadores y trabajadoras mínima adscritos a la ejecución del contrato y descrita en el pliego de prescripciones técnicas particulares, bien como consecuencia de la subrogación de trabajadores/as en cualquiera de sus modalidades, bien por la definición de las condiciones exigidas por el órgano gestor para la prestación del servicio, sin que proceda suspensión o extinción de los contratos de trabajo de la plantilla salvo las suspensiones o extinciones consecuencia de la voluntad de la persona trabajadora o de despidos disciplinarios.

b) En cumplimiento del acuerdo del Gobierno de Zaragoza de 10 de octubre de 2014, es condición especial de ejecución que la contratista viene obligada, durante todo el periodo de ejecución del contrato, a no minorar las condiciones de trabajo de los trabajadores/as en materia de jornada y salario, y en términos anualizados, así como a cualquier mejora sobre la legislación laboral básica aplicable, que correspondan en cada momento a las personas trabajadoras adscritas al contrato en función del convenio colectivo de aplicación, aunque el mismo pierda posteriormente su vigencia como consecuencia de la ultraactividad. Y ello salvo acuerdo explícito entre la empresa y la representación de los trabajadores/as.

c) Es condición especial de ejcución tener a disposición la documentación completa y verificable sobre los trabajadores/as, a presentarla al órgano de contratación cuando este lo requiera y advertir a las empresas trabajadoras sobre la posibilidad de una inspección por parte de dicho órgano.

d) Es condición especial de ejecución que el contratista deberá abonar puntualmente a los trabajadores/as fijados en pliegos y/u ofertas exigidas y el desarrollo de sus tareas, para lo cual el contratista deberá enviar, con carácter mensual, un informe de las incidencias producidas en materia laboral incluyendo los documentos de cotización y los certificados de las seguridad social. La contratista estará obligada a cubrir las bajas y vacaciones de su plantilla de manera que el número de personal dedicado a las tareas objeto de contrato no sea nunca inferior a la plantilla ofertada.

e) El contratista vendrá obligado a mantener el personal que defina la oferta, tanto en número como cualificación como en gasto económico en capítulo de personal. La contratista deberá cumplir en todo momento el convenio colectivo sectorial aplicable así como cualquier otro acuerdo laboral vigente, con especial referencia a la cláusula de subrogación. El incumplimiento de estas obligaciones supondrá una sanción muy grave y podrá dar lugar a resolución del contrato.

Formación

De conformidad con el acuerdo del Gobierno de Zaragoza de fecha 7 de marzo de 2019:

En la oferta que realice la contratista se deberá reflejar un plan de formación para el personal, de forma que exista un proceso continuo de mejora en ta profesionalización de todo el personal. Este plan de formación formará parte de la propuesta de Proyecto de Intervención.

Es condición especial para la ejecución de este contrato, que la contratista realice la totalidad de las acciones contempladas en el programa de información y formación que presentó como parte integrante de su oferta.

Medidas de apoyo al empleo

En cumplimiento del artículo 38.2 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, con motivo de tratarse de un contrato de servicios, en el que los costes asociados a la mano de obra suponen al menos el setenta y cinco por ciento de los costes totales, en el caso de producirse nuevas contrataciones, bajas y sustituciones durante la ejecución del contrato, al menos el cincuenta por ciento de las mismas deberán destinarse a personas menores de treinta años, siempre que tengan el perfil laboral adecuado al objeto del contrato. Ello se justifica en base a que las funciones del puesto de trabajo se estiman preferentemente con una mayor conexión con la población destinataria del servicio.

Protección de datos personales

De conformidad con el artículo 5 del Real Decreto-Ley 14/2019 del 31 de octubre, por el que se adoptan las medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones, es condición especial de ejecución la obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos vigente, advirtiéndose además al contratista de que esta obligación tiene el carácter de obligación contractual esencial de conformidad con lo dispuesto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 de la LCSP.

Cláusulas sociales de género

De conformidad con el acuerdo del Gobierno de Zaragoza, de fecha 8 de julio de 2016, por el que se aprueba la Instrucción sobre la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus organismos autónomos y entidades del sector público municipal la empresa adjudicataria deberá cumplir las siguientes Cláusulas Sociales de Género:

a) Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

b) La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual.

c) En la elaboración de memorias e informes que la entidad licitadora deberá presentar con motivo de la ejecución del contrato, todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el personal que ejecute el contrato, deberán estar desagregados por sexo y edades, estableciendo porcentajes, de forma que pueda conocerse la población sobre la que incide el contrato.

d) La empresa adjudicataria deberá realizar durante la ejecución del contrato como mínimo tres acciones nuevas en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a la plantilla adscrita a su ejecución, que podrán pertenecer a uno o más de los bloques detallados en el apartado 3.5.1.f) de la Instrucción relativa la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público Empresarial, según modelo que figura en ANEXO 7 en el presente pliego.

e) Antes de finalizar el contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar al Responsable del contrato un informe detallado sobre todas las actuaciones realizadas; sin la presentación del mismo no se podrá dar por finalizado el contrato. Este informe se realizará conforme al Modelo incluido en el ANEXO 8 de este Pliego.

Descargar: Datos Abiertos