Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes genéricas:

  • ¿Cuándo entra en vigor la nueva Zona de Bajas Emisiones?

    La ZBE de Zaragoza ya está en vigor, pero no entrará en funcionamiento completo hasta el próximo 12 de diciembre de 2025. A partir de ese momento se podrán aplicar las sanciones previstas por el incumplimiento de la norma.

    Desde el 11 de septiembre estará habilitado el va a salir de la web y se va a abrir en una nueva pestañaRegistro Municipal de Zona de Bajas Emisiones, donde se podrán inscribir aquellos vehículos que, aún sin tener derecho al distintivo ambiental de la DGT, puedan acceder, circular y estacionar previa autorización municipal registral.

  • ¿Por qué Zaragoza va a tener una Zona de Bajas Emisiones?

    La creación de una Zona de Bajas Emisiones en Zaragoza es una medida a la que obliga la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, que impone a los municipios de más de 50.000 habitantes la adopción de “planes de movilidad urbana sostenible, que deben introducir medidas de mitigación para reducir las emisiones derivadas de la movilidad incluyendo al menos el establecimiento de zonas de bajas emisiones”.

  • ¿Se van a poner sanciones de manera inmediata por circular por la Zona de Bajas Emisiones?

    No hasta el día 12 de diciembre. La implantación se está llevando a cabo en fases y, en los primeros meses, los usuarios están recibiendo información por parte de la Policía Local. No obstante, es obligatorio que los vehículos exhiban el distintivo ambiental (etiqueta de la DGT) si disponen del mismo para circular dentro del perímetro, que ya está señalizado.

  • Vivo dentro de la Zona de Bajas Emisiones. ¿Podré entrar con mi coche, que no tiene distintivo ambiental o no es B, C, ECO ni CERO?

    Sí, aunque será necesario tener (alquilada o en propiedad) una plaza de garaje en la ZBE; ser titular de un local con actividad comercial; o ser residente en el interior de la ZBE. En este último caso, se deberá disponer de la va a salir de la web y se va a abrir en una nueva pestañaTarjeta de Residente para poder estacionar en la zona ESRE correspondiente. En estos casos, se expenderán autorizaciones que deberán renovarse cada año.

  • ¿Qué horarios tendrá la Zona de Bajas Emisiones?

    La Zona de Bajas Emisiones será de aplicación -es decir, con vigilancia y sanciones una vez esté implantada- de lunes a viernes, de 8,00 a 20,00 horas a partir del 12 de diciembre.

  • ¿Cómo se controlarán los accesos a la Zona de Bajas Emisiones?

    El sistema de control será por cámaras inteligentes que leerán específicamente los datos de matriculación del vehículo, para comprobar si tienen etiqueta o autorización. Inicialmente, mientras no se encuentren instalados los sistemas automáticos, la vigilancia será mediante labor policial presencial.

  • ¿Qué pasará si entro por error a la ZBE sin estar autorizado?

    El sistema de control será capaz de detectar los vehículos que accedan por error a la ZBE sin estar autorizados y no les sancionará si salen de ésta en un plazo de 15 minutos.

  • ¿Se podrá estacionar dentro de la Zona de Bajas Emisiones?

    Sí. Dentro de la ZBE se señalizarán las zonas de estacionamiento para residentes y para no residentes, así como para Distribución Urbana de Mercancías, bicis, vmp y motos, que se podrán utilizar siempre que los vehículos cumplan las condiciones de acceso, circulación y estacionamiento dentro de la ZBE de Zaragoza

  • ¿De cuánto serán las sanciones por incumplir esta ordenanza?

    Respecto a las sanciones, se aplicarán conforme a lo que establezca la Ley de Tráfico, tanto en su calificación como en su cuantía, considerándose infracción grave no respetar las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento establecidas y falta leve no exhibir el distintivo ambiental.

  • ¿Cómo mejorará la ZBE la calidad del aire en Zaragoza?

    La implantación de la ZBE busca reducir el tráfico en distintos puntos de la ciudad y con ello las emisiones de gases contaminantes y el ruido. En el caso de Zaragoza, la evolución de los distintos contaminantes en los últimos años ha sido favorable, manteniendo una tendencia general por debajo de los límites establecidos en la legislación vigente.

    La ZBE incorpora la implantación de sistemas para la medición de la calidad del aire (incluyendo una estación portátil) para hacer un seguimiento mediante indicadores de la reducción de emisiones.

    En caso de superarse de los valores fijados por la legislación estatal sobre calidad del aire, contribuirá a alcanzar el cumplimento de éstos en el menor tiempo posible. Las mediciones servirán de soporte a la hora de tomar las decisiones necesarias.

