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0057119-25 - SUMINISTRO Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA ESTABLECER UN SISTEMA DE MONITOREO DEL RÍO HUERVA, MONITORIZA HUERVA, DENTRO DEL PROYECTO "MEJORA DE LA BIODIVERSIDAD A TRAVÉS DE LA RESTAURACIÓN PAISAJÍSTICA (HIDROMORFOLÓGICA) Y ACCIONES DE PARTICIPACIÓN EN EL ENTORNO DEL RÍO HUERVA (BIREPAPAH)


Contrato Formalizado Contrato Formalizado

Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Subjetivo Otros 10 % Sensorización

La sensorización debe realizarse mediante tecnología de primer nivel, contrastada para la medición de la calidad del agua en cursos fluviales.
Los puntos se repartirán de la manera siguiente:

  • Cumplimiento de los parámetros requeridos. fiabilidad contrastada de la tecnología ofertada y su robustez (hasta 5 puntos)
  • Un punto adicional por cada parámetro adicional medido (hasta un máximo de 5 puntos)
Subjetivo Otros 10 % Conocimiento del entorno tecnológico

Este criterio permite valorar la idoneidad técnica y el nivel de madurez de la solución propuesta, atendiendo a su grado de adaptación al entorno urbano digital del Ayuntamiento y su coherencia con los requerimientos funcionales del contrato. La plataforma a desarrollar debe integrarse en el ecosistema tecnológico municipal,
garantizando su operatividad, escalabilidad, seguridad y sostenibilidad.

Se valorará la explicación técnica de la propuesta para ejecutar los trabajos descritos en el pliego técnico, la solución tecnológica propuesta para el mantenimiento y gestión de la plataforma y la solución tecnológica propuesta para los casos de uso solicitados en el pliego. Concretamente, se valorará sobre la memoria técnica
presentada por la licitadora la explicación técnica de la propuesta para ejecutar los trabajos descritos en el pliego técnico, la solución tecnológica propuesta, el streaming en tiempo real, el repositorio big data, el modelo de business intelligence y la plataforma Cloud

Objetivo Precio 40 % Oferta ecónomica

será
el que resulte de la adjudicación del mismo, debiendo indicar como partida independiente el Impuesto sobre
el Valor Añadido (IVA) vigente. En el precio del contrato se considerarán incluidos los impuestos, tasas y
cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario
como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contractuales.
La oferta presentada por cada licitador será valorada aplicando un criterio de proporcionalidad respecto
de la oferta más reducida, a la que se atribuirá la puntuación máxima, calculándola ponderación
de las demás ofertas con arreglo a la fórmula siguiente:
donde:
Np= Número máximo de puntos
Bi= baja de la oferta que se valora en porcentaje
Bm= mayor baja ofertada en porcentaje
En este sentido otorga 0 puntos a aquellas ofertas que vayan al tipo de licitación y distribuye de manera proporcional
los puntos de acuerdo con las bajas ofertadas.

Subjetivo Otros 25 % Soluciones de indicadores y analítica

La finalidad del contrato es establecer un sistema de monitorización integral del río Huerva, que transforme datos en conocimiento útil para la gestión ambiental, urbana y ciudadana. Este criterio permite valorar la calidad, pertinencia y utilidad de las soluciones analíticas propuestas por cada licitador.

En su memoria el licitador deberá desarrollar detalladamente los indicadores más adecuados para reflejar el avance de las actuaciones del proyecto, especialmente las actuaciones de ejecución de operaciones. Se valorará que las herramientas tengan sencillez para llegar a la ciudadanía, la propuesta creativa y su capacidad
analítica.

Objetivo Otros 15 % Reducción plazo de ejecución

Se valorará la reducción del plazo de ejecución respecto del máximo previsto en el Pliego conforme a lo siguiente:

  • Por la reducción de 1 semana completa (7 días naturales): 5 puntos.
  • Por la reducción de 2 semanas completas (14 días naturales): 10 puntos.
  • Por la reducción de 3 semanas completas o más: 15 puntos
TipoDescripción
Economica

De conformidad con el artículo 87.3 b) de la LCSP, se exige un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente al menos hasta el fin de plazo de presentación de ofertas, acompañado de un compromiso
de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.
El importe mínimo será igual o superior al valor estimado del contrato, IVA excluido (70.000€).
El cumplimiento de este requisito se acreditará por medio de un certificado expedido por la aseguradora, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, justificante de abono de la póliza del seguro, y documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro

Tecnico

Según lo previsto en el artículo 90 de la LCSP, los licitadores deberán acreditar su solvencia técnica mediante
la relación de servicios similares Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o
similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, ejecutados en los últimos tres años. Dicha
relación deberá incluir, al menos, el importe, la fecha de realización y el destinatario, ya sea público o privado.
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano
competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto
privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración
del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acreditan la realización
de la prestación.
Se requerirá como mínimo haber realizado tres trabajos de igual o similar naturaleza en los tres últimos
años donde se haya entregado una plataforma Smart City, por un importe anual acumulado en el año de
mayor ejecución que sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, es decir, 49.000 € (IVA ex -
cluido).

