0001/2021 - CONTRATO DE SUMINISTRO Y PUESTA EN MARCHA DE 2 TÓTEMS DIGITALES PARA EL TEATRO PRINCIPAL DE ZARAGOZA.


Contrato Menor

Adjudicación Adjudicación

  • Tipo de contrato: Suministros
  • Entidad Contratante: Artes Escénicas y de la Imagen
  • Organismo Contratante: PATRONATO DE ARTES ESCENICAS Y DE LA IMAGEN
  • Año: 2021
  • Valor estimado: 12.000,00€
  • Importe (sin IVA): 12.000,00 € (con IVA: 14.520,00 €)
  • Objeto: Suministro y puesta en marcha de 2 tótems digitales para el hall de público del Teatro Principal de Zaragoza, instalados en zona interior con luz artificial variable, dotados con Wifi e incluyendo software gestor de contenidos. Especificaciones conforme a la memoria técnica.
  • Clase:Oferta económica
  • Descripción:

    Se valorará con mayor puntuación la oferta más favorable económicamente para el PMAEI.


    Se aplicará un criterio de proporcionalidad respecto a la oferta más reducida, a la que se atribuirá la puntuación máxima de 60 puntos, calculando la ponderación de las demás con arreglo a la fórmula siguiente:


    P= 60 x MIN/ OF


    Donde P será la puntuación que obtenga el licitador, MIN es el importe de la oferta más baja presentada por los licitadores y OF es la oferta correspondiente al licitador que se valora.


    Se considerarán anormalmente bajas, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:


    a) Cuando concurriendo un solo licitador sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 15 unidades porcentuales.
    b) Cuando concurran dos o más licitadores, se considerará que una oferta es desproporcionada cuando su importe económico sea inferior al producto de la media aritmética de las ofertas presentadas por el coeficiente 0,80 calculado con arreglo a la siguiente fórmula:
    Si Of < Ofmedia x 0,80 se considerará desproporcionada
    Donde Of es la oferta presentada por el licitador y Ofmedia es la media aritmética de las ofertas presentadas.


    Cuando el órgano de contratación, considerase que una o varias ofertas son anormalmente bajas, se atenderá a lo especificado en el artículo 149 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP).

  • Tipo de criterio:Objetivo
  • SubTipo de criterio:Precio
  • Peso:60 %
  • Clase:Propuesta técnica
  • Descripción:

    Así mismo se valorarán los siguientes aspectos con una puntuación máxima de 40 puntos:
    - Proyecto técnico (30 puntos). Se valorará la idoneidad de las soluciones técnicas aportadas acorde con los siguientes aspectos:
    ¿ Requisitos técnicos que se incluyen en el punto 2 de la presente memoria técnica (de 0 a 20 puntos).
    ¿ Funcionalidad (de 0 a 3 puntos): se debe garantizar el correcto funcionamiento de las pantallas/monitores y asegurar una fluidez y sencillez en la carga de contenidos y en los procesos de trabajo que no traben su manejabilidad, independientemente del número de contenidos que se programen.
    ¿ Versatilidad (de 0 a 2 puntos): facilitando opciones para la carga, el acceso, el etiquetado, la ordenación de los contenidos y la programación de su temporalidad.
    ¿ Sencillez de manejo del programa gestor (de 0 a 2 puntos): atendiendo a una interfaz ordenada, visualmente limpia en la medida de lo posible y con una línea gráfica definida.
    ¿ Seguridad (de 0 a 3 puntos): tanto en el sentido de protección frente a la pérdida de datos, posibilidad que no debe existir, como en el sentido de invulnerabilidad ante posibles robos de esos datos o ataques externos.
    - Propuestas complementarias (10 puntos):
    ¿ Se valorarán de 0 a 4 puntos aquellas iniciativas que supongan una mejora objetiva sobre los mínimos planteados en esta memoria, en cuanto a aspectos como los tipos de contenidos, plantillas de datos, sencillez para montar fotografías y vídeos añadiendo sobre ellos rótulos estáticos y dinámicos (sobreimpresionados, en banners, etc.), las mejoras de hardware o el aumento de funcionalidades en general que resulten de utilidad para la finalidad de los tótems.
    ¿ Se valorará de 0 a 2 puntos la mejora, sin coste adicional, en cuanto a la reducción del tiempo de respuesta del servicio técnico en caso de averías y del servicio de consultas por teléfono (en días hábiles y dentro del horario de trabajo de la empresa).
    ¿ Se valorará con 1 punto cada año de ampliación, sin coste adicional, del servicio de consultas por teléfono, por Email o por portal web, para el hardware y software, hasta un máximo de 2 puntos.
    ¿ Se valorará con 1 punto cada año de ampliación, sin coste adicional, de las garantías mínimas de hardware y software exigidas en la presente memoria, hasta un máximo de 2 puntos.

  • Tipo de criterio:Subjetivo
  • SubTipo de criterio:Otros
  • Peso:40 %

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