Vehiculos autorizados

¿Qué vehículos requerirán autorización?

Una vez que la Zona de Bajas Emisiones esté implantada, el acceso será libre para:

  • bicicletas (incluidas eléctricas) y vehículos de movilidad personal
  • vehículos con distintivo ambiental B, C, ECO y 0.

¿Qué otros vehículos podrán circular por la Zona de Bajas Emisiones cuando ya esté implantada?

¿Qué otros vehículos podrán circular por la Zona de Bajas Emisiones cuando ya esté implantada?

La Ordenanza incluye un amplio catálogo de excepciones para la entrada de otro tipo de vehículos, aunque será necesario disponer de una autorización expresa, que puede ser permanente, anual, para un único uso, etcétera. Son los siguientes:

TIPO DE VEHÍCULO Tiempo de autorización
Vehículos dedicados al transporte de personas con movilidad reducida con tarjeta en vigor y expuesta en el parabrisas Mientras esté vigente la tarjeta de PMR
Vehículos en régimen de propiedad, usufructo, "renting", "leasing", retribución en especie o como vehículo de sustitución, de propietarios o arrendatarios de una plaza de garaje situadas en la zona Zaragoza ZBE Anual, renovable
Vehículos en régimen de propiedad, usufructo, "renting", "leasing", retribución en especie o como vehículo de sustitución, de propietarios o arrendatarios de locales con actividad comercial en la zona de bajas emisiones Anual, renovable
Vehículos en régimen de propiedad, usufructo, "renting", "leasing", retribución en especie o como vehículo de sustitución, de residentes con tarjeta de residente de la zona de estacionamiento regulado cuando estacione en la zona que tenga asignada Anual, renovable
Vehículos de servicios, que prestan servicios de emergencia y esenciales siguientes:
  • Vehículos que prestan servicios médicos del servicio público de salud de asistencia sanitaria a domicilio.
  • Ambulancias.
  • Grúa municipal.
  • Vehículos que prestan servicios funerarios.
  • Vehículos de protección civil y salvamento.
  • Vehículos de bomberos.
  • Vehículos de policía y de cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y militares.
  • Vehículos de Limpieza pública, alumbrado, semáforos y obra pública.
  • Los vehículos declarados registralmente como, de los servicios públicos
    esenciales.
Permanente
Vehículos de matrícula extranjera que cumplan los requisitos tecnológicos y de emisiones de acceso a la ZBE y no estén identificados en la base de datos de la DGT Anual, renovable
Vehículos dedicados al transporte de personas con enfermedades, tanto ambulancias como particulares, que les condicionan el uso del transporte público Anual, renovable o hasta cuando finalice la situación de enfermedad
Vehículos que accedan a estacionamientos públicos cuando en éstos exista sistema de control de acceso conectado con el control de la ZBE Por cada acceso aparcamiento público
Vehículos que accedan a reservas de hoteles cuando en éstos exista sistema de control de acceso conectado con el control de la ZBE Por cada estancia en el hotel

Vehículos que prestan un servicio singular que pueden disfrutar de una exención de acceso a la ZBE. A continuación, se indican algunos ejemplos:

  • Vehículos de escuela de conductores: Automóviles destinados a las prácticas de conducción. Categoría homologación: N2, N3, M2, M3.
  • Vehículos Blindados: Vehículos destinados al transporte de personas o mercancías, de caja cerrada reforzada especialmente con un blindaje. Categoría homologación: N1, N2, N3.
  • RTV: Vehículos especialmente acondicionados por emisoras de radio o televisión. Categoría homologación: N1, N2, N3.
  • Taller o laboratorio: Vehículos condicionados para el transporte de herramientas y piezas de recambio que permitan efectuar reparaciones, servicios de mantenimiento y urgencias en todo tipo de inmuebles. Categoría homologación: N1, N2, N3.
  • Biblioteca: Vehículos adaptados y acondicionados de forma permanente para la lectura y exposición de libros. Categoría homologación: N1, N2, N3, M3.
  • Tienda: Vehículos adaptados especialmente y acondicionados de forma permanente para vender artículos. Categorías homologación: N1, N2.
  • Grúa de arrastre: Automóvil provisto de dispositivos que permiten, al elevarlos parcialmente, arrastrar a otro vehículo. Categoría homologación: N1, N2, N3.
  • Grúa de elevación: Vehículo equipado con dispositivos que permiten elevar cargas, pero no transportarlas (no incluye los vehículos con dispositivos de autocarga). Categoría homologación: N1, N2, N3, N3G.
  • Hormigonera: Vehículo construido especialmente para transportar elementos constitutivos del hormigón y que permite mezclarlos durante el transporte. Categoría homologación: N3, N3G.
  • Vehículo para ferias: Vehículo adaptado para maquinaria de circo o ferias recreativas ambulantes. Categoría homologación: N1, N3.
  • Bomba de hormigón: Vehículo autobomba diseñado especialmente para mover hormigón fluido. Categoría homologación: N3.
  • Riego asfáltico: Vehículo destinado a esparcir y extender sobre los diferentes pavimentos betún asfáltico fluidificado. Categoría homologación: N1, N2, N3.
  • Pinta líneas: Vehículo usado para trazar líneas de señalización en el suelo. Categoría homologación: N1, N2, N3.
  • Quitanieves: Vehículo de motor destinado exclusivamente a retirar la nieve de las calzadas y caminos.

Anual, renovable

Los vehículos declarados registralmente como taxis adaptados Permanente
Los vehículos declarados registralmente y clasificados como históricos por la normativa de la DGT Permanente

Los vehículos sin distintivo ambiental declarados registralmente que requieren una autorización de carácter diario o bien temporal porqu necesitan acceder esporádicamente dentro de la ZBE, tendrán número máximo de 8 autorizaciones mensuales para acceder esporádicamente a la ZBE

Día de autorización
Los vehículos declarados registralmente de titulares de plazas de Aparcamientos Municipales para Residentes en el interior del área La autorización registral será para estacionar un único vehículo, únicamente en la plaza de aparcamiento del titular.