Definición


En 2016 el Área de Derechos Sociales inicia un proceso de participación con los componentes del Consejo Sectorial de Acción Social para "mejorar la Convocatoria Pública de Subvenciones en materia de de Acción Social, en régimen de concurrencia competitiva".

Hasta la fecha se han realizado 3 procesos de participación:

Los acuerdos alcanzados en cada uno de los procesos se incorporaron a las respectivas convocatorias públicas de subvenciones.

Objetivos fundamentales del proceso


  1. El primer objetivo que pretendemos es estrictamente de pedagogía política. Después del conflicto generado con las últimas subvenciones y como se comprometió la Consejera, con este proceso vamos a poder conocer, opinar, debatir y empoderarnos sobre un asunto -verdaderamente complejo- que conecta con la esencia de la complementariedad entre el Ayuntamiento y el tejido social en materia de Acción Social. No nos importa tanto encontrar las respuestas a todas las cuestiones, sino hacernos las preguntas adecuadas.
  2. No hace falta que este año lo dejemos todo atado. Vamos a debatir a fondo en el proceso, lo llevaremos al consejo sectorial de febrero y luego a la comisión del mismo mes, para intentar que se informe positivamente por todas las fuerzas políticas y que el gobierno lo pueda aprobar antes de finalizar el mes de febrero.
  3. Abriremos caminos, acordaremos lo que seamos capaces, decidiremos lo que sea imprescindible y dejaremos enfocados temas que podremos experimentar el primer año y luego ir mejorando. ¡La oferta de participar ya es para siempre!
  4. Recordar la exigencia de generosidad que nos comprometió a todos/as. No se trata de venir a resolver mi problema concreto, sino de avanzar en una manera de trabajar generadora de inteligencia colectiva en aras a mejorar la calidad y el impacto de nuestras
Concepto Texto inicial Observaciones
Bases de la convocatoria Las Bases de la convocatoria son instruidas por el Servicio Administrativo de Derechos Sociales. Se eleva informe a intervención y son aprobadas por el Gobierno de Zaragoza Las Bases de la convocatoria se debatirán en el ámbito del Consejo Sectorial, serán instruidas por el servicio administrativo de Derechos Sociales, se dará retorno al Consejo Sectorial. Se eleva informe a intervención y son aprobadas por el Gobierno de Zaragoza
Objetivo Estratégico Según el Plan Estratégico de Subvenciones, el objeto es "Promover la iniciativa social sin ánimo de lucro y potenciar la participación y las actuaciones del tercer sector de la ciudad, aprobado en el pleno municipal del 1 de marzo de 2013, para conseguir una mayor eficacia en el desarrollo de las competencias municipales en la materia"
  • El objetivo es "Promover la iniciativa social sin ánimo de lucro y potenciar la participación y las actuaciones del tercer sector de la ciudad, para conseguir una mayor eficacia en el desarrollo de las competencias municipales en la materia"
  • ¿Parece claro que se quieren apoyar proyectos temporales?
  • ¿Proyectos o servicios permanentes?
  • ¿También serviría de apoyo para apoyar el funcionamiento de pequeñas entidades de pequeño impacto, pero gran significatividad?
  • ¿Tiene sentido mantener las cifras durante años o fomentando la corresponsabilidad, debería ir disminuyendo cada año?
Objetivos específicos
  • Promover la iniciativa social sin ánimo de lucro
  • Potenciar la participación y actuación del tercer sector
  • Conseguir una mayor eficacia en la prestación de servicios en materias de competencia municipal
  • Promover la innovación en prestaciones sociales
  • Evitar duplicidades en la oferta de servicios y la concesión de subvenciones
  • Corregir déficits en la cobertura de servicios sociales por parte de la administración municipal
  • Ordenar el ámbito de actuación del área de derechos sociales
  • Complementar el mapa de recursos sociales de Zaragoza
  • Fomentar la corresponsabilidad con las entidades sociales
  • Priorizar los ámbitos de intervención social y orientar los recursos a la los sectores de población más vulnerables
  • Promover la iniciativa social sin ánimo de lucro
