0005147-25 - CONCESIÓN DEMANIAL DEL TANATORIO DEL CEMENTERIO DE TORRERO
Contrato Formalizado Contrato Formalizado
- Tipo de contrato: Otros
- Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
- Organismo Contratante: GOBIERNO DE ZARAGOZA
- Servicio Gestor: SERVICIO DE INFORMACION Y ATENCIÓN AL CIUDADANO
- Año: 2025
- Valor estimado: 170.434.992,77€
- Importe (sin IVA): 3.000.000,00 € (con IVA: 3.000.000,00 €)
- Objeto: El objeto del presente Pliego es la definición de las condiciones técnicas en la prestación del servicio de la concesión del Tanatorio del Cementerio Municipal de Torrero, por un periodo de 30 años, que comprende el servicio del tanatorio, servicio del crematorio y servicios complementarios. Los trabajos incluidos en este Pliego comprenden todos los necesarios para garantizar el correcto funcionamiento de este equipamiento municipal, tanto en lo que se refiere a la prestación del servicio de tanatorio y cremación, como el mantenimiento de la urbanización, edificación y cualquier tipo de instalación, así como cualquier actividad complementaria a este equipamiento municipal dentro del ámbito de la delimitación. La empresa concesionaria deberá prestar los servicios de tanatorio y cremación descritos en el presente Pliego conforme establece la normativa de policía sanitaria mortuoria aprobada por Decreto 2263/1974 y demás normativa autonómica y local en vigor o aquella otra que se aprobase durante la vigencia de la concesión. Toda intervención, adecuación u obra que la empresa concesionaria realice deberá ajustarse a los requisitos establecidos en la normativa urbanística, técnica, ambiental y cuanta otra le sea de aplicación en el momento de su realización, incluida la que contemple los objetivos de eficiencia energética.
- Duración: 10950 días
- Materia:
- Servicios funerarios y mantenimiento de cementerios
- Licitadores: 2
| Tipo | Subtipo | Peso | Titulo | Descripción |
|---|---|---|---|---|
| Objetivo | Otros | 45 % | Mejora del canon anticipado | El licitador ofertará un porcentaje al alza del canon anticipado en % con dos decimales de acuerdo con el modelo de oferta. La oferta se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: P= 45 x (O/Omax) donde P es la puntuación obtenida, Omax es el mejor incremento porcentual sobre el canon mínimo realizado en % y O es el incremento en % correspondiente al licitador que se valora. A título de ejemplo, en caso que el alza ofertada del canon anticipado sea del 20% (canon anticipado de 3.600.000,00 €) y la mejor oferta supone un alza del canon del 40% (canon anticipado de 4.200.000,00 €), la puntuación otorgada a las dos ofertas será de 22,5 y 45 puntos, respectivamente. Se valorarán con 0 puntos aquellas ofertas que no ofertan alza respecto al canon anticipado mínimo previsto en 3.000.000,00 €. El abono del canon anticipado por parte de la entidad adjudicataria será requisito necesario para la formalización del contrato |
| Subjetivo | Otros | 30 % | Oferta técnica | El anteproyecto presentado podrá alcanzar una puntuación máxima de 30 puntos, los cuales se obtendrán de la suma de las puntuaciones obtenidas en los siguientes apartados, valorados en función a los siguientes criterios: a) Programa de necesidades y su integración con la edificación actual: 5 puntos como máximo. - Solución técnica en la integración con el edificio existente.
