0059572-25 - ADECUACIÓN DE CONSULTORIO MÉDICO EN AVDA. DE SAN GREGORIO 14


Desierto Desierto

  • Tipo de contrato: Obras
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: CONSEJERIA DE URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS, ENERGIA Y VIVIENDA
  • Servicio Gestor: DIRECCION DE ARQUITECTURA
  • Año: 2025
  • Valor estimado: 355.371,90€
  • Importe (sin IVA): 355.371,90 € (con IVA: 430.000,00 €)
  • Objeto: Es objeto del contrato a que se refieren estos pliegos la realización de las OBRAS DE ADECUACIÓN DE CONSULTORIO MÉDICO AVDA. DE SAN GREGORIO, 14 cuyo proyecto que figura en el expediente, teniendo sus documentos integrantes carácter contractual, y habiendo sido aprobado por Decreto del Consejero de Urbanismo, Infraestructuras, Energía y Vivienda de fecha 23 de junio de 2025.
  • Duración: 180 días
  • CPV:
    • Trabajos de construcción de edificios relacionados con la salud
  • Materia:
    • Construcción de edificios en zonas urbanas
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Otros 5 % Limpieza final completa de la obra

Se considerará limpieza final total o completa del edificio, de tal modo que no requiera de ninguna limpieza adicional y permita su ocupación inmediata, incluye desinsectación. Se valora el compromiso de la empresa de realizar a su cargo la limpieza a fondo por empresa especializada en edificios terminados con 5 puntos de acuerdo con el Anexo V. Las empresas que no presenten dicho compromiso no obtendrán ningún punto.

Subjetivo Otros 10 % Organización y desarrollo de la obra

Proceso descriptivo de la organización de la obra en cuestión y personal que realizará los trabajos.

Se valorará, entre otros aspectos, el mejor conocimiento de la obra, llevar a cabo la planificación, coordinación y gestión de todas las actividades necesarias para ejecutar la obra de manera eficiente y exitosa.

Objetivo Precio 65 % Oferta económica

Para la valoración de la Oferta Económica se aplicará un cirterio de proporcionalidad respecto de la oferta más reducida, a la que se atribuirá la puntuación máxima de 65 puntos, calculando la ponderación de los demás con arreglo a la siguiente fórmula:

P = Np x | √Bi / Bmax |

La puntuación obtenida (P) será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos (Np), en este caso 65, por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (Bi) y la mayor baja ofertada (Bmax). Estos dos últimos valores se podrán aplicar indistintamente en cuantía monetaria o en porcentaje respecto del tipo de licitación.

Subjetivo Otros 10 % Medidas de reducción de las emisiones contaminantes atmosféricas

Se valorará la adopción de medidas con el fin de reducir los contaminantes atmosféricos durante la ejecución de la obra, efectos en el entorno, efectos sobre las personas y sobre la propia obra, como pueden ser la disminución de emisiones de polvo, de gases de vehículos, emisiones acústicas, reducción de vibraciones durante la ejecución, utilización de productos de etiquetado ecológico, reducción de emisiones al agua durante la limpieza o la realizada por vertidos o subcontratación de empresas en las actividades mas contaminantes que ofrezcan garantía en la gestión de los residuos que minimicen la afección de emisiones contaminantes al aire, al agua o al suelo.

Para ello presentarán una relación y descripción de medidas propuestas y los procedimientos de seguimiento para asegurar la implementación de cada una de ellas así como una declaración responsable en la que el licitador se comprometa a su aplicación durante toda la ejecución de la obra.

La memoria no podrá ser superior a 6 páginas DIN A4, Letra Arial 11, interlineado 1,5, (la documentación gráfica que se estime conveniente relacionada con el Proyecto objeto de contratación:portada, planos, croquis, imágenes, etc., se contará a parte). No será objeto de valoración la documentación que exceda del número de páginas señalado.

Objetivo Otros 10 % Incremento del control de calidad

Se valora el incremento de los controles de materiales, equipos o unidades finalizadas, al incrementar el programa previsto de control en el proyecto redactado (capítulo 10 “control de calidad”), que supone un 0,39% del presupuesto de ejecución material.

Las empresas licitadoras podrán ofertar una actuación destinada para el control de calidad y asistencia técnica de la obra que sea superior a la establecida en los documentos del Proyecto, ofertando un incremento (ICC), hasta un máximo del 1% del valor de ejecución material de las obras (CCMax), (adicional al 0,39 % existente, es decir 0,39 %+ICC).

