319406-21 - ASISTENCIA TECNICA PARA LA PUESTA EN MARCHA DE LA OFICINA FILMICA


Contrato Menor

Adjudicación Adjudicación

TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Subjetivo Otros 85 % Dependientes de un juicio de valor

b.1) Propuesta técnica de prestación del servicio, de 0 a 25 puntos
b.2) Mayor cualificación y experiencia del licitador , de 0 a 25 puntos.
b.3) Propuesta de plan de comunicación y promoción, de 0 a 15 puntos
b.4) Propuesta de difusión, de 0 a 5 puntos
b.5) Propuesta técnica de generación de colaboradores y patrocinios, de 0 a 15 puntos

b) Plan de prestación material del servicio. El PLAN o MEMORIA TÉCNICA DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO definirá la propuesta técnica que propone el licitador para realizar cada una de las prestaciones que integran el objeto del contrato, reflejando los tiempos de ejecución, incluyendo una propuesta de necesidades y aspectos a incluir en un plan estratégico para la Film Office de cara a su posicionamiento nacional e internacional.
c) Mayor cualificación y experiencia del licitador que vaya a ejecutar el contrato.
Dada la relevancia de la cualificación y experiencia del personal que vaya a asumir directamente la ejecución de las prestaciones objeto de este contrato para la calidad de los trabajos objeto del contrato, se valora la mayor cualificación profesional y experiencia
–en los términos indicados en la presente memoria-, de todo o parte de ese personal entrabajos directamente relacionados con los que son objeto del contrato. Se deberá acreditar mediante los correspondientes títulos y vida laboral del personal que el
contratista se compromete aportar a la ejecución del contrato.
d) Planteamiento de Plan de comunicación y promoción. El PLAN o MEMORIA TÉCNICA DE COMUNICACIÓN Y PROMOCIÓN definirá la propuesta técnica que propone el licitador para garantizar una comunicación eficaz y fluida de las actividades de la Film Office, incluyendo tanto los aspectos de comunicación tradicional como digital, y tanto los planos de la comunicación y promoción local como hacia el exterior, reflejando los tiempos de ejecución.
Se incluirá asimismo el diseño de contenidos de la futura Web de la Oficina Fílmica Zaragoza, así como la elaboración de un plan para la captación de rodajes en la ciudad de Zaragoza, con los objetivos, acciones y planes detallados de actuación.
e) Planteamiento de PLAN DE DIFUSIÓN DE LA OFICINA FÍLMICA DE ZARAGOZA, incluyendo los aspectos correspondientes a la promoción de la Oficina en el seno de la ciudad de Zaragoza y su promoción como destino de turismo cinematográfico f) Planteamiento de Plan de generación de colaboradores y patrocinios. El PLAN o MEMORIA TÉCNICA DE COLABORACIONES Y PATROCINIOS definirá la propuesta técnica que propone el licitador para garantizar un equilibrio de los recursos que requiere
la FO para su funcionamiento incluyendo aportaciones públicas locales y captación de recursos externos, vía colaboraciones, subvenciones y patrocinios, reflejando si ello es posible los tiempos de ejecución.
En la puntuación de los apartados b a f se tendrá en cuenta la justificación de la metodología a emplear en los distintos trabajos, su coherencia, el conocimiento que denoten de la correcta prestación de los servicios objeto de contratación y de la
problemática a resolver.
La distribución de la puntuación se hará de manera proporcional en todos los aspectos de valoración enunciados, teniendo en cuenta el grado de concreción de cada uno de los apartados.
Se considerará que una oferta es desproporcionada o anormalmente baja cuando su importe económico sea inferior al producto de la media aritmética de las ofertas presentadas por el coeficiente del 0,80 calculado con arreglo a la fórmula:
Si Of<Ofmedia x 0,80 se considerará desproporcionada

Objetivo Precio 15 % Oferta economica

a) Propuesta económica. Precio por los servicios objeto del contrato. La mayor cantidad de baja ofertada sobre el precio total del contrato (IVA excluido), será valorada con la máxima puntuación establecida para este criterio; la oferta que no realice ninguna
baja será valorada con 0 puntos, atribuyéndose a los restantes importes (cantidades) de baja ofertados la puntuación que proceda proporcionalmente, por el procedimiento de regla de tres simple directa.

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