  • Potenciar la participación y actuación del tercer sector
  • Conseguir una mayor eficacia en la prestación de servicios en materias de competencia municipal
  • Promover la innovación en prestaciones sociales
  • Evitar duplicidades en la oferta de servicios y la concesión de subvenciones
  • Corregir déficits en la cobertura de servicios sociales por parte de la administración municipal
  • Ordenar el ámbito de actuación del área de derechos sociales
  • Complementar el mapa de recursos sociales de Zaragoza
  • Fomentar la corresponsabilidad con las entidades sociales
  • Priorizar los ámbitos de intervención social y orientar los recursos a la los sectores de población más vulnerables
Ámbitos
  • Inclusión social y lucha contra la exclusión
  • Alojamientos residenciales asistidos y apoyo a personas sin techo
  • Prevención en el ámbito de la infancia y adolescencia
  • Rehabilitación, apoyo mutuo y sicosocial
  • Prevención de adicciones
  • Igualdad y conciliación familiar
  1. Inclusión social y lucha contra la exclusión
  2. Alojamientos residenciales asistidos y apoyo a personas sin techo
  3. Prevención en el ámbito de la infancia y adolescencia
  4. Discapacidad
  5. Apoyo mutuo y sicosocial
  6. Prevención de adicciones
  7. Igualdad y conciliación familiar
  8. ¿SE AñADEN O QUITAN SECTORES? ¿SE PONEN PORCENTAJES? ¿MáXIMOS?
Importe
  • La cuantía que se conceda no podrá ser superior a 75.000 euros por proyecto. Cada entidad sólo podrá presentar un Proyecto
  • La cuantías de cada subvención se relacionarán directa y proporcionalmente con las puntuaciones obtenidas por el Proyecto
  • Entre la puntuación mínima 20 puntos y la máxima 100 puntos, se establecerá la distribución económica en función de la petición concreta de la entidad y la disponibilidad económica de la convocatoria
  • ¿50.000 euros?
  • Se pueden más proyectos con distintos N.I.F, o se unifica la actuación de una misma entidad, aunque tenga distintos N.I.F.
  • Mínimo 600 euros
  • Máximo de un 80% del coste?
  • ¿Se deberían establecer máximos del importe del proyecto?
  • Concesión... Entre la puntuación mínima 20 puntos y la máxima 100 puntos, se establecerá la distribución económica ponderando con elementos como: el importe de la petición concreta de la entidad, el impacto del Proyecto y la disponibilidad económica de la convocatoria
    • Caso A. Piden 100 y tienen 80 puntos. Atiende a 100 personas
    • Caso B. Piden 40 y tienen 80 puntos. Atienden a 100 personas
    • Caso C. Piden 100 y tienen 50 puntos. Atienden a 80 personas
Beneficiarios
  • Podrán ser beneficiarios las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que reúnan los requisitos generales establecidos en los artículos 6 y 7 de la ordenanza municipal de subvenciones y cumplan el conjunto de condiciones
  • Podrán ser beneficiarios las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que reúnan los requisitos generales establecidos en los artículos 6 y 7 de la ordenanza municipal de subvenciones y cumplan el conjunto de condiciones
Criterios de valoración
  • Respecto a la entidad. (Hasta 30 puntos)
    • Experiencia en desarrollo de proyectos en materias objeto de la convocatoria
    • Capacidad económica para llevarlo a cabo
    • Capacidad organizativa (Socios, voluntarios/as, contratados, locales, medios técnicos, materiales disponibles)
    • Experiencia de colaboración con el Ayuntamiento (Presentación de memorias en tiempo y forma y justificaciones) coordinación con los técnicos municipales, impacto de la actividad, complementariedad con la oferta de los servicios sociales
    • Ser cliente de la Banca ética
  • Respecto al Proyecto. (Hasta 70 puntos)
    • Calidad del proyecto: formulación, diseño, viabilidad técnica y económica.
    • Implicación en la ejecución con los programas, prestaciones y servicios de los servicios municipales
    • Beneficiarios del Proyecto. Número de personas beneficiarias, participación de los beneficiarios en las acciones de este.
    • Se atenderán especialmente aquellos proyectos cuya finalidad, objetivos y acciones se vinculen con las siguientes necesidades básicas:
