0044668-26 - SUMINISTRO DE 60 EQUIPOS COMPLETOS DE RESPIRACIÓN AUTÓNOMA PARA EL SERVICIO CONTRA INCENDIOS, DE SALVAMENTO Y PROTECCIÓN CIVIL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA.


En Licitación En Licitación

Fecha de Presentación: Hasta 29-07-2026 12:59

Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 70 % Oferta económica

Para la valoración de la oferta económica se aplicará un criterio de proporcionalidad respecto de la oferta más reducida, a la que se atribuirá la puntuación máxima, calculando la puntuación de las demás con arreglo a la siguiente fórmula:

P = 70* √Bi/Bmax

Siendo:

P: la puntuación que obtiene la oferta que se valora.

70: el número máximo de puntos para este criterio.

Bi: la baja correspondiente al licitador que se valora.

Bmax: la mayor baja ofertada.

La puntuación obtenida (P) será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos (70), por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (Bi) y la mayor baja ofertada (Bmax).

El tipo de licitación respecto del que se calcula la baja es el presupuesto base de licitación (IVA excluido).

Las ofertas que vayan al tipo de licitación se puntuarán con 0 puntos.

En las ofertas económicas, el IVA se especificará como una partida independiente. Si el licitador estuviera exento de IVA deberá especificarlo en su oferta, aportando la documentación acreditativa correspondiente.

El precio deberá incluir todos y cada uno de los elementos del suministro y los gastos necesarios hasta el momento de la entrega.

Objetivo Otros 10 % Reducción del plazo de entrega

Las ofertas serán valoradas con arreglo a lo siguiente: 

  • Reducción de una semana en el plazo de entrega: 2 puntos (la entrega se realizará en el plazo de 15 semanas). 
  • Reducción de dos semanas en el plazo de entrega: 4 puntos (la entrega se realizará en el plazo de 14 semanas). 
  • Reducción de tres semanas en el plazo de entrega: 7 puntos (la entrega se realizará en el plazo de 13 semanas). 
  • Reducción de cuatro semanas o más: 10 puntos (la entrega se realizará en el plazo de 12 semanas o menos).

Los plazos de entrega que vayan al tipo de la licitación, es decir 16 semanas, se puntuarán con 0 puntos.

Objetivo Otros 15 % Suministro de máscaras adicionales al número mínimo exigido

Se asignarán puntos por la entrega de máscaras adicionales al número mínimo exigido. 

  • Entrega de 5 máscaras adicionales: 3 puntos (se entregará un total de 65 máscaras). 
  • Entrega de 10 máscaras adicionales: 6 puntos (se entregará un total de 70 máscaras). 
  • Entrega de 15 máscaras adicionales: 10 puntos (se entregará un total de 75 máscaras). 
  • Entrega de 20 máscaras adicionales: 15 puntos (se entregará un total de 80 máscaras).

Las plicas que no ofrezcan mascaras adicionales, es decir, que ofrezcan 60 máscaras, se puntuarán con 0 puntos.

Objetivo Otros 5 % Ampliación del plazo de garantía

Se asignarán puntos por el tiempo adicional de garantía de los equipos ofertado, sobre el periodo mínimo exigido en la clausula 25 del presente Pliego (un año). 

  • Ampliación del plazo de garantía en un año: 1 punto (el plazo de garantía será de 2 años). 
  • Ampliación del plazo de garantía en dos años: 2 puntos (el plazo de garantía será de 3 años). 
  • Ampliación del plazo de garantía en tres años: 3 puntos (el plazo de garantía será de 4 años). 
  • Ampliación del plazo de garantía en cuatro años: 4 puntos (el plazo de garantía será de 5 años). 
  • Ampliación del plazo de garantía en cinco años o más: 5 puntos (el plazo de garantía será de 6 años o más).

Las plicas que no ofrezcan garantía adicional, es decir, que ofrezcan un año de garantía, se puntuarán con 0 puntos.

TipoDescripción

La solvencia técnica del empresario deberá acreditarse conforme al artículo 89.1 a) de la LCSP, es decir, mediante una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; y cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato; es decir, igual o superior a 117.180 € (de acuerdo con el artículo 89.3 de la LCSP).

Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.

Las empresas de nueva creación, conforme a lo dispuesto en el artículo 89.1 h) de la LCSP, acreditarán su solvencia técnica mediante el medio al que se refiere la letra e) del mismo artículo, es decir, mediante la presentación de muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante 

Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, que deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato, de acuerdo con los artículos 87.1 a) y 87.3 a) de la LCSP; es decir, deberá ser igual o superior a 251.100 €.

El cumplimiento de este requisito se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

TipoDescripción
Cláusulas sociales de género

El adjudicatario deberá cumplir las siguientes Cláusulas Sociales de Género, de acuerdo con la cláusula 3 y el Anexo I de la Instrucción relativa a la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus organismos autónomos y entidades del sector público municipal:

a) Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales deberán emplear un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad, y pluralidad de roles e identidades de género.

b) Las empresas con plantilla de 50 o más personas trabajadoras, deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Las empresas deberán acreditar el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas, de acuerdo con el artículo 39.2 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

A efectos de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, el propuesto como adjudicatario deberá cumplimentar el modelo de declaración responsable incluida en el Anexo V del presente Pliego.

2. El adjudicatario deberá contar con una red de servicio técnico, con venta de repuestos, en funcionamiento, de modo que los repuestos y servicios que sean necesarios podrán ser suministrados con agilidad, de acuerdo con la cláusula 4 del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares

Descargar: Datos Abiertos

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