ECO-2018320 - ADQUISICIÓN DE UNA PLATAFORMA ELEVADORA DE TIJERA


Contrato Formalizado Contrato Formalizado

  • Tipo de contrato: Suministros
  • Entidad Contratante: Ecociudad
  • Organismo Contratante: ECOCIUDAD ZARAGOZA S.A
  • Año: 2018
  • Valor estimado: 16.000,00€
  • Importe (sin IVA): 16.000,00 € (con IVA: 19.360,00 €)
  • Objeto: Adquisición de una plataforma elevadora de tijera destinada a la Planta de recuperación de agua.
  • Duración: 30 días
  • CPV:
    • Elevadores mecánicos
  • Licitadores: 4
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Objeto

Adquisición de una plataforma elevadora de tijera destinada a la Planta de recuperación de agua que gestiona la sociedad, conforme a las características técnicas que se especifican a continuación.

Criterios de adjudicación

Criterios de adjudicación - Los criterios de adjudicación de las propuestas cuantificables exclusivamente mediante la mera aplicación de fórmulas son los que figuran en el anuncio de licitación y en el Anexo. - En el Anexo X se establecen los parámetros objetivos en virtud de los cuales se entenderá que la proposición no puede ser cumplida por ser considerada anormalmente baja. - Cuando se produzca empate entre ofertas se aplicarán los criterios de desempate previstos en el Anexo X.

Condiciones Especiales

TipoDescripción
Social Las empresas con plantilla superior a 250 personas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley 32007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. La empresa adjudicataria deberá realizar durante la ejecución del contrato como mínimo tres acciones nuevas en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a la plantilla adscrita a su ejecución.
ÉticaLa empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual y por orientación sexual.
Otro Es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria desarrolle un plan de formación y de vigilancia de la salud de los trabajadoresas a su servicio en función de la naturaleza de sus funciones y de los riesgos inherentes al trabajo que desarrollan. El incumplimiento de las condiciones especiales tendrá la consideración de infracción grave a los efectos de imposición de penalidades.

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