0014980-26 - LIMPIEZA POR LOTES DE DISTINTAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA: CASA DE AMPARO, BARRIOS RURALES Y EQUIPAMIENTOS SOCIOCULTURALES


En Licitación En Licitación

Fecha de Presentación: Hasta 09-06-2026 12:59

  • Tipo de contrato: Servicios
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: GOBIERNO DE ZARAGOZA
  • Servicio Gestor: GOBIERNO DE ZARAGOZA
  • Año: 2026
  • Importe (sin IVA): 18.791.902,89 € (con IVA: 22.738.202,50 €)
  • Objeto: El objeto del presente PLIEGO DE CONDICIONES es la DEFINICIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA POR LOTES DE DISTINTAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA: CASA AMPARO, BARRIOS RURALES, SOCIOCULTURALES.
  • Duración: 1095 días
  • CPV:
    • Servicios de limpieza de edificios
  • Lotes
      • Lote 1: Residencia Municipal Casa de Amparo
      • Importe de licitación(sin I.V.A.): 1.673.830,08 €
      • Importe de licitación(con I.V.A.): 2.025.334,41 €
      • Estado: En Licitación
      • Lote 3: Equipamientos Socioculturales.
      • Importe de licitación(sin I.V.A.): 13.522.599,12 €
      • Importe de licitación(con I.V.A.): 16.362.344,94 €
      • Estado: En Licitación
      • Lote 2: Barrios Rurales
      • Importe de licitación(sin I.V.A.): 3.595.473,69 €
      • Importe de licitación(con I.V.A.): 4.350.523,17 €
      • Estado: En Licitación
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 55 % Oferta económica

Para la valoración de la Oferta se aplicará un criterio de proporcionalidad respecto de la oferta más favorable a los intereses municipales para el parámetro Baja ofertada (en €).

La Baja ofertada correspondiente a cada licitador (en €) será calculada como la diferencia entre el Precio / hora de Licitación (sin IVA) y el Precio / hora ofertado (sin IVA) presentado por cada licitador/a (redondeado a 6 decimales).

Se atribuirá la puntuación máxima de 55 puntos a la oferta más favorable a los intereses municipales y la puntuación de 0 puntos a la oferta que iguale el Precio / hora de Licitación (sin IVA).

Las puntuaciones se calcularán con arreglo a la fórmula:

P = 55 x |√ Bof/ B.max |

Donde:

P es la puntuación obtenida,

Bof es la Baja ofertada (en €) correspondiente a la empresa licitadora que se valora y

B.max es la Baja máxima (en €) existente entre todas Bajas ofertadas a valorar.

La puntuación obtenida P será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos a repartir, en este caso 55, por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre Bof, la baja correspondiente al licitador que se valora (en €) y B.max, la mayor Baja ofertada (en €) entre todas Bajas ofertadas a valorar.

Subjetivo Otros 45 % Proyecto de limpieza

Se asignará al Proyecto de Limpieza para la realización del servicio un máximo de 45 puntos que se distribuirán para los distintos apartados que lo componen de la siguiente forma:

1. Análisis del Servicio .................................. 10 puntos

2. Programación de actividades .................... 7,5 puntos

3. Maquinaria y Materiales ............................. 10 puntos

4. Gestión del Servicio ................................... 7,5 puntos

5. Calidad del servicio .................................... 8 puntos

6. Mejoras ..................................................... 2 puntos

Se valorarán las cuestiones solicitadas según el esquema pedido y por la documentación e información aportada en los apartados requeridos. Apuntar que el hecho de ser valorado un apartado como el mejor respecto al resto no implica que por ello se tenga que obtener la puntuación máxima para ese apartado.

El Proyecto de limpieza se valorará de acuerdo a la puntuación asignada a cada apartado y a la precisión en el estudio, la planificación prevista, la previsión e idoneidad técnica de maquinaria y materiales, la gestión en cuanto al desarrollo y optimización, la calidad del servicio y las mejoras que se pudieran plantear.

A fin de justificar un mínimo conocimiento de las Dependencias a las que se refiere este Pliego, se establece un umbral mínimo para continuar con el proceso selectivo de al menos el 60% de la puntuación asignada a este concepto, no pudiendo pasar a la fase siguiente una oferta con menos de 27 puntos.