      • Prevención y promoción relacionadas con la exclusión social
      • Atención a necesidades básicas
      • ...
    • Territorio: ámbito geográfico del Proyecto; atención a zonas especialmente desfavorecidas de la ciudad o con bajos niveles de cobertura municipales
    • Innovación: grado de mejora e innovación que representa el proyecto respecto a la cobertura de servicios sociales en la ciudad o actividades que respondan a actividades emergentes
  • c) Respecto a la entidad. (Hasta 35 puntos)
    • Experiencia en desarrollo de proyectos en materias objeto de la convocatoria
      • Mucha-Alguna-Poca o nada 4 puntos
    • Autonomía económica y financiera para llevarlo a cabo. 4 puntos
      • ¿? A quién primamos?
      • Contraponer... ¿Entidad en proceso de implantación? 4 puntos
    • Capacidad organizativa (Socios, voluntarios/as, contratados, locales, medios técnicos, materiales disponibles)
      • 10 puntos
    • Experiencia de colaboración con el Ayuntamiento (Presentación de memorias en tiempo y forma y justificaciones) coordinación con los técnicos municipales, impacto de la actividad, complementariedad con la oferta de los servicios sociales
      • 10 puntos
    • Ser cliente de la Banca ética o perteneces a la economía social
      • 0 ó 3
  • d) Respecto al Proyecto. (Hasta 65 puntos)
    • Calidad del proyecto: formulación, diseño, viabilidad técnica y económica.
      • 25 puntos
    • Beneficiarios del Proyecto. Número de personas beneficiarias, participación de los beneficiarios en las acciones de este.
      • 20 puntos
    • Territorio: ámbito geográfico del Proyecto; atención a zonas especialmente desfavorecidas de la ciudad o con bajos niveles de cobertura municipales
      • 10 puntos
    • Innovación de la intervención o proyectos que responden a necesidades emergentes
      • 10 puntos
Órgano instructor El órgano instructor es el servicio administrativo de derechos sociales, que previamente a llevar el expediente a la comisión de valoración deberá requerir informes a los servicios técnicos El órgano instructor es el servicio administrativo de derechos sociales. Previamente, se deberá producir el siguiente proceso desde la Oficina de Planificación del área:
  • Fase de preevaluación para verificar que se cumplen las bases de la convocatoria
  • Fase técnica de valoración conforme a los criterios establecidas en las bases, que previamente a llevar el expediente a la comisión de valoración deberá requerir informes a los servicios técnicos
  • Informe de la intervención
Comisión de valoración La comisión de valoración está formada por miembros de todos los grupos políticos municipales y realizará el examen de las solicitudes que someterá a la Consejera. Para ello, la Comisión de Derechos sociales se constituye -de forma extraordinaria- en comisión de valoración
  • La Comisión de valoración se enfrenta directamente a los informes técnicos que aparecen en el expediente y cuya propuesta, informada por la intervención, tienen que tomar en consideración en la misma comisión, elevando dictamen a la Consejera que, aunque no es de carácter vinculante, obliga a la Consejera a resolver a favor o en contra de la mayoría de la Comisión.
  • Por otra parte, la ordenanza señala que los miembros de la comisión de valoración se deben designar en la convocatoria...
Órgano resolutorio El órgano competente para resolver es la Consejera del área quien dictará la resolución, previo informe de una comisión formada por miembros de todos los grupos políticos municipales y previos los trámites establecidos en el capítulo II de la ordenanza municipal de subvenciones El órgano competente para resolver es la Consejera del área quien dictará la resolución, previo informe de una comisión formada por miembros de todos los grupos políticos municipales y previos los trámites establecidos en el capítulo II de la ordenanza municipal de subvenciones
Justificación
  • Auditoría, si sólo son 50.000?
  • Cómo asegurar la seriedad jurídico económica de los proyectos?
  • Reformulación?
  • Viabilidad proyecto reformulado?

