0002680-26 - SUMINISTRO E INSTALACIÓN PARA EL EQUIPAMIENTO DE PROYECCIÓN AUDIOVISUAL DEL ESPACIO DE EXHIBICIÓN PARA DISTRITO 7 - ECOSISTEMA AUDIOVISUAL DE ZARAGOZA.


Pendiente de Adjudicar Pendiente de Adjudicar

  • Tipo de contrato: Suministros
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: GOBIERNO DE ZARAGOZA
  • Servicio Gestor: DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESTRATEGICOS Y PROYECCION EXTERIOR
  • Año: 2026
  • Valor estimado: 514.473,55€
  • Importe (sin IVA): 514.473,55 € (con IVA: 622.513,00 €)
  • Objeto: El objeto del presente contrato es el suministro, instalación y puesta en funcionamiento del equipamiento de proyección audiovisual destinado a la sala de exhibición de Distrito 7, Ecosistema Audiovisual de Zaragoza, ubicado en la planta baja del ala central de la antigua factoría de GIESA
  • Duración: 120 días
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Otros 10 % Reducción del plazo de ejecución

Se otorgarán 0,5 puntos por cada día de reducción del plazo de ejecución con respecto del plazo de 3 meses, con un máximo de 20 días, previsto en la cláusula 10 del presente Pliego.

Objetivo Otros 10 % Experiencia adicional del personal adscrito a la ejecución del contrato

Se valorará la experiencia adicional del personal adscrito a la ejecución del contrato, a razón de 0,5 puntos por cada proyecto adicional al mínimo exigido en la cláusula 12.2 del presente Pliego, de instalación de sistemas audiovisuales ejecutados y en funcionamiento, de características similares a las del objeto del contrato, en el que haya participado en los últimos 5 años, con un máximo de 20 proyectos.

Para la valoración de este criterio, los licitadores deberán incluir en el Sobre 3, un listado con una relación de los proyectos en los que haya participado el personal adscrito a la ejecución del contrato, indicando el título de la instalación, fecha de ejecución y presupuesto global (sin impuestos).

La experiencia se acreditará por el licitador propuesto como adjudicatario mediante la presentación de certificados de buena ejecución, en los que se hará constar la descripción del objeto, importes, fechas y destinatarios.

Objetivo Precio 30 % Oferta económica

Las ofertas económicas se valorarán de acuerdo con la siguiente fórmula:

P = Pmax * √ B / Bmax

Siendo:

  • P es la puntuación que obtiene la oferta que se valora.
  • Pmax es la puntuación máxima asignada al criterio precio por este Pliego (30 puntos).
  • B es la baja correspondiente al licitador que se valora.
  • Bmax es la mayor baja ofertada.

La puntuación que obtiene la oferta que se valora (P) será la resultante de multiplicar la puntuación máxima asignada al criterio precio por este pliego (Pmax) por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (B) y la mayor baja ofertada (Bmax).

Las ofertas que vayan al tipo de licitación se puntuarán con 0 puntos.

Si el licitador estuviera exento de IVA deberá especificarlo en su oferta, aportando la documentación acreditativa correspondiente.

Subjetivo Otros 50 % Proyecto/Memoria técnica

El licitador deberá presentar en su oferta una Memoria Técnica de Suministro e Instalación de Sistemas Audiovisuales en las salas de exhibición, de acuerdo a la memoria de necesidadescontenida en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, formado por Planos (plantas, alzados, secciones, detalles, elementos en 3D y esquemas de funcionamiento y control), Fichas Técnicas de todos y cada uno de los elementos a instalar con su marcas y modelos propuestos, memoria, pliego de condiciones, mediciones y planificación, valorándose el conjunto de la documentación presentada en base a los siguientes criterios: 

  • Características técnicas y funcionales de los equipos: número de píxeles, luminosidad, consumo, solidez, entre otros. (10 puntos). 
  • Características técnicas y funcionales del software e instalación de los equipos: rapidez, seguridad, versatilidad, entre otros. (10 puntos). 
  • Características técnicas y funcionales de los sistemas de anclaje e instalación: seguridad, facilidad de montaje, reparación y sustitución, entre otros. (10 puntos). 
  • Plan de actuación ante un fallo de infraestructura o equipo durante el período de garantía: rapidez, coordinación, sustitución, entre otros. (10 puntos). 
  • Planificación de los trabajos objeto del proyecto (sin desvelar días de plazo de ejecución): coherencia de la planificación. (10 puntos).

En relación con las características técnicas y funcionales, se valorarán únicamente las mejoras propuestas respecto a los requisitos mínimos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. En consecuencia, l as ofertas presentadas deberán, al menos, cumplir los mencionados requisitos mínimos, quedando excluidos del procedimiento aquellos licitadores cuyas ofertas no los cumplan.

No se incluirá en la Memoria Técnica información alguna relativa a los aspectos valorables a través de criterios objetivos, so pena de exclusión.

TipoDescripción

La acreditación de la solvencia técnica por parte de los licitadores se hará conforme al artículo 89.1 a) de la LCSP, es decir, mediante la relación de los principales suministros con instalación de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en el que se indique importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.

El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado, en suministros de igual o similar naturaleza que los del contrato, ha de ser igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, es decir, 360.131,49 € (IVA excluido). Se escoge el importe supletorio establecido en el artículo 89.3 de la LCSP.

Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este, o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.

La solvencia técnica se acreditará documentalmente por el propuesto como adjudicatario previo requerimiento por el Ayuntamie nto de Zaragoza.

El criterio de solvencia económica y financiera que se ha elegido es el criterio de referencia que recoge la LCSP en su artículo 87.1 a), es decir, volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos deberá ser de, al menos, una vez y media el valor estimado del contrato, es decir, 771.710,33 € (IVA excluido). Se escoge el importe supletorio establecido en el artículo 87.3 a) de la LCSP.

El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. 

La solvencia económica y financiera se acreditará documentalmente por el propuesto como adjudicatario previo requerimiento por el Ayuntamiento de Zaragoza.

TipoDescripción
No minoración de las condiciones de trabajo de los trabajadores

De conformidad con el artículo 37 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, las empresas licitadoras adquirirán con la presentación de sus ofertas el compromiso de mantener o mejorar, durante la ejecución del contrato, las condiciones laborales de los trabajadores adscritos a la ejecución de aquel, especialmente las relativas al salario, la duración de la jornada, la conciliación de la vida personal y familiar y los permisos. Esta obligación subsistirá incluso si decae la vigencia del convenio colectivo de referencia. Este compromiso alcanzará también a las empresas subcontratistas, siendo responsabilidad de la contratista principal asegurar su cumplimiento

Cláusulas sociales de género

a) Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género (de conformidad con la lnstrucción aprobada por el Gobierno de Zaragoza sobre incorporación de cláusulas sociales de género de fecha 8 de julio de 2016).

b) Las empresas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres conforme al Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

Las empresas acreditarán el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas según establece el artículo 39 de Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

A efectos de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, el propuesto como adjudicatario deberá cumplimentar el Anexo V.

 

Descargar: Datos Abiertos