ECO 2025422 - SUMINISTRO Y MONTAJE DE SENSORES EN LA RED DE SANEAMIENTO DE LA CIUDAD DE ZARAGOZA FINANCIADO CON FONDOS PROCEDENTES DEL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA - NEXT GENERATION UE EN EL MARCO DEL COMPONENTE 5, INVERSIÓN 1 (C5.I1).


Contrato Formalizado Contrato Formalizado

  • Tipo de contrato: Suministros
  • Entidad Contratante: Ecociudad
  • Organismo Contratante: ECOCIUDAD ZARAGOZA S.A
  • Año: 2025
  • Valor estimado: 2.098.847,52€
  • Importe (sin IVA): 1.908.043,20 € (con IVA: 2.308.732,27 €)
  • Objeto: Es objeto de este Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante PPT) es la definición de los trabajos que han de ser contratados y las condiciones técnicas que han de regir para el presente contrato para el suministro, montaje e instalación de la sensórica en la red de saneamiento municipal, incluyendo la implantación de las señales en una plataforma general para el control de datos y seguimiento de alarmas. Dicha plataforma, inicialmente, tiene carácter temporal, incluyéndose en el Proyecto Digitaliza, objeto de otra licitación independiente, el desarrollo de una PLATAFORMA integral del ciclo del agua que englobaría en un futuro esas señales
  • Duración: 250 días
  • CPV:
    • Instrumentos de medida del caudal, nivel y presión de líquidos y gases
    • Equipo de medida y de control
    • Equipo de medida del caudal
    • Equipo de instrumentación y control
    • Servicios de instalación de equipo de medida
  • Licitadores: 3
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Otros 6 % Reducción del plazo final de ejecución

Se valorará el compromiso de reducción del plazo de cumplimiento del hito final respecto al plazo establecido en el pliego (250 días naturales). La reducción se puntuará a razón de 0,1 puntos por cada día natural completo de reducción ofrecido, hasta un máximo de 60 días naturales. La puntuación máxima (6 puntos) se obtendrá con una reducción igual o superior a los 60 días

Subjetivo Otros 8 % Equipos ofertados

Se describirán los equipos ofertados por la entidad licitadora, dataloggers, controladores, sensores, sondas, etc. describiendo las especificaciones técnicas, fichas de producto, etc. , y adecuación a las necesidades/ especificaciones de Ecociudad Zaragoza.

Con el fin de garantizar la disponibilidad efectiva de los equipos ofertados y la viabilidad técnica y temporal de la planificación presentada, el licitador deberá aportar, conforme al modelo que se adjunta como documento ANEXO VI, una carta de compromiso expresa y firmada por la entidad fabricante, distribuidora o suministradora de los equipos, en la que se garantice el suministro de la totalidad de los dispositivos que figuran en el cuadro de precios y en los plazos máximos establecidos en la cláusula séptima del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Específicas.

La no presentación de este compromiso en los términos requeridos será motivo de exclusión, al tratarse de un requisito imprescindible para asegurar una adecuada programación de los trabajos y la correcta ejecución del contrato, teniendo en cuenta que se trata de un suministro técnico especializado y sujeto a plazos estrictos de ejecución derivados de la financiación europea del proyecto, y en un contexto de alta demanda de equipamiento tecnológico asociada a los proyectos de digitalización del ciclo del agua en el ámbito nacional.

Subjetivo Otros 12 % Plan de ejecución de actuaciones

La entidad licitadora detallará y describirá un plan de ejecución de los trabajos donde se indiquen las tareas a realizar, describiendo aspectos como identificación de instalaciones, estudios previos, plazos de suministros, plazos de colocación, trabajos de configuración y conexionado con servidores, Clouds, plataformas digitales, etc.

Deberán valorarse y justificarse los rendimientos, el número de equipos y demás medios propuestos que permitan acreditar la viabilidad de la planificación presentada, la cual deberá formularse tomando como base el plazo máximo de ejecución del contrato, fijado en 250 días naturales, y estimando, a efectos meramente orientativos, como posible fecha de inicio el 1 de octubre de 2025, sin que esta fecha indicada tenga carácter contractual ni implique compromiso para el órgano de contratación.

Obtendrán la puntuación más elevada, sin que sea necesariamente la máxima establecida, aquellas propuestas que presenten una planificación y organización de medios que optimicen los trabajos en función de las necesidades a satisfacer y los plazos de ejecución.

Se valorarán positivamente la descripción de medidas correctoras ante posibles desviaciones de los tiempos de ejecución.

Aquellas ofertas en las que, a la hora de detallar su planteamiento, se observe una mera y reiterada reproducción del contenido del Pliego de Prescripciones Técnicas, una profusa vaguedad o una incoherencia palmaria respecto a los trabajos a desarrollar se valorarán con una baja puntuación.

