462232-23 - CUSTODIA Y MANTENIMIENTO LOS BIENES MATERIALES DEL ALMACEN MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA


Contrato Menor

Adjudicación Adjudicación

TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 100 % Oferta economica

Se adjudicará a la oferta más económica y por ello la más ventajosa para los intereses municipales, siempre que cumpla con los requisitos técnicos, en caso contrario será rechazada.

Para la valoración de la oferta económica se aplicará un criterio de proporcionalidad respecto de la oferta más reducida, a la que se atribuirá la puntuación máxima, (si solo hay una oferta se le adjudicarán los 100 puntos), calculando la ponderación de las demás con arreglo a la siguiente fórmula:

La puntuación obtenida (P) será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos (Np), por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (B) y la mayor baja ofertada (Bmax).

Esta fórmula cumple con la doctrina del Tribunal de Contratos Públicos de Aragón, dado que al tipo de licitación se le otorga 0 puntos y las puntuaciones se otorgan de manera proporcional a las bajas ofertadas.

Se considera que una oferta es anormalmente baja cuando su importe económico sea inferior al producto de la media aritmética de las ofertas presentadas por el coeficiente 0,80, calculado con arreglo a la fórmula:

Si Of < Ofmedia x 0,80 se considera oferta anormalmente baja.

Donde “Of” es la oferta presentada y “Ofmedia” es la media aritmética de las ofertas presentadas.

Si una oferta es considerada como anormalmente baja se atenderá a lo especificado en el art. 149 de la LCSP.

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