0058891-22 - CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO, OBRA Y SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE VIDEOVIGILANCIA EN LA ZONA DE DOCTOR CERRADA.


Contrato Formalizado Contrato Formalizado

  • Tipo de contrato: Suministros
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
  • Servicio Gestor: POLICIA LOCAL
  • Año: 2023
  • Valor estimado: 228.173,29€
  • Importe (sin IVA): 196.765,81 € (con IVA: 238.086,63 €)
  • Objeto: Contrato mixto de suministro, instalación y puesta en servicio de la instalación correspondiente a un sistema de videovigilancia en el ámbito de la seguridad ciudadana en el entorno de las siguientes calles: C/ Ricla, C/ Dato, C/ Fita, C/ Princesa, y las zonas de C/ Cortes de Aragón y C/ Doctor Cerrada que intersectan con estas calles.
  • Duración: 798 días
  • CPV:
    • Servicios de mantenimiento de equipo de telecomunicación
    • Sistemas y dispositivos de vigilancia y seguridad
    • Sistema de vigilancia en circuito cerrado
  • Licitadores: 5
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Subjetivo Precio 15 % Memoria descriptiva de las labores de mantenimiento
Objetivo Otros 15 % Ampliación del plazo de garantía
Subjetivo Otros 15 % Memoria descriptiva de la instalación a realizar
Objetivo Precio 55 % Oferta económica
TipoDescripción
Economica De conformidad con el artículo 87.1 de la LCSP, el empresario podrá acreditar su solvencia económica y financiera mediante su cifra anual de negocios referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos, deberá ser igual o superior a 81.639,99 € (IVA excluido) -1,5 veces la anualidad media del contrato conforme al artículo 87.3 a) de la LCSP-.
Tecnico La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la relación de los principales trabajos de suministro e instalación de sistemas de videovigilancia (o equivalentes) en los últimos 3 años, debiendo indicar su importe, fechas y destinatario, público o privado. El empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado, un importe igual o superior a 38.098,66 € -IVA excluido- (correspondiente al 70 % de la anualidad media del contrato conforme al artículo 90.1.y 90.2 de la LCSP)
TipoDescripción
Eliminar desigualdades entre el hombre y la mujer De conformidad con el artículo 87.1 de la LCSP, el empresario podrá acreditar su solvencia económica y financiera mediante su cifra anual de negocios referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos, deberá ser igual o superior a 81.639,99 € (IVA excluido) -1,5 veces la anualidad media del contrato conforme al artículo 87.3 a) de la LCSP-.

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