Educación y participación

Ayudas y Subvenciones

Subvenciones para Comercios afectados por obras en el término municipal de Zaragoza

  • Ayudas Económicas y Subvenciones

Descripción

PLAZOS DE SOLICITUDES 2026
  • Las solicitudes relativas al 4º trimestre de 2025 y al 1º trimestre de 2026 se podrán presentar hasta el 31 de julio de 2026.
  • Las del 2º trimestre de 2026 (abril-junio), hasta el 31 de agosto de 2026.
  • Las del 3º trimestre de 2026 (julio-septiembre), hasta el 31 de octubre de 2026.

OBJETO

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones mediante procedimiento simplificado de concurrencia competitiva en convocatoria
abierta, de conformidad con el artículo 16.3.a del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, destinadas a compensar el descenso en el nivel de ingresos sufrido por establecimientos comerciales minoristas y de prestación de servicios personales situados en el término municipal de Zaragoza, que se vean afectados por obras ya iniciadas o que se inicien hasta el 30 de junio de 2026, que produzcan afecciones en la vía pública y cuya duración prevista sea superior a seis
meses. La presente convocatoria prevé la concesión de ayudas para el último trimestre de 2025 y los tres primeros trimestres de 2026

La finalidad de estas ayudas es contribuir al sostenimiento del tejido comercial local en las zonas directamente afectadas por dichas obras, paliando el impacto negativo que la ejecución de las mismas pueda generar sobre la actividad económica de los negocios ubicados en su entorno inmediato.

A los efectos de esta convocatoria, se entenderá que un establecimiento está afectado directamente por una obra cuando concurran simultáneamente las siguientes condiciones:

  • a) Que el local se ubique físicamente en planta baja con acceso directo y «a pie de calle» en cualquiera de los tramos definidos en el Anexo I.
  • b) Que la obra ocasione una alteración sustancial y continuada en la accesibilidad o visibilidad del establecimiento, ya sea por cortes de tráfico rodado o peatonal, vallados, ruidos, maquinaria, o por la supresión de paradas o desvíos de transporte público.
  • c) Que el establecimiento esté en funcionamiento con anterioridad al inicio efectivo de la obra y permanezca activo durante el periodo de afección.
  • d) Que se acredite un descenso en el nivel de ingresos en los trimestres solicitados en la forma que se indica en las presentes bases.

Las afecciones que se puedan producir por este tipo de obras en el cuarto trimestre de2026 serán objeto de inclusión en la convocatoria del año 2027, en su caso.

CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS Y CUANTÍA

Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 2026 ECO 4391 47901 "Plan de ayudas al comercio afectado por obras" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Zaragoza para el ejercicio 2026, dotada inicialmente con un importe de 150.000 euros.

El importe de la ayuda a conceder a cada beneficiario será de 400 euros por mes de afección por las obras indicadas, no pudiendo exceder de septiembre de 2026.

ÁMBITO TEMPORAL Y TERRITORIAL DE APLICACIÓN

Las ayudas reguladas en la presente convocatoria se aplicarán a los establecimientos ubicados en los tramos de vía pública del término municipal de Zaragoza que se vean afectados por obras cuya duración prevista sea igual o superior a seis meses y que generen afección directa en la vía pública susceptible de ocasionar una merma en la actividad comercial.
Serán subvencionables aquellos perjuicios ocasionados a autónomos y microempresas por obras promovidas por el Ayuntamiento de Zaragoza que tengan impacto directo en la vía pública y, en consecuencia, en la actividad comercial y que hayan sido iniciadas en el intervalo indicado en la base PRIMERA de la convocatoria.

La delimitación precisa de los tramos de calle afectados, así como la fecha de inicio y duración estimada de cada obra, se recogen en el Anexo I de la convocatoria, elaborado a partir de la programación de obras prevista por los servicios técnicos municipales competente.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN. CRITERIOS DE CÁLCULO

La ayuda tendrá carácter directo, y su importe se determinará en función de una disminución en el importe neto de la cifra de negocio declarado en base a la comparación con trimestres anteriores.

MÁS INFORMACIÓN

  • En las Bases que se adjuntan en al apartado de "Normativa".

Requisitos

BENEFICIARIOS.

1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta convocatoria las personas físicas y micro empresas que cumplan simultáneamente los siguientes requisitos:

  • a) Ser titulares de un establecimiento abierto al público, de naturaleza comercial minorista o de prestación de servicios personales, en planta baja y con acceso directo "a pie de calle" en alguno de los tramos afectados por las obras públicas relacionados en el Anexo I.
  • b) Desarrollar de forma efectiva una actividad económica en dicho local durante el periodo de afección directa previsto para la obra correspondiente.
  • c) Estar en situación de alta en alguno de los regímenes correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) que se relacionan en el siguiente párrafo, a fecha anterior al inicio de la afección.
  • d) Disponer de la correspondiente licencia municipal de apertura o funcionamiento, o, en su caso, de declaración responsable presentada ante el Ayuntamiento con anterioridad al inicio de la afección.
  • e) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no tener deudas con la Comunidad Autónoma ni con el Ayuntamiento de Zaragoza.
  • f) No hallarse incurso en ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

2. Se considera comercio susceptible de recibir las ayudas que se regulan en estas bases, aquéllos que se incluyen en alguno de los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas, siempre que se hallen "a pie de calle" indicados en las bases.

Plazo de Presentación


BOPZ 155 de 9 de julio de 2026

ABIERTO EL PLAZO DE SOLICITUDES desde el 10 de julio de 2026

El tipo de convocatoria es abierta con tres resoluciones, una por cada trimestre, por ello el plazo para presentar solicitud es:

  • Las solicitudes relativas al cuarto trimestre de 2025 y al primer trimestre de 2026 se podrán presentar hasta el 31 de julio de 2026.
  • Las del segundo trimestre de 2026 (abril-junio), hasta el  31 de agosto de 2026.
  • Las del tercer trimestre de 2026 (julio-septiembre), hasta el 31 de octubre de 2026.

 

 

Formas de tramitación


Por internet

Por Internet

Documentación

Consulte la documentación necesaria en la  base 11, de las Bases. (Apartado de Normativas)

Dirigido a:
  • Empresas
Última actualización: 2026-07-09