Objetivo Otros 7 % Aumento del plazo de garantía

Se valorará el incremento del plazo de garantía respecto al mínimo establecido en el pliego, que es de 12 meses. La ampliación se puntuará a razón de 0,25 puntos por cada mes completo adicional ofrecido, hasta un máximo de 28 meses de incremento. En caso de ofertarse la ampliación máxima, se alcanzarán los 40 meses de garantía en total y se obtendrá la máxima puntuación -7 puntos-.

Objetivo Otros 5 % Experiencia adicional del Responsable de ejecución

Se valorará la experiencia profesional del perfil propuesto como Responsable de ejecución, cuando supere los cinco (5) años mínimos exigidos en los pliegos, con una puntuación máxima de 5 puntos. 

Se asignará 1 punto por cada año completo adicional de experiencia acreditada en funciones similares a las del puesto, hasta un máximo de 5 años adicionales.

La experiencia deberá referirse a trabajos de ejecución, coordinación o supervisión técnica en contratos o proyectos análogos al objeto del contrato.

Deberá adjuntarse el currículum vitae del Responsable de ejecución en la oferta económica, detallando con precisión las fechas, funciones desempeñadas y entidades donde se haya adquirido dicha experiencia.

Años adicionales (a partir del sexto año) 

1 año adicional: 1,0 punto

2 años adicionales: 2,0 puntos

3 años adicionales: 3,0 puntos

4 años adicionales: 4,0 puntos

5 años adicionales o más: 5,0 puntos

Objetivo Precio 42 % Oferta económica

La puntuación Ec del criterio económico se calculará en función del descuento ofrecido (D) mediante la siguiente fórmula escalonada:

Parámetros de la fórmula:

Tramo 1: Si D ≤ D¿ Ec = k¿ × Pmax × (D/D¿)

Tramo 2: Si D¿ < D ≤ D¿ Ec = Pmax × [k¿ + (k¿ - k¿) × (D - D¿)/(D¿ - D¿)]

Tramo 3: Si D¿ < D ≤ D¿ Ec = Pmax × [k¿ + (k¿ - k¿) × (D - D¿)/(D¿ - D¿)]

Tramo 4: Si D¿ < D ≤ D¿ Ec = Pmax × [k¿ + (k¿ - k¿) × (D - D¿)/(D¿ - D¿)]

Tramo 5: Si D > D¿ Ec = Pmax × [k¿ + (1 - k¿) × (D - D¿)/(1 - D¿)]

Valores de referencia:

• Pmax: Puntuación máxima del criterio económico establecida en el pliego 

• D: Descuento ofertado, calculado mediante la fórmula:

D = (Precio máximo de licitación - Precio ofertado) / Precio máximo de licitación

Tramos definidos por:

• D¿ = 0,10

• D¿ = 0,15

• D¿ = 0,30

• D¿ = 0,50

Coeficientes utilizados:

• k¿ = 0,75

• k¿ = 0,85

• k¿ = 0,90

• k¿ = 0,95

Subjetivo Otros 10 % Organización y metodología de los trabajos

Tomando como referencia la situación de la red de colectores de la ciudad de Zaragoza y sus características (ubicación de los puntos de alivio, cuencas, etc.) se valorará el conocimiento que el licitador muestre exponiendo las peculiaridades que hayan de tenerse en cuenta (accesibilidad, movilidad, coordinación con otros organismos, permisos, servicios afectados, etc.) para llevar a cabo con la debida diligencia los trabajos a realizar en el contrato.

Obtendrán la puntuación más elevada, sin que sea necesariamente la máxima establecida, aquellas propuestas que presenten un mayor grado de conocimiento de las necesidades a satisfacer y su adecuación, concreción y coherencia con la naturaleza de los trabajos a desarrollar, valorándose especialmente que este apartado analice, con el suficiente grado de detalle, las peculiaridades específicas y no genéricas que han de ser tenidas en cuenta a la hora de garantizar los suministros y montajes. Se valorará la exposición detallada de cómo se van a ejecutar y organizar las distintas partes de los trabajos en los conceptos de suministro de sensores, montaje de sensores y, en su caso, adecuación denecesidades para el funcionamiento.

Se valorará la implantación de medidas que minimicen las afecciones en los procesos de montaje de la sensórica y en el funcionamiento de la red, estableciendo medidas adicionales que eviten vertidos al medio y afecciones por contaminación ambiental u otras que el licitador pueda considerar.

