VIVMENOR37-20 - SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TABLONES DE ANUNCIOS EN EDIFICIOS GESTIONADOS POR ZARAGOZA VIVIENDA SITOS EN DIFERENTES EMPLAZAMIENTOS


Contrato Menor

Contrato Formalizado Contrato Formalizado

  • Tipo de contrato: Suministros
  • Entidad Contratante: Zaragoza Vivienda
  • Organismo Contratante: SOCIEDAD MUNICIPAL ZARAGOZA VIVIENDA, S.L.U.
  • Año: 2021
  • Valor estimado: 12.376,00€
  • Importe (sin IVA): 12.376,00 € (con IVA: 14.974,96 €)
  • Objeto: El presente contrato tiene por objeto el suministro e instalación de 238 tablones de anuncios en 119 edificios gestionados por Zaragoza Vivienda ubicados en emplazamientos que se indican en el Anexo IV. La Sociedad Municipal gestiona en la actualidad un conjunto de edificios destinados al alquiler social de diferentes colectivos siendo preciso trasladar diversos mensajes, normas, consejos, etc. o de informar de situaciones, actividades, reparaciones, etc. a realizar en el edificio. Para poder trasladar a los inquilinos de manera rápida y eficaz esta información se ha considerado conveniente la colocación de tablones de anuncios estandarizados en el uso de comunidades de propietarios.
  • Duración: 25 días
  • CPV:
    • Tableros de planificación o accesorios
  • Licitadores: 3
  • Clase:Oferta económica
  • Descripción:La adjudicación del presente contrato se realizara a favor de la oferta que presente la mejor relación calidad precio, entendiéndose por tal, aquella que reuniendo todos los requisitos de la convocatoria, alcance la mayor puntuación con arreglo a los siguientes criterios de adjudicación: CRITERIOS VALORARLES EN CIFRAS O PORCENTAJES hasta 100 puntos A) Proximidad de la oferta económica al precio de licitación........hasta too puntos. La máxima puntuación se asignará a la oferta económica más baja que reúna todos los requisitos. Al resto de las ofertas, se asignará una puntuación proporcionalmente con aproximación de dos decimales, según la fórmula que se indica a continuación: Pn= 1oo x (Pl- On)/ (Pl/Ob) En donde: Pn Puntuación a asignar a las ofertas superiores a la más baja. PI Precio de licitación. On Precio oferta más baja. Ob Precio de la oferta que se valora. Se considerará que una proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas desproporcionadas o anormalmente bajas, entendiéndose como tales, aquellas cuya baja sea superior z5 unidades porcentuales (z5o/o) con respecto al precio de licitación. Criterio de desempate: En el supuesto de que dos o más proposiciones se igualen en sus términos según la ponderación establecidas en los criterios de adjudicación prevista en la presente cláusula, éste será dirimido mediante sorteo.
  • Tipo de criterio:Objetivo
  • Peso:100 %

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