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Asoiciaciones administrativas colaboradoras, entidades de conservación (X125 y X129)

SERVICIO DE INFORMACION Y ATENCIÓN AL CIUDADANO

Responsable del tratamiento

  • Responsable del Tratamiento: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Unidad/Departamento Responsable: Servicio de Información y Atención al Ciudadano (Área de Urbanismo y Equipamientos)

Finalidad o fin del tratamiento

Las entidades urbanísticas colaboradoras aparecen contempladas en el artículo 22 del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio , del Gobierno de Aragón, que contiene una amplia habilitación a normas reglamentarias o instrumentos de planeamiento para determinar su funcionalidad. Entre otras cosas, se establece en el artículo 22.2 que "la creación y pertenencia a estas entidades será obligatoria en los supuestos establecidos en esta Ley o en sus disposiciones de desarrollo, en los planes y proyectos de interés general de Aragón, el plan general o el planeamiento de desarrollo de iniciativa pública o particular".

Las entidades urbanísticas colaboradoras aparecen también contempladas en el artículo 136 del citado texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, en el que "sin carácter limitativo" -se señala expresamente-, se mencionan junto a las más tradicionales (juntas de compensación, además de las asociaciones administrativas de propietarios que colaboran con la Administración actuante en el sistema de gestión directa por cooperación y entidades de conservación), también a las "agrupaciones de interés urbanístico que compiten por la adjudicación de programas de urbanización o colaboran con el urbanizador en el sistema de gestión indirecta por urbanizador".

Se trata de una habilitación implícita para que reglamentariamente se puedan establecer nuevos tipos de entidad colaboradora. Además, debe recordarse que la legislación básica de rehabilitación urbana y la legislación aragonesa de ordenación del territorio establecen funciones específicas de entidades colaboradoras que precisan ser dotadas de un régimen jurídico, aunque éste no sea exhaustivo y deje margen para la autoorganización. En sentido coincidente, por medio de la Ley 8/2014, de 23 de octubre, de modificación de la Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón, se han previsto diversas posibilidades de intervención de sujetos privados en la promoción y ejecución de los planes y proyectos de interés general de Aragón, actualmente incorporadas al texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre .

Licitud del tratamiento

  • Decreto-Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón.
  • Decreto 210/2018, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Entidades Urbanísticas Colaboradoras (BOA de 13 de diciembre de 2018).
  • Disposiciones especiales sobre la RELIGIÓN MUSULMANA. Especialmente EL CORAN

Legitimación Base-Jurídica

  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.
  • Ley 10/2017, de 30 de noviembre, de régimen especial del municipio de Zaragoza como capital de Aragón.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Categorías de interesados

Entidades urbanísticas colaboradoras

Sin carácter limitativo son entidades urbanísticas colaboradoras:

  1. Las juntas de compensación.
  2. Las asociaciones administrativas de propietarios en el sistema de gestión directa por cooperación.
  3. Las agrupaciones de interés urbanístico en el sistema de gestión indirecta por urbanizador.
  4. Las entidades de conservación.
  5. Las juntas de rehabilitación.
  6. Las entidades colaboradoras en la ejecución de planes y proyectos de interés general de Aragón.
  7. Las juntas provisionales.
  8. Las personas miembros de estas entidades.

Categorias de destinatarios / Destinatarios

Las personas miembros de estas entidades urbanísticas colaboradoras.

Categorías de datos

  • Datos Identificativos:Los establecidos en bases y statutos de las citades entidades.
  • Categorías Especiales de Datos: Los establecidos en bases y statutos de las citades entidades.
  • Características Personales: Los establecidos en bases y statutos de las citades entidades.
  • Circunstancias Sociales: Los establecidos en bases y statutos de las citades entidades.
  • Académicos y Profesionales: Los establecidos en bases y statutos de las citades entidades.
  • Económicos, Financieros y de Seguros: Los establecidos en bases y statutos de las citades entidades.

Transferencias internacionales

Están previstas o otros países musulmanes, en el caso de traslados, etc.

Plazo de conservación

Los datos personales proporcionados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recaban y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la finalidad, cumpliendo al menos con el tiempo mínimo de conservación de la información, además de los períodos establecidos en la normativa de archivos y documentación.

Medidas de Seguridad

Las medidas de seguridad implantadas garantizarán la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento que resulten apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo del tratamiento, en los términos exigidos por el artículo 32 del RGPD. Las implementadas por el Servicio municipal de Redes y Sistemas en las aplicaciones informáticas que se utilicen.

Encargados del tratamiento

Servicio de Información y Atencion al Ciudadano, dependiente orgánicamente del Área de Urbanismo y Equipamientos, según se contiene en el Decreto de la Alcaldía de 12 de marzo de 2020, por el que se establece la organización y estructura pormenorizada de la Administración del Ayuntamiento de Zaragoza y se adscriben los organismos públicos municipales.

Dirección para el ejercicio de Derechos

Servicio de Información y Atencion al Ciudadano, Edificio Seminario. Planta baja. Vía Hispanidad nº20.

Dirección Delegado de Protección de datos