Se incluirá una descripción desglosada de la estructura y medios humanos que el licitador propone para la realización de cada una de las tareas necesarias para el suministro y montaje de las unidades contempladas en el cuadro de precios, debiendo respetar en todo caso lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas y sin que en ningún caso, so pena de exclusión, se incorpore aquí cualquier dato del que se pueda dilucidar la experiencia adicional del Responsable de ejecución y del Técnico/a de instrumentación, integración y automatización -criterio sujeto a fórmula matemática-. En tal sentido, aefectos de preservar la separación entre los criterios sujetos a juicio de valor y los evaluables automáticamente, la documentación relativa a la experiencia adicional del Responsable de ejecución y del Técnico/a de instrumentación, integración y automatización deberá incorporarse exclusivamente en el Sobre n.º 3, correspondiente a los criterios evaluables mediante fórmula. Su inclusión en el Sobre n.º 2 será causa de exclusión, por vulnerar el principio de no contaminación de sobres establecido en el artículo 146.2 de la LCSP.

Se valorará la aportación de un organigrama detallado con las tareas y responsabilidades de cada uno de los medios humanos que se adscriban al contrato, así como las relaciones entre ellos y la utilización de los recursos en situaciones normales y/o excepcionales de carga de trabajo en las fases de actuación.

Aquellas ofertas en las que, a la hora de detallar su planteamiento, se observe una mera y reiterada reproducción del contenido del Pliego de Prescripciones Técnicas, una profusa vaguedad o una incoherencia palmaria respecto a los trabajos a desarrollar se valorarán con una baja puntuación.

Objetivo Otros 5 % Experiencia adicional del Técnico/a de instrumentación, integración y automatización

Se valorará la experiencia profesional del perfil propuesto como Técnico/a de instrumentación, integración y automatización, cuando supere los tres (3) años mínimos exigidos en los pliegos, con una puntuación máxima de 5 puntos.

Se asignará 1 punto por cada año completo adicional de experiencia acreditada en tareas relacionadas con instrumentación industrial, integración de sistemas, automatización de procesos o tecnologías SCADA, hasta un máximo de 5 años adicionales.

Deberá adjuntarse el currículum vitae del técnico propuesto en la oferta económica, especificando con claridad los trabajos realizados, su duración y el ámbito técnico de intervención.

Años adicionales (a partir del cuarto año)

1 año adicional 1,0 punto

2 años adicionales 2,0 puntos

3 años adicionales 3,0 puntos

4 años adicionales 4,0 puntos

5 años adicionales o más 5,0 puntos

Subjetivo Otros 5 % Medidas a adoptar para garantizar la Seguridad y Salud en la ejecución

Partiendo de la tipología las instalaciones propias de un sistema de saneamiento y los riesgos asociados a éstas, el licitador expondrá las medidas y los medios materiales y humanos a disponer a lo largo del contrato para garantizar el cumplimiento de la normativa y minimizar el riesgo de los trabajadores.

Dada la importancia de los criterios sujetos a juicio de valor para precisar el alcance de las prestaciones que se han de ejecutar para satisfacer las necesidades que se pretenden cubrir con este contrato y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146.3 de la LCSP, se rechazarán las ofertas que no alcancen una valoración global del 50 % de los puntos en la valoración de los criterios valorables mediante un juicio técnico de valor. Esta posibilidad que se fundamenta, no en la restricción indebida de la competencia, sino en la conveniencia de ajustar adecuadamente la relación calidad/precio de las distintas ofertas y en las características particulares y especiales de un contrato que requiere de una prestación sin demora - al estar sometido a financiación del PRTR- y que implica una especial complejidad a la hora de llevar a cabo el montaje de la instrumentación. Se busca, en consecuencia, un adecuado conocimiento por parte de las empresas de los trabajos a desarrollar

TipoDescripción

Cifra anual de negocio - La entidad licitadora podrá acreditar su solvencia económica y financiera mediante declaración del volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos. Conforme a lo dispuesto en el informe de la Junta Consultiva de Aragón 4/2021, el volumen anual de negocios en el ámbito objeto del contrato (referenciado a cualquiera de los CPVs) deberá ser igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato. La acreditación del requisito de solvencia económica y financiera se efectuará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.

