0082176-26 - SUMINISTRO DE SOBRES Y PAPELETAS DE VOTACIÓN EN ELECCIONES MUNICIPALES A CELEBRAR EN MAYO DE 2027
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Fecha de Presentación: Hasta 18-11-2026 12:59
- Tipo de contrato: Suministros
- Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
- Organismo Contratante: CONSEJERIA DE PARTICIPACION CIUDADANA Y REGIMEN INTERIOR
- Servicio Gestor: OFICINA DE ORGANIZACIÓN Y SERVICIOS GENERALES
- Año: 2026
- Valor estimado: 87.222,32€
- Importe (sin IVA): 87.222,32 € (con IVA: 105.539,01 €)
- Objeto: Será objeto del contrato a que se refieren estos pliegos el SUMINISTRO DE SOBRES Y PAPELETAS DE VOTACIÓN EN ELECCIONES MUNICIPALES A CELEBRAR EN MAYO DE 2027, es decir, la elaboración, empaquetado, deposito y suministro de sobres y papeletas de votación para las Elecciones Municipales, a celebrar en Zaragoza, en mayo de 2027, de acuerdo con lo determinado en el Pliego de Prescripciones Técnicas que figura en el expediente y cuyo conjunto de documentos integrantes tendrá carácter contractual.
- Duración: 120 días
- CPV:
- Sobres
- Formularios electorales
| Tipo | Subtipo | Peso | Titulo | Descripción |
|---|---|---|---|---|
| Objetivo | Otros | 5 % | Reducción del plazo de entrega del voto por correo | En caso de ofertar una reducción de 24 horas en el voto por correo se adjudicarán 5 puntos. La mejora consiste en entregar los primeros 2.000 juegos ordenados y separados de voto por correo en 24 horas; y el resto hasta los 20.000 juegos ordenados, en 3 días naturales, desde la publicación de la proclamación de candidaturas |
| Objetivo | Precio | 95 % | Oferta económica | Para la calificación de la oferta económica se aplicará un criterio de proporcionalidad respecto de la oferta más reducida, a la que se le atribuirá la puntuación máxima, calculando la ponderación de los demás con arreglo a la siguiente fórmula: P = Np X |√Bi/Bmax| La puntuación obtenida ( P) será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos(Np), en este caso 95, por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (Bi) y la mayor baja ofertada (Bmax). Se valorarán con 0 puntos aquellas proposiciones que no oferten ninguna baja. |
| Tipo | Descripción |
|---|---|
| Solvencia económica y financiera | Volumen anual de negocios que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos el siguiente (una vez y media el valor estimado del contrato 87.3 a) de la LCSP): 130.833,48 € (IVA excluido). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro; y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. |
| Solvencia técnica | a) Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado, en suministros de igual o similar naturaleza ha de ser igual o superior a 61.055,62 € (IVA excluido) (de acuerdo con el artículo 89.3 de la LCSP). b) De conformidad con el artículo 89.1.h de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará simultáneamente por:
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| Tipo | Descripción |
|---|---|
| No minorar las condiciones de trabajo de los trabajadores | De conformidad con el acuerdo del Gobierno de Zaragoza, de fecha 10 de octubre de 2014, la empresa adjudicataria vendrá obligada a no minorar las condiciones de trabajo de los trabajadores en función del convenio colectivo que resulte de aplicación al presentarse la oferta, aunque el mismo pierda posteriormente su vigencia como consecuencia de la ultraactividad |
Descargar: Datos Abiertos
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