  • ¿Qué aspectos regula esta ordenanza?

    La Ordenanza de Zaragoza es muy similar a las que ya están aprobadas o en fase de aprobación en otras ciudades, teniendo en cuenta que la normativa estatal acota de manera bastante clara todas las características que han de tener los proyectos de Zonas de Bajas Emisiones a implantar.

    Dando cumplimiento a lo que determina la legislación, la ordenanza de la ZBE de Zaragoza define aspectos como:

    • La delimitación del perímetro de la ZBE, adecuada, suficiente y proporcional para el cumplimiento de los objetivos establecidos para la ZBE.
    • Un análisis sobre la naturaleza, origen y evaluación de la contaminación.
    • Las medidas de mejora de la calidad del aire propuestas y el calendario de aplicación.
    • Cómo será el sistema de control de accesos, circulación y estacionamiento en la ZBE.

Vehículos CON distintivo ambiental:

  • SI MI VEHÍCULO DISPONE DE DISTINTIVO AMBIENTAL, ¿PUEDO ACCEDER LIBREMENTE A LA ZONA DE BAJAS EMISIONES DE ZARAGOZA?

    Si dispone de un vehículo con cualquiera de los tipos de distintivo ambiental B, C, ECO o CERO tendrá libre acceso, circulación y estacionamiento en la zona de bajas emisiones de Zaragoza, sin necesidad de registrar su vehículo.

    Recuerde que en tal caso NO ES PRECISO REGISTRAR EL VEHÍCULO para acceder a la ZBE de Zaragoza

  • ¿CÓMO PUEDO SABER QUÉ DISTINTIVO AMBIENTAL LE CORRESPONDE A MI VEHÍCULO?

    Puede acceder a la sede electtrónica de la DGT, en la sección va a salir de la web y se va a abrir en una nueva pestaña“CONSULTA DEL DISTINTIVO AMBIENTAL DE UN VEHÍCULO” , en la que ingresando la matrícula de su vehículo podrá conocer el distintivo ambiental que le corresponde.

    Además podrá consultarlo en

    • Desde la app miDGT
    • Por teléfono, llamando al teléfono 060.
    • Presencialmente, en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. (Pidiendo cita previa anteriormente)

    En la misma consulta puede informarse sobre la manera de conseguir la pegatina ambiental que le corresponde, para poder ponerla en su vehículo.

  • ¿QUÉ OCURRE SI MI VEHÍCULO TIENE DERECHO A DISTINTIVO AMBIENTAL, PERO NO LO HE PUESTO EN EL PARABRISAS?

    Para poder acceder, circular y estacionar en la Zona de Bajas Emisiones de Zaragoza, es preciso exhibir el distintivo ambiental en el parabrisas del vehículo.

    No hacerlo es considerado falta leve y puede ser sancionado.

  • ¿DÓNDE PUEDO OBTENER EL DISTINTIVO DE MI VEHÍCULO?

    La adquisición y compra de los distintivos ambientales puede realizarse a través de: Oficinas de Correos, la red de talleres de la Confederación Española de talleres (CETRAA) y otras redes de talleres autorizados, Gestores Administrativos, el Instituto de Estudios de Automoción (IDEAUTO), Estancos autorizados (Expendedores de Tabacos y Timbre del Estado) y para el caso de flotas, puedes obtener los distintivos a través de la asociación Ganvam.

  • ¿DÓNDE DEBO COLOCARLO?

    El distintivo debe ir adherido en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, si se dispone de él. En su defecto (en el caso de motocicletas), en cualquier sitio visible del vehículo.

Vehículos SIN distintivo ambiental:

  • ¿PUEDO ACCEDER A LA ZBE DE ZARAGOZA SI MI VEHÍCULO NO TIENE DERECHO A DISTINTIVO AMBIENTAL?

    Es posible acceder, circular y estacionar en la ZBE de Zaragoza en estos casos:

    • De lunes a viernes de 20:00 a 8:00 horas.
    • Si su vehículo es ciclo, bicicleta o VMP.
    • Si su vehículo posee autorización municipal registraL limitada.
  • SI MI VEHÍCULO TIENE DERECHO A DISTINTIVO AMBIENTAL, ¿PUEDO OBTENER LA AUTORIZACIÓN REGISTRAL DE ZBE.?

