Solicitud de retirada de pintadas vandálicas persistentes en fachada de edificio protegido sito en Calle Manifestación nº 38
Las pintadas vandálicas visibles en la imagen adjunta, situadas en la fachada del inmueble ubicado en la Calle Manifestación nº 38, no constituyen un hecho reciente, sino que se encuentran presentes desde hace un periodo prolongado de tiempo, sin que hasta la fecha se haya procedido a su eliminación. Los hechos se producen en una de las calles principales del Casco Histórico de Zaragoza, con un elevado tránsito peatonal y un destacado valor urbano, comercial y patrimonial, por lo que el deterioro continuado de las fachadas visibles desde la vía pública resulta especialmente perjudicial para la imagen de la ciudad. Debe señalarse que el inmueble situado en la Calle Manifestación nº 38 se encuentra catalogado con grado de protección de Interés Ambiental, lo que implica la obligación de conservar adecuadamente los elementos visibles desde la vía pública, en particular la fachada y los cerramientos de los locales en planta baja, evitando cualquier deterioro que altere la imagen urbana protegida. El estado actual de la fachada, con múltiples pintadas visibles tanto en paramentos como en cierres metálicos, genera un impacto visual muy negativo, transmite una sensación de dejadez prolongada en el mantenimiento del edificio y afecta de manera directa a la calidad del entorno urbano y a la percepción ciudadana y turística de la zona. De conformidad con la Ordenanza Municipal reguladora del deber de conservación de edificios y solares del término municipal de Zaragoza, el artículo 7 establece expresamente que: «En fachadas, cubiertas o espacios visibles desde la vía pública podrán dictarse órdenes de ejecución por motivos de interés turístico, cultural o estético, de acuerdo con lo establecido por las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza y el resto de la legislación urbanística aplicable». Asimismo, el artículo 8 de la citada Ordenanza dispone que los propietarios de los inmuebles están obligados a mantenerlos en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, pudiendo el Ayuntamiento dictar las órdenes de ejecución necesarias y, en caso de incumplimiento, proceder a la ejecución subsidiaria conforme a la normativa vigente. En virtud de lo anterior, corresponde al Ayuntamiento velar por la adecuada conservación del Casco Histórico y de los inmuebles catalogados y, en su caso, requerir a la propiedad del edificio la adopción de las medidas necesarias para la eliminación de las pintadas vandálicas persistentes y la restitución del adecuado estado de la fachada, sin perjuicio de las actuaciones sancionadoras o preventivas que pudieran resultar procedentes. Por todo ello, se solicita la retirada de las pintadas existentes desde hace tiempo en la fachada del edificio protegido sito en la Calle Manifestación nº 38, la aplicación efectiva de la normativa municipal vigente y la adopción de medidas que eviten la permanencia y reiteración de este tipo de situaciones que deterioran gravemente la imagen urbana y el entorno histórico de la ciudad de Zaragoza.