Trabajos realizados - Relación de los principales trabajos efectuados en los tres últimos años, de la misma o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato (referenciado a cualquiera de los CPVs) cuyo importe anual acumulado el año de más ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del contrato

TipoDescripción
Cláusulas sociales de género
  • Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
  • Las empresas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres conforme al Real Decreto Ley 6/2019.
  • Las empresas acreditaran el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas según establece el artículo 39 de Ley 11/2023.
  • La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual. 
  • En todo caso y siempre que sean necesarias nuevas contrataciones, sustituciones y/o se produzcan bajas, la empresa adjudicataria se compromete a contratar a mujeres y, en función del número de contrataciones estas se realizaran en un porcentaje superior al menos en cinco puntos al porcentaje medio señalado en el último trimestre para el sector de actividad concreto por la Encuesta de Poblacion activa del l.N.E3 .
  • Antes de finalizar el contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar a la persona responsable del contrato un informe detallado sobre todas las actuaciones realizadas; sin la presentación del mismo no se podrá dar por finalizado el contrato. Este informe se realizará conforme al modelo que se recoge en la url: https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/29103
Derivadas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y de normativa en materia de protección de datos
  • La obligación del contratista de someterse a los controles oportunos y, en todo caso, de la Comisión Europea, la Oficina de Lucha Antifraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea en los términos contemplados en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 
  • La obligación del contratista de someterse al plan de medidas antifraude que se aplicarán en la ejecución de los proyectos ejecutados por el ayuntamiento de zaragoza que sean financiados con cargo a fondos del plan de recuperación, transformación y resiliencia, ratificado por el Consejo de Administración de la sociedad EZ en fecha 07/02/2024. 
  • El cumplimiento, por parte del contratista y de los subcontratistas, de las obligaciones recogidas en la Orden TED/934/2022, de 23 de septiembre, por la que se aprobaronlas bases reguladoras para la concesión de ayudas por concurrencia competitiva para la elaboración de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua. 
  • La obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. 
  • El adjudicatario garantizará el respeto al principio de «no causar un perjuicio significativo» (DNSH), así como el cumplimiento de la metodología de seguimiento de las ayudas conforme a lo previsto en el PRTR, en el artículo 5.2 del Reglamento (UE) número 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, y su normativa de desarrollo., en particular las vinculadas al cumplimiento de hitos y objetivos.
Cláusulas en materia de seguridad y salud
  • Es condición especial de ejecución de este contrato que la empresa adjudicataria designe una persona de contacto, vinculada a la empresa y con formación específica en materia de seguridad y salud, para la supervisión y control de la aplicación de las condiciones de seguridad y salud laboral exigibles, así como para la detección de las posibles incidencias que surjan en este ámbito. 
  • La contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, en especial lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales respecto a obligaciones en materia de prevención a las empresas, en el Capítulo III del Reglamento de los Servicios de Prevención R.D. 39/1997, 17 de enero y en el Decreto 171/2004 de coordinación de actividades empresariales.
  • Las sanciones que se impongan a EZ en materia de seguridad y salud como consecuencia de la ejecución del contrato se trasladarán a la contratista como responsable subsidiaria siempre que hayan sido consecuencia de una acción u omisión de ésta.
  • Cada trabajador, independientemente de la modalidad y duración del contrato, deberá recibir en el momento de su incorporación al puesto de trabajo el adiestramientonecesario para desarrollar su actividad conociendo todas las medidas de prevención que debe adoptar para trabajar con seguridad y sin correr riesgos innecesarios.
  • La empresa adjudicataria deberá aportar la documentación necesaria en materia de seguridad y salud que le sea requerida por la asistencia técnica en materia de seguridad y salud que disponga EZ para dicha función.
Cláusulas sociales de empleo
  • Conforme al artículo 37 de la Ley 11/2023, las empresas licitadoras adquirirán con la presentación de sus ofertas el compromiso de mantener o mejorar, durante la ejecución del contrato, las condiciones laborales de los trabajadores adscritos a la ejecución de aquel, especialmente las relativas al salario, la duración de la jornada, la conciliación de la vida personal y familiar y los permisos. Esta obligación subsistirá incluso si decae la vigencia del convenio colectivo de referencia. Este compromiso alcanzara también a las empresas subcontratistas, siendo responsabilidad de la contratista principal asegurar su cumplimiento.
  • Es condición especial de ejecución tener a disposición documentación completa y verificable sobre los trabajadores y trabajadoras empleados, a presentarla al órgano de contratación cuando este lo requiera y a advertir a las personas trabajadoras sobre la posibilidad de una inspección por parte de dicho órgano.
  • Es condición especial de ejecución que el contratista deberá abonar puntualmente a los trabajadores/as adscritos a la ejecución del contrato los salarios pactados o legalmente establecidos.
  • Resultará necesario controlar en todo momento la adscripción del número de trabajadores/as fijados en pliegos y/u ofertas exigidos y el desarrollo de sus tareas, para lo cual el contratista deberá enviar, con carácter mensual, un informe de las incidencias producidas en materia laboral incluyendo los documentos de cotización y los certificados de la seguridad social.
  • La empresa estará obligada a cubrir todas las bajas y vacaciones de su plantilla de manera que el número de personal dedicado a las tareas objeto del contrato no sea nunca inferior a la plantilla ofertada

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