    Si su vehículo tiene derecho a distintivo ambiental, NO NECESITA Y NO PUEDE OBTENER autorización registral para acceder, circular y estacionar en ZBE de Zaragoza

  • SI MI VEHÍCULO NO TIENE DERECHO A DISTINTIVO AMBIENTAL, ¿PUEDO OBTENER LA AUTORIZACIÓN REGISTRAL DE ZBE?

    Si su vehículo NO tiene derecho a distintivo ambiental, PUEDE OBTENER autorización regitral para acceder, circular y estacionar en ZBE de Zaragoza si su vehículo se encuentra en alguno de estos casos:

    1. Vehículo Transporta Persona con Movilidad Reducida PMR.
    2. Vehículo asociado a plaza de garajes dentro de la ZBE.
    3. Vehículo asociado a local con actividad comercial dentro de la ZBE.
    4. Vehículo con tarjeta de residente de estacionamiento regulado dentro de la ZBE.
    5. Vehículo de Servicio de emergencia y esenciales. (Servicios médicos, Ambulancias, Grúa Municipal, funeraria, protección civil y salvamento, bomberos, policía y cuerpos y fuerzas de seguridad del estado y militares, limpieza pública, alumbrado, semáforos y obra pública o Servicios públicos esenciales.
    6. Vehículos de matrícula extranjera.
    7. Vehículos que transportan personas enfermas
    8. Vehículos que accedan a estacionamientos públicos con sistema de control de acceso conectado.
    9. Vehículos que accedan a reservas de hoteles con sistema de control de acceso conectado.
    10. Vehículos de servicio singular. (Autoescuelas, blindados, emisoras de radio o televisión, talleres o laboratorios, bibliotecas volantes, tiendas volantes, grúas de arrastre, grúas de elevación, hormigoneras, vehículos para ferias, riego asfáltico, pinta-líneas, quitanieves…)
    11. . Taxis adaptados
    12. Vehículos históricos
    13. Vehículos con permiso diario sin mas justificación (máximo 8 al mes).
    14. Vehículos de titulares de plazas de estacionamiento municipales para residentes dentro de la ZBE de Zaragoza
  • ¿CÓMO PUEDO OBTENER LA AUTORIZACIÓN REGISTRAL DE ZBE?

    Si su vehículo NO tiene derecho a distintivo ambiental, PUEDE OBTENER autorización registral para acceder,circular y estacionar en ZBE de Zaragoza de las siguientes formas:

    • Información

      Telemáticamente

      A través del enlace que se habilitará en Web municipal antes del 12 de septiembre de 2025: se va a abrir en una nueva pestañaZona de Bajas Emisiones Registro. (RECOMENDADA)

      Tenga en cuenta que los vehículos que se inscriban telemáticamente dispondrán de autorización “pre-concedida” desde el mismo instante en que usted firme la declaración responsable y el sistema le devuelva el acuse de recibo telemáticamente.

    • Información

      Presencialmente

      En cualquier registro oficial, rellenando los datos de la va a acceder a un pdf y se abre en una nueva pestañaDECLARACIÓN RESPONSABLE

      Se trata de un modelo auto-rrellenable para completar, firmar y presentar en registro adjuntando la documentación que justifique el cumplimiento de las condiciones de exención.

      Tenga en cuenta que los vehículos cuya matrícula usted indique en la declaración responsable no dispondrán de autorización en tanto en cuanto no sea verificada la documentación, inscritos en la base de datos municipal y comunicado por los procedimientos que usted solicite en la inscripción.

  • ¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITARÉ PARA REGISTRAR MI VEHÍCULO?:

    Se resumen los documentos que se requieren para registrar cada caso:

    • 0) .- Para cualquier vehículo:

      • Permiso de Circulación
      • Seguro
    • 1).- Transporta PMR

      • Tarjeta PMR
    • 4).- Con tarjeta de Residente en estacionamiento regulado dentro de ZBE

      • No necesita aportar nada, sólo registrarse (el sistema ya encuentra si dispone de trajeta de residente)
    • 2) y 14).- Con plaza de garaje o titular de plaza municipal dentro de ZBE.

      • Escrituras de propiedad, contrato de alquiler u otro que demuestre su vinculación a la plaza de estacionamiento.
    • 3).- Local Comercial

      • Escrituras de propiedad, contrato de alquiler u otro que demuestre su vinculación al local.
    • 5) y 10) Servicio de emergencia o Servicio Singular

      • Si se encuentra serigrafiado no necesita aportar nada.
      • El Certificado o permiso del ente público o propietario del negocio que identifique el servicio que presta y la matrícula del vehículo, si no está serigrafiado
    • 6) Matrícula extranjera. (uno de los siguientes)

      • Certificado de emisiones del fabricante (COC) o equivalente.
      • Distintivo ambiental o documento equivalente emitido por el país de matriculación.
      • Otro.
    • 7) Transporta Persona con enfermedad.

