Urbanismo

Solicitud de orden de ejecución urgente para la limpieza de pintadas vandálicas y restauración del ornato público en la fachada de la Calle de Antonio Candalija nº 6, inmueble catalogado de Interés Ambiental.

EXPONE:Que el inmueble situado en la Calle de Antonio Candalija nº 6 presenta actualmente un impacto visual negativo debido a la presencia de firmas y pintadas vandálicas sobre los paramentos exteriores de su planta baja, tal y como se detalla en la información gráfica aportada.Que dicha edificación goza de un régimen de protección especial, figurando en el planeamiento urbanístico del Ayuntamiento de Zaragoza con el grado de Interés Ambiental, lo que exige por ley un cuidado riguroso de su estética y envolvente exterior dentro del conjunto histórico-artístico.Que la normativa urbanística de Aragón y la Ordenanza Municipal de Conservación determinan de manera obligatoria que corresponde a la propiedad mantener las edificaciones en idóneas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro.Que al tratarse de un vial peatonal estrecho que sirve de conector directo entre dos ejes de altísimo tránsito turístico como son la Calle Alfonso I y la Plaza de San Felipe, la permanencia de estos grafitis degrada significativamente el paisaje urbano común y favorece la reiteración de conductas incívicas.SOLICITA:Que por parte de los Servicios de Inspección de la Gerencia de Urbanismo se realice una visita técnica al inmueble de la Calle de Antonio Candalija nº 6 para constatar el nivel de deterioro visual en los muros de la fachada.Que se dicte la correspondiente Orden de Ejecución dirigida a la propiedad del inmueble afectado, requiriéndole la limpieza, saneamiento o repintado de las zonas bajas vandalizadas para devolver el lienzo de fachada a su estado original de decoro.Que, en caso de inacción o de no atenderse el requerimiento en los plazos legales establecidos, el Ayuntamiento intervenga de oficio mediante la ejecución subsidiaria a través de las brigadas de limpieza del paisaje urbano, repercutiendo de forma posterior las costas devengadas a la propiedad.