ECO-2018328 - SERVICIOS ESPECIALIZADOS PARA LA COMPRA Y PLANIFICACIÓN DE LOS ANUNCIOS DE PUBLICIDAD CORPORATIVA PARA EL DESARROLLO DE UNA CAMPAÑA CENTRADA EN LA VALORIZACIÓN DEL AGUA SUMINISTRADA


Contrato Formalizado Contrato Formalizado

  • Tipo de contrato: Servicios
  • Entidad Contratante: Ecociudad
  • Organismo Contratante: ECOCIUDAD ZARAGOZA S.A
  • Año: 2018
  • Valor estimado: 35.000,00€
  • Importe (sin IVA): 35.000,00 € (con IVA: 42.350,00 €)
  • Objeto: Contratación de los servicios especializados de una empresa de compra y planificación de los anuncios de publicidad corporativa para el desarrollo de una campaña centrada en la valorización del agua suministrada a través de redes públicas y la concienciación ciudadana para el vertido responsable de residuos
  • Duración: 14 días
  • CPV:
    • Servicios de gestión publicitaria
  • Licitadores: 2
TipoDescripción
Tecnico La empresa adjudicataria deberá acreditar, además, una experiencia del equipo de trabajo superior a tres años en proyectos de medios, marketing, diseño online y redes sociales.
Tecnico Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
Economica Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de la fecha de presentación de las ofertas por importe del valor estimado del contrato.
Esta información ha sido extraída y generada por una IA puede ser errónea,parcialmente correcta o incompleta puede comprobar la información en los Pliegos Administrativos

Criterios de adjudicación

TipoSubtipoPesoTituloDescripción
ObjetivoPrecio60 puntosOferta económica
- Se utilizará una fórmula proporcional corregida para la valoración del precio. - Se asignarán cero puntos a la oferta a tipo de licitación y el máximo establecido para el criterio a la oferta de menor precio, solo si la baja de esa mejor oferta respecto al tipo de licitación supera un umbral predeterminado 2. - Fórmula V_i fracB_imaxB_s, B_max times V_max - Donde - V_max Puntuación máxima a otorgar por el criterio precio. - B_s Baja significativa 2. - V_i Puntuación o valoración otorgada a cada oferta. - B_max Baja máxima de entre las presentadas a la licitación. - B_i Baja correspondiente a cada oferta i. - Parámetros para determinar el carácter anormalmente bajo de la oferta Artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas RGLCAP. - Criterios específicos para resolver los empates de la puntuación final Establecidos en el artículo 12 de la Ley 32011, de 24 de febrero, de medidas en materia de contratos del sector público de Aragón. 2. Criterios de Desempate - Se aplicarán criterios específicos establecidos en el Anexo XI en caso de empate entre ofertas.

Condiciones Especiales

TipoDescripción
Social
  • Las empresas con plantilla superior a 250 personas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres.
  • Se deberán realizar durante la ejecución del contrato como mínimo tres acciones nuevas en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a la plantilla adscrita a su ejecución.
ÉticaLa empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual.
MedioambientalSe incluyen cláusulas sociales de género que deben ser cumplidas en la documentación, publicidad, imagen o materiales, utilizando un lenguaje no sexista y evitando imágenes discriminatorias.
Otro
  • La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que tendrá obligaciones de supervisión y control del cumplimiento de las normas laborales.
  • Es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria desarrolle un plan de formación y de vigilancia de la salud de los trabajadoresas a su servicio.

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