TipoDescripción
CLÁUSULAS SOCIALES DE GENERO

a) Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista,
evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen
con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades
de género.
b) Las empresas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y
hombres previsto en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres
conforme al Rel Decreto Ley 6/2019.
Las empresas acreditarán el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con
discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas según establece el artículo 39
de Ley 11/2023.
A efectos de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, el propuesto como adjudicatario deberá cumplimentar
el Anexo VI del PCAPE.
c) En todo caso y siempre que sean necesarias nuevas contrataciones, sustituciones y/o se produzcan bajas,
la empresa adjudicataria se compromete a contratar a mujeres y, en función del número de contrataciones
éstas se realizarán en un porcentaje superior al menos en cinco puntos al porcentaje medio señalado
en el último trimestre para el sector de actividad concreto por la Encuesta de Población activa del l.N.E.. (Se
puede consultar en el siguiente enlace: http://www.ine.es/dynt3/inebase/es/index.htm?
padre=1004&capsel=1010)
d) La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso
sexual, por razón de sexo u orientación sexual.
e) En la elaboración de memorias e informes que la entidad licitadora deberá presentar con motivo de la ejecución
del contrato, todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el per -
sonal que ejecute el contrato, deberán estar desagregados por sexo y edades, estableciendo porcentajes,
de forma que pueda conocerse la población sobre la que incide el contrato.
f) La empresa adjudicataria deberá realizar durante la ejecución del contrato como mínimo tres acciones en
materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a la plantilla adscrita a su ejecución,
que podrán pertenecer a uno o más de los bloques detallados en el apartado 3.5.1. de la lnstrucción relativa
la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza,
sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público Empresarial.
Antes de finalizar el contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar al Responsable del contrato un informe
detallado sobre todas las actuaciones realizadas; sin la presentación del mismo no se podrá dar por finalizado
el contrato. Este informe se realizará según el Modelo incluido en el Anexo VII a este Pliego.

CLÁUSULAS SOCIALES DE EMPLEO.

a) Es condición especial de ejecución mantener la plantilla de trabajadores y trabajadoras mínima adscritos
a la ejecución del contrato descrita en los Pliegos, bien como consecuencia de la subrogación de trabajadores/
as en cualquiera de sus modalidades, bien por la definición de las condiciones exigidas por el órgano
gestor para la prestación del servicio, sin que proceda suspensión o extinción de los contratos de trabajo de la plantilla salvo las suspensiones o extinciones consecuencia de la voluntad de la persona trabajadora o de
despidos disciplinarios.
b) Conforme al artículo 37 de la Ley 11/2023, las empresas licitadoras adquirirán con la presentación de sus
ofertas el compromiso de mantener o mejorar, durante la ejecución del contrato, las condiciones laborales
de los trabajadores adscritos a la ejecución de aquel, especialmente las relativas al salario, la duración de
la jornada, la conciliación de la vida personal y familiar y los permisos. Esta obligación subsistirá incluso si
decae la vigencia del convenio colectivo de referencia. Este compromiso alcanzará también a las empresas
subcontratistas, siendo responsabilidad de la contratista principal asegurar su cumplimiento.
c) Es condición especial de ejecución tener a disposición documentación completa y verificable sobre los
trabajadores y trabajadoras empleados, a presentarla al órgano de contratación cuando éste lo requiera y a
advertir a las personas trabajadoras sobre la posibilidad de una inspección por parte de dicho órgano.
d) Es condición especial de ejecución que el contratista deberá abonar puntualmente a los trabajadores/as
adscritos a la ejecución del contrato los salarios pactados o legalmente establecidos.
e) Resultará necesario controlar en todo momento la adscripción del número de trabajadores/as fijados en
pliegos y/u ofertas exigidos y el desarrollo de sus tareas, para lo cual el contratista deberá enviar, con ca -
rácter mensual, un informe de las incidencias producidas en materia laboral incluyendo los documentos de
cotización y los certificados de la seguridad social. La empresa estará obligada a cubrir todas las bajas y
vacaciones de su plantilla de manera que el número de personal dedicado a las tareas objeto del contrato
no sea nunca inferior a la plantilla ofertada.

Contratos con mismo CPV:

Descargar: Datos Abiertos