TipoDescripción

1. La acreditación de la solvencia técnica por parte de los licitadores se realizará conforme al artículo 90 de la LCSP, es decir, mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo indicado, en servicios de igual o similar naturaleza que los del contrato, ha de ser igual o superior al 70% del valor medio anual del contrato, que para cada uno de los lotes se establece en los siguientes importes: .

  • Lote 1: Casa de Amparo 531.162,08 € 
  • Lote 2: Barrios Rurales 1.140.963,65 €
  • Lote 3: Equipamientos socioculturales 4.291.171,45 €

2 . Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.

En caso de presentarse a distintos lotes, la solvencia exigida a los licitadores será la acumulación de los valores de los lotes a los que se presenten.

El criterio de solvencia económica y financiera que se ha elegido es el criterio cuantitativo y cualitativo de referencia que recoge la LCSP en su artículo 87.3 a), es decir, volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos deberá ser de al menos una vez y media el valor estimado anual del contrato, que para cada uno de los lotes se establece en los siguientes importes:

  •  Lote 1: Casa de Amparo 1.138.204,45 €
  • Lote 2: Barrios Rurales 2.444.922,10 €
  • Lote 3: Equipamientos socioculturales 9.195.367,39 €

El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil

TipoDescripción
No minoración de las condiciones de trabajo del personal

En cumplimiento del acuerdo del Gobierno de Zaragoza de 10 de octubre de 2014, es condición especial de ejecución que la contratista viene obligada, durante todo el periodo de ejecución del contrato, a no minorar las condiciones de trabajo de los trabajadores/as en materia de jornada y salario, y en términos anualizados, así como a cualquier mejora sobre la legislación laboral básica aplicable, que correspondan en cada momento a las personas trabajadoras adscritas al contrato en función del convenio colectivo de aplicación, aunque el mismo pierda posteriormente su vigencia como consecuencia de la ultraactividad. Y ello salvo acuerdo explícito entre la empresa y la representación de los trabajadores/as.

Cláusulas sociales de género

1) Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista , evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

2) Las empresas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, en los términos establecidos por el artículo 1.3 del Real Decreto Ley 6/2019, en atención a su número de trabajadores.

3) En las nuevas contrataciones para la ejecución del contrato:

  • 3.1) Al menos un 40% de las personas contratadas laboralmente para la ejecución del contrato deberán ser mujeres.
  • 3.2) Al menos un 40% de los puestos de trabajo cualificados, de responsabilidad o gerencia de la empresa adjudicataria deberán estar ocupados por mujeres durante la ejecución del contrato.
  • 3.3) Al menos un 15% de las personas contratadas laboralmente para la prestación del contrato deberán ser mujeres con especiales dificultades de inserción laboral, por ejemplo víctimas de violencia de género, mujeres que encabezan familias monomarentales, con discapacidad o desempleadas de larga duración.

4) En la elaboración de memorias e informes que la entidad licitadora deberá presentar con motivo de la ejecución del contrato, todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el personal que ejecute el contrato, deberán estar desagregados por sexo y edades, estableciendo porcentajes, de forma que pueda conocerse la población sobre la que incide el contrato.

5) La empresa adjudicataria deberá realizar durante la ejecución del contrato como mínimo tres acciones nuevas en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a la plantilla adscrita a su ejecución, que podrán pertenecer a uno o más de los bloques detallados en el apartado 3.5.1. f) de la Instrucción relativa a la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus Organismos autónomos y Entidades del sector público municipal. La empresa adjudicataria deberá aportar al Responsable del contrato al finalizar el contrato un informe detallado sobre todas las actuaciones realizadas. Este informe se realizará según el modelo incluido en el Anexo V I a este Pliego.

6) La empresa adjudicataria se compromete a presentar un protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual, en el ámbito de desarrollo del contrato.

7) La empresa se compromete a realizar acciones de prevención de riesgos laborales y salud laboral con perspectiva de género, adaptadas a las características diferenciadas de sexo.

8) Al finalizar el contrato se deberá realizar una memoria sobre el impacto de género de la contratación, con indicadores y datos desagregados por sexo de las personas usuarias o beneficiarias y del personal prestador del servicio, que posibiliten evaluar la eficacia de las medidas de igualdad aplicadas.

Sin la presentación de la documentación relativa a las cláusulas de género no se dará por finalizado el contrato.

Contratos con mismo CPV:

Descargar: Datos Abiertos