b) Calidad del nuevo edificio del tanatorio: en relación a los materiales empleados, eficiencia energética y sostenibilidad ambiental para garantizar la mejor solución constructiva. 10 puntos como máximo. c) Calidad de la instalación de cremación: mejores características técnicas e innovadoras de los hornos a instalar, incluyendo capacidad, vida útil e impacto ambiental. 10 puntos como máximo. d) Mejor solución técnica tanto del nuevo vial de acceso al cementerio como de la adecuación del acceso existente afectado por la nueva edificación. 5 puntos como máximo. La suma de los apartados de la oferta técnica exige una puntuación mínima global de 15 puntos, para continuar en el procedimiento de licitación. |
| Objetivo | Otros | 25 % | Mejora del porcentaje aplicable para el cálculo del canon anual | El licitador ofertará al alza el porcentaje aplicable a la cifra de negocios para el cálculo del canon anual mediante un tipo porcentual en % con dos decimales. La oferta se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: P= 25 x (O/Omax) donde P es la puntuación obtenida, Omax es el mayor incremento en % sobre el porcentaje mínimo del canon anual y O es el incremento en % sobre el porcentaje mínimo del canon anual correspondiente al licitador que se valora. A título de ejemplo, en caso que el alza ofertada sea del 3% (canon del 5% sobre la cifra de negocios anual) y la mayor alza ofertada sea del 6% (canon del 8% sobre la cifra de negocios anual), la puntuación otorgada a las dos ofertas será de 12,5 y 25 puntos, respectivamente. Se valorarán con 0 puntos aquellas ofertas que no ofertan alza respecto del porcentaje del 3% aplicable sobre la cifra de negocios para el cálculo del canon anual. |
| Tipo | Descripción |
|---|---|
Una relación de las principales actuaciones en materia de gestión de tanatorios incluida la cremación de titularidad pública o privada preexistentes en los últimos diez años, incluyendo importes, fechas, destinatario público o privado, avalados por certificados de buena ejecución de los mismos. El importe anual en el año de mayor ejecución de los últimos diez años en la actividad de “Administración de cementerios” y/o “Servicio de pompas fúnebres” en un único Complejo tanatorio-crematorio (que incluya al menos dos hornos crematorios) sea superior a dos millones de euros. Se justifica en base a la necesidad de que el licitador tenga experiencia en la gestión de tanatorios y/o crematorios que es el fin del bien que se licita, con una dimensión que a la vez que se garantiza una actividad diaria importante, representando el 50% de las actividades que se desarrollan en lasinstalaciones actualmente, no se restrinja la competencia permitiendo el acceso a las PYMES. |
|
Se aportará el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere esta concesión referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a tres millones de euros. Se justifica en base a la necesidad de que el licitador tenga experiencia en la gestión de este tipo de actividades y a la vez no se restrinja la competencia permitiendo el acceso a las PYMES. |
|
Según el artículo 6 de la “Ordenanza municipal de actividades y servicios funerarios” de Zaragoza las actividades de tanatorio y crematorio tendrán la consideración de servicio funerario complementario que de acuerdo con el artículo 12.1 se deberán prestar por empresas funerarias debidamente habilitadas e inscritas en alguno de los registros de empresas de servicios funerarios. Se acreditará mediante la presentación del título habilitante del municipio correspondiente o declaración responsable junto con la declaración de alta censal del impuesto de actividades económicas o un recibo del pago del mismo que le faculte para el ejercicio de la actividad. |
| Tipo | Descripción |
|---|---|
| Condiciones de ejecución de la concesión | 1. La totalidad de la presente concesión demanial, en todos sus aspectos, tales como construcción, explotación, conservación y financiación, se desarrolla a riesgo y ventura del concesionario quien asume, en el mismo concepto, la evolución de las condiciones financieras del mercado a lo largo del plazo concesional. El concesionario deberá seguir fiel y escrupulosamente el contenido del Presente Pliego y la documentación que lo acompaña, así como las instrucciones que recibiere del servicio encargado de la inspección de la concesión. No se reconoce al concesionario derecho a la percepción de subvención alguna por parte del Ayuntamiento para la explotación del tanatorio. 2. La concesión deberá cumplirse a tenor de lo previsto en este pliego. En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales, el servicio encargado de la inspección de la concesión podrá imponer penalidades contractuales |
Descargar: Datos Abiertos
-
Licitación
-
Adjudicación - Formalización
-
31/10/2025 -02/12/2025
MEMORA-SERVICIOS-FUNERARIOS-SLImporte: 6.500,10€ (con IVA: 6.500,10€)
- ALBIA GESTIÓN DE SERVICIOS, S.L.U.
-
-
Ejecución
Duración: 10950 días
