0565491-2020 - SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS ZONAS AJARDINADAS DE ONCE ESCUELAS INFANTILES DEL PATRONATO MUNICIPAL DE EDUCACIÓN Y BIBLIOTECAS (EL ANDÉN, EL BOSQUE, BRIOLETAS, LOS IBONES, MARÍA URREA, PARQUE BRUIL, LA PAZ, LA PIRAÑA, PIRINEOS, LOS VIENTOS Y VILLACAMPA)


Contrato Formalizado Contrato Formalizado

  • Tipo de contrato: Servicios
  • Entidad Contratante: Patronato Educación y Bibliotecas
  • Organismo Contratante: PATRONATO DE EDUCACION Y BIBLIOTECAS
  • Año: 2023
  • Valor estimado: 153.303,57€
  • Importe (sin IVA): 56.779,10 € (con IVA: 68.702,71 €)
  • Objeto: Servicio de mantenimiento de las zonas ajardinadas de once escuelas infantiles del Patronato Municipal de Educación y Bibliotecas (El Andén, El Bosque, Brioletas, Los Ibones, María Urrea, Parque Bruil, La Paz, La Piraña, Pirineos, Los Vientos y Villacampa)
  • Duración: 730 días
  • CPV:
    • Servicios de mantenimiento de jardines y parques
    • Servicios de plantación y mantenimiento de zonas verdes
  • Licitadores: 2
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Subjetivo Otros 5 % Mejoras
Subjetivo Otros 20 % Proyecto de realización del servicio
Objetivo Precio 75 % Oferta económica
TipoDescripción
Tecnico Relación de los principales servicios realizados por el interesado en los últimos tres años de igual o similar naturaleza de los que constituyen el objeto del contrato, incluyendo su importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes citado, en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, será igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, es decir, a 19.872,68 euros.
Economica El criterio será el volumen anual de negocios que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos deberá ser al menos 1,5 veces el valor anual medio del contrato, es decir de 42.584,32 €., acreditándose por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Alternativamente, la solvencia económica y técnica podrá acreditarse mediante la clasificación en el grupo 0, subgrupo 6, con categoría 1 (cuantía del contrato referida a valor medio anual inferior a 150.000 euros).
Tecnico Relación de los principales servicios realizados por el interesado en los últimos tres años de igual o similar naturaleza de los que constituyen el objeto del contrato, incluyendo su importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes citado, en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, será igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, es decir, a 18.459,00 euros. Alternativamente, la solvencia económica y técnica podrá acreditarse mediante la clasificación en el grupo 0, subgrupo 6, con categoría 1 (cuantía del contrato referida a valor medio anual inferior a 150.000 euros).
Economica El criterio será el volumen anual de negocios que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos deberá ser al menos 1,5 veces el valor anual medio del contrato, es decir 39550,00 €.

Contratos con mismo CPV:

Esta información ha sido extraída y generada por una IA puede ser errónea,parcialmente correcta o incompleta puede comprobar la información en los Pliegos Administrativos

Condiciones Especiales

TipoDescripción
Social
  • Se establece la obligación para la empresa adjudicataria de no minorar las condiciones de trabajo de los trabajadores establecidas en función del convenio colectivo que resulte de aplicación al presentarse la oferta.
  • Las empresas con plantilla superior a 250 personas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres.
Ética La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual.
Medioambiental El adjudicatario aplicará cuantas medidas preventivas sean necesarias para evitar la generación de impactos medioambientales negativos durante la realización de los trabajos.
Otro El incumplimiento de la condición especial relativa a las Cláusulas Sociales de Género será considerado como infracción grave, con una sanción del 5 del precio del contrato.

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