Hito 1. Convocatoria


  • Se convoca por escrito a entidades y grupos políticos invitándoles a participar en el proceso.
  • Las entidades y grupos interesados deben manifestar su deseo de participar en el proceso dentro del plazo de inscripción.
  • Se invita a los asistentes a enviar aportaciones y reflexiones con el objetivo de redactar un documento de debate previo a las sesiones de participación.

Hito 2. Envío de aportaciones


  • Se establece una fecha tope para enviar aportaciones a cada una de las disposiciones.
  • Pueden ser propuestas, modificaciones, planteamiento de continuar con el mismo texto o preguntas en referencia a ese apartado, que queréis que se clarifique, en cada disposición. Lo que se plantee ese día no tiene porque ser la posición final de la entidad... es sólo una primera aproximación.

Hito 3. Documento de debate


Se establece un plazo para elaborar un documento de debate previo a la primera sesión.

Hito 4. Sesiones de participación


  • Sesiones de 4 horas. De 4,30 a 8,30
  • Se empezará punto por punto organizando las propuestas entre acuerdos, desacuerdos y transacciones

Hito 5. Convocatoria Consejo


Se enviará el acta y se pedirán puntos para el orden del día.

Hito 6. Consejo Sectorial


  • Última opción de debate de las entidades sociales... sobre la Propuesta de bases.
  • Elección de dos comisiones + discapacidad.
  • Aceptación formal de La Caridad, FAS y El Carmen (pendientes para el próximo de debatir criterios de entrada y salida de los mismos).
  • Propuesta de próximo Consejo, primeros de mayo

Hito 7. Negociación con los partidos


Hito 8. Comisión de Derechos Sociales


Reglas básicas del proceso participativo

  1. En el Documento de debate figuran todas las aportaciones y propuestas sin detallar el grupo o entidad autor de las mismas para que haya más libertad en el debate.
  2. En la reunión se contará con los textos que se hicieron llegar, por si alguien quiere defender o referirse a una propuesta de forma literal.
  3. El debate se hará en directo, con la ayuda de un facilitador externo, como se nos sugirió desde una entidad.
  4. Se indicarán los temas o propuestas que no pueden debatirse por criterio político.

Marco del proceso participativo

El objetivo del proceso es debatir y aprobar las Bases de las Subvenciones de Acción Social, por tanto:

  1. En el debate y toma de decisiones ha de tenerse en cuenta el marco que configuran la Ley de Subvenciones de ámbito autonómico y la Ordenanza General Municipal de Subvenciones.
  2. En todo momento contaremos con un apoyo jurídico, para que resuelva dudas sobre temas que se pueden o no debatir, para asegurar siempre que nos movemos en el marco de la ley.
  3. La Ordenanza General Municipal de Subvenciones contempla que se empiece el proceso de aprobación de las convocatorias antes de contar con presupuestos iniciales aprobados (Art. 19 tramitación anticipada) y también permite establecer convocatorias plurianuales (Art. 17).
  4. Salvo cuestiones importantes, es preferible no contemplar aquellos temas que ya se recogen con claridad en la Ley de Subvenciones, la Ordenanza General Municipald de Subvenciones o en las bases de años anteriores: Seguimiento, Notificaciones y recursos, reformulación, exclusión, subcontratación, pago, difusión, plazos y lugar de justificación, recogidos en las disposiciones de la 12 a la 20.