0076502-22 - CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DEL BAR-CAFETERÍA EN EL C.D.M. MONZALBARBA


Resuelto Resuelto

  • Tipo de contrato: Concesión servicios
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: CONCEJALÍA DELEGADA DE DEPORTES
  • Servicio Gestor: ZARAGOZA DEPORTE MUNICIPAL, S.A.
  • Año: 2023
  • Valor estimado: 102.318,00€
  • Importe (sin IVA): 6.800,00 € (con IVA: 6.800,00 €)
  • Objeto: Contratación de los servicios del bar de temporada de piscina de verano en el C.D.M. Monzalbarba.
  • Duración: 1460 días
  • CPV:
    • Servicios de gestión de bares
  • Licitadores: 1
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Otros 80 % Oferta económica
Objetivo Otros 20 % Equipamiento y mobiliario propuesto por el licitante
TipoDescripción
Economica Se acreditará mediante el volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser como mínimo de 8.000,00 € en consideración a los ingresos estimados en una anualidad media, sin incluir impuesto de valor añadido. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Ver cláusula 8.1 del pcape.
Tecnico Se acreditará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años,de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 8.000,00 €. No obstante las empresas de nueva creación podrán acreditar su solvencia técnica por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90.1 de la Ley de Contratos del sector Público. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.Ver cláusula 8.2. del pcape.
TipoDescripción
Consideraciones de tipo social None
Eliminar desigualdades entre el hombre y la mujer Se acreditará mediante el volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser como mínimo de 8.000,00 € en consideración a los ingresos estimados en una anualidad media, sin incluir impuesto de valor añadido. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Ver cláusula 8.1 del pcape.

Contratos con mismo CPV:

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