Se valorará con 10 puntos el incremento igual al 1% del valor de ejecución material de las obras sobre el definido en el proyecto. Los incrementos inferiores se valorarán de acuerdo con la fórmula que se indica.

P = (10 x ICC) / CCMax

Donde P es la puntuación obtenida, ICC el incremento del valor destinado, en %, a control de calidad sobre el presupuesto de ejecución material de las obras ofertado por el licitador y CCMax el del 1% del valor de ejecución material de las obras, incremento máximo establecido.

TipoDescripción

La solvencia técnica del empresario deberá acreditarse conforme al art. 88.1.a) con la relación de las obras ejecutadas de igual o similar naturaleza que las que constituyen el objeto del contrato en el curso de los cinco últimos años, avaladas por certificados de buena ejecución, por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de dicho periodo, que sea igual o superior a 248.760,33 € IVA no incluido, indicándose también en dicha relación un breve resumen de las mismas.

Los certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.

Volumen anual de negocios en el mejor de los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de constitución o inicio de la actividad de los empresarios por un importe mínimo de 533.057,85 € (IVA excluido) (1,5 veces el valor estimado del contrato conforme al artículo 87.3 a) de la LCSP y al informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Aragón n.o 4/2021).

El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro; y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

TipoDescripción
Cláusulas sociales de género

a. Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

b. Las empresas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres conforme al Rel Decreto Ley 6/2019. Las empresas acreditarán el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas según establece el artículo 39 de Ley 11/2023.

c. En todo caso y siempre que sean necesarias nuevas contrataciones, sustituciones y/o se produzcan bajas, la empresa adjudicataria se compromete a contratar a mujeres y en función del número de contrataciones éstas se realizarán en un porcentaje superior, al menos en cinco puntos al porcentaje medio señalado en el último trimestre para el sector de actividad concreto por la encuesta de población activa del I.N.E. d. La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual.

e. En la elaboración de memorias e informes que la entidad licitadora deberá presentar con motivo de la ejecución del contrato, todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el personal que ejecute el contrato, deberán estar desagregados por sexo y edades, estableciendo porcentajes, de forma que pueda conocerse la población sobre la que incide el contrato.

f. La empresa adjudicataria deberá realizar durante la ejecución del contrato como mínimo tres acciones en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a la plantilla adscrita a su ejecución, que podrán pertenecer a uno o más de los bloques detallados en el apartado 3.5.1.f) de la Instrucción relativa la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público Empresarial. Antes de finalizar el contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar al Responsable del contrato un informe detallado sobre todas las actuaciones realizadas; sin la presentación del mismo no se podrá dar por finalizado el contrato. Este informe se realizará según el Modelo incluido en el Anexo IX a este Pliego

No minoración de las condiciones de trabajo

En cumplimiento del acuerdo del Gobierno de Zaragoza de 10 de octubre de 2014, es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria viene obligada, durante todo el periodo de ejecución del contrato, a no minorar las condiciones de trabajo de los trabajadores/as en materia de jornada y salario, y en términos anualizados, así como a cualquier mejora sobre la legislación laboral básica aplicable, que correspondan en cada momento a las personas trabajadoras adscritas al contrato en función del convenio colectivo de aplicación, aunque el mismo pierda posteriormente su vigencia como consecuencia de la ultraactividad. y ello salvo acuerdo explícito entre la empresa y la representación de los trabajadores/as.

De tipo medioambiental

El cumplimiento de lo dispuesto en estudio de gestión de residuos del proyecto técnico.

Clausulas sociales de empleo

a) Tener a disposición documentación completa y verificable sobre los trabajadores y trabajadoras empleados, a presentarla al órgano de contratación cuando éste lo requiera y a advertir a las personas trabajadoras sobre la posibilidad de una inspección por parte de dicho órgano.

b) Abonar puntualmente a los trabajadores/a adscritos a la ejecución del contrato los salarios pactados o legalmente establecido.

c) El adjudicatario vendrá obligado a mantener el personal que defina la oferta, tanto en número como en cualificación. La empresa deberá cumplir en todo momento el convenio colectivo sectorial aplicable, así como cualquier otro acuerdo laboral vigente.

Descargar: Datos Abiertos