      • Certificado médico o informe clínico.
    • 11) Taxi adaptado.

      • Licencia de Taxi adaptado
    • 12) .- Histórico (uno de los siguientes):

      • Permiso de Circulación en el que conste la condición de histórico.
      • Ficha técnica que conste histórico.
      • Otro.
  • ¿PUEDO ACCEDER DIRECTAMENTE UNA VEZ REGISTRADA MI SOLICITUD?

    Si realiza el trámite de forma telemática

    Si la solicitud se realiza telemáticamente, dispondrá de autorización “pre-concedida” desde el mismo instante en que usted firme la declaración y el sistema le devuelva el acuse de recibo telemáticamente

    (Tenga en cuenta que los datos y documentos aportados en el registro deben ser exactos y ciertos, siendo responsabilidad del firmante la veracidad de todo ello)

    Si NO realiza el trámite de forma telemática:

    Los vehículos cuya matrícula usted indica en la declaración responsable, no dispondrán de autorización en tanto en cuanto no sea verificada la documentación, inscritos en la base de datos municipal y comunicado por los procedimientos que usted solicite en la inscripción.

  • ¿A QUÉ CONSECUENCIAS ME ENFRENTO SI LOS DATOS QUE APORTO A LA DECLARACIÓN RESPONSABLE REGISTRADA SON INEXACTOS, FALSOS U OMITO DATOS DE CARÁCTER ESENCIAL?

    La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial en cualquier dato, manifestación o documento que acompañe a la declaración responsable podrá determinar:

    • La nulidad o ineficacia de la actuación administrativa amparada en dicha declaración.
    • La incoación de procedimientos sancionadores, conforme a lo previsto en la normativa vigente.
    • La posible exigencia de responsabilidades civiles, penales o administrativas, en caso de que concurran indicios de fraude o mala fe.

  • ¿Con qué frecuencia hay que renovar la autorización de acceso a la ZBE?

    Depende del tipo de vehículo y del motivo de la autorización. En general, las autorizaciones son anuales y renovables, salvo en los siguientes casos:

    • Autorizaciones permanentes: por ejemplo, taxis adaptados, vehículos históricos, o servicios de emergencia y esenciales.
    • Autorizaciones condicionadas: como en el caso de personas con movilidad reducida (vigencia de la tarjeta PMR) o situaciones de enfermedad (vigencia del tratamiento o anualmente).
    • Autorizaciones puntuales: como los accesos diarios con límite de 8 al mes, o accesos vinculados a estancias en hoteles o aparcamientos públicos conectados.
  • ¿Qué ocurre si cambio de vehículo? ¿Tengo que solicitar una nueva autorización?

    Sí. En caso de cambiar de vehículo, debe solicitarse una nueva autorización para el vehículo nuevo, aportando la documentación correspondiente.

    Las autorizaciones están vinculadas a la matrícula, por lo que no se transfieren automáticamente entre vehículos

  • ¿Qué hacer si se cambia la titularidad del vehículo?

    Dadas las condiciones de acceso a la ZBE (vehículo y tipo de acceso), sí se cambia la titularidad del vehículo, el propietario anterior debe proceder a comunicar la nueva situación para anular la autorización de acceso, siendo responsabilidad del nuevo propietario tramitar una nueva solicitud sí es necesario y cumple con los condicionantes.

Sobre residentes y actividades

  • ¿Pueden los residentes recibir visitas en coche si el vehículo no está autorizado?

    Sí. El vehículo visitante debe solicitar previamente una autorización puntual a través del registro habilitado. No se permite acceder sin autorización, aunque se trate de una visita a un domicilio dentro de la ZBE.

  • ¿Qué pasa si tengo más de un vehículo como residente?

    Cada tipo de vehículo exento debe solicitar su autorización por separado, presentando una declaración responsable con la documentación correspondiente.

    No existe un límite específico de vehículos por residente, pero cada uno debe cumplir los requisitos establecidos para poder acceder y estacionar en la ZBE.

Otras dudas

  • ¿DÓNDE PUEDO DIRIGIRME SI SIGO TENIENDO DUDAS?

    Puede ponerse en contacto con el Ayuntamiento de Zaragoza, marcando el Teléfono 010

    Puede dirigir una pregunta en el apartado de se va a abrir un nueva pestañaquejas y sugerencias de la página web municipal.