0048572-26 - CONTRATO PRIVADO DE SERVICIO BANCARIO DE PAGOS ELECTRÓNICOS Y TELEMÁTICOS DE TRIBUTOS Y OTROS INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA.


En Licitación En Licitación

Fecha de Presentación: Hasta 18-09-2026 12:59

  • Tipo de contrato: Servicios
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: GOBIERNO DE ZARAGOZA
  • Servicio Gestor: AGENCIA MUNICIPAL TRIBUTARIA
  • Año: 2026
  • Valor estimado: 1.400.848,68€
  • Importe (sin IVA): 1.167.373,90 € (con IVA: 1.167.373,90 €)
  • Objeto: El objeto del contrato a que se refiere el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante PCAP y publicado en esta plataforma) es la contratación del servicio bancario de pagos electrónicos y telemáticos de tributos y otros ingresos de derecho público del Ayuntamiento de Zaragoza, de conformidad con lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante PPT y publicado en esta plataforma) que figura en el expediente y cuyo conjunto de documentos integrantes tienen carácter contractual. El presente contrato tiene por finalidad la prestación del servicio bancario consistente en la instalación y mantenimiento de los dispositivos necesarios para permitir a los ciudadanos el pago de las deudas que tengan con el Ayuntamiento de Zaragoza mediante tarjeta de crédito o débito y mediante otros medios telemáticos de pago como bizum, según lo dispuesto en los artículos 98.2 a. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 34 y 36 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. Se trata de un contrato en función de las necesidades del Ayuntamiento, conforme a la Disposición adicional trigésima tercera de la LCSP. Este servicio incluye, entre otros, los compromisos indicados en la cláusula Primera del PPT.
  • Duración: 1460 días
  • CPV:
    • Servicios bancarios
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 100 % Oferta económica

Para la valoración de las ofertas económicas se aplicará la siguiente fórmula:

P = Pmax * √Baja/Baja máxima

Dicha fórmula se aplicará a la baja ofertada por el licitador respecto al precio unitario máximo.

Siendo:

  • P: puntuación de la oferta que se valora.
  • Pmax: puntuación máxima asignada al criterio de valoración.
  • Baja: baja respecto al precio unitario máximo (exento de IVA).
  • Baja máxima: máxima baja presentada respecto al precio unitario máximo (exento de IVA).

Las ofertas que vayan al tipo de licitación se puntuarán con 0 puntos

TipoDescripción
Solvencia económica y financiera

Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, que deberá ser al menos una vez y media el valor estimado anual del contrato, de acuerdo con los artículos 87.1 a. y 87.3 a. de la LCSP y con el Informe 4/2021, de 9 de abril, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón; es decir, deberá ser igual o superior a 525.318,25 €.

El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

La solvencia técnica o profesional del empresario deberá acreditarse conforme al artículo 90.1 a. de la LCSP, es decir, mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70% del valor estimado anual del contrato, es decir, a 245.148,52 €.

Se considerarán de igual o similar naturaleza a la del presente contrato aquellos servicios prestados a través de contratos cuyos cuatro primeros dígitos del código CPV sean 6611.

Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.

TipoDescripción
Cláusulas sociales de género

El adjudicatario deberá cumplir las siguientes Cláusulas Sociales de Género, de acuerdo con la cláusula 3 y el Anexo I de la Instrucción relativa a la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus organismos autónomos y entidades del sector público municipal:

a) Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales deberán emplear un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad, y pluralidad de roles e identidades de género.

b) Las empresas con plantilla de 50 o más personas trabajadoras, deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Las empresas deberán acreditar el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas, de acuerdo con el artículo 39.2 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. A efectos de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, el propuesto como adjudicatario deberá cumplimentar el modelo de declaración responsable incluido en el Anexo XI del presente Pliego.

c) En todo caso, y siempre que sean necesarias nuevas contrataciones, sustituciones y/o se produzcan bajas, la empresa adjudicataria se compromete a contratar a mujeres y en función del número de contrataciones, éstas se realizarán en un porcentaje superior, al menos en cinco puntos, al porcentaje medio señalado en el último trimestre para el sector de actividad concreto por la Encuesta de Población activa del I.N.E.

d) La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual.

e) En la elaboración de memorias e informes que la entidad licitadora deberá presentar con motivo de la ejecución del contrato, todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el personal que ejecute el contrato, deberán estar desagregados por sexo y edades, estableciendo porcentajes, de forma que pueda conocerse la población sobre la que incide el contrato.

f) La empresa adjudicataria deberá realizar durante la ejecución del contrato como mínimo tres acciones nuevas en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a la plantilla adscrita a su ejecución, que podrán pertenecer a uno o más de los bloques detallados en el apartado 3.5.1.f) de la Instrucción relativa la incorporación de cláusulas sociales de género enlos contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público Empresarial. Antes de finalizar el contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar al Responsable del contrato un informe detallado sobre todas las actuaciones realizadas; sin la presentación del mismo no se podrá dar por finalizado el contrato. Este informe se realizará según el Modelo incluido en el Anexo X del presente Pliego.

La información correspondiente a las cláusulas sociales de género se encuentra disponible en la siguiente dirección web: https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/29103

No minoración de las condiciones de trabajo de los trabajadores

De conformidad con el acuerdo del Gobierno de Zaragoza, de fecha 10 de octubre de 2014, la empresa adjudicataria vendrá obligada a no minorar las condiciones de trabajo de los trabajadores en función del convenio colectivo que resulte de aplicación al presentarse la oferta, aunque el mismo pierda posteriormente su vigencia como consecuencia de la ultraactividad.

Descargar: Datos Abiertos