Educación y participación

Medio Ambiente y Salud Pública

Subvenciones a entidades de protección animal


Descripción

Convocatoria 2025

Las presentes bases tienen por objeto efectuar la convocatoria anual de subvenciones para la protección animal en el año 2025 destinadas a las entidades sociales e instituciones sin ánimo de lucro para que, desde su capacidad de influencia, inviertan sus esfuerzos sociales en actuaciones relacionadas con el bienestar y la protección animal y ayuda en la instrumentalización y refuerzos en situaciones de calamidades que favorezcan cambios en materia integral de protección animal en la ciudad de Zaragoza.

Esta línea de subvenciones se enmarca dentro del Plan Estratégico de Subvenciones 2024 a 2027, aprobado por el Gobierno de Zaragoza el 31 de octubre de 2025, dentro de la Línea Estratégica nº 6: Medio Ambiente y Sostenibilidad, cuya finalidad es impulsar la sostenibilidad de la ciudad y especialmente la movilidad adaptada.

MÁS INFORMACIÓN

  • En las Bases que aparecen en el apartado de Normativa

Requisitos

  • Desarrollar su actividad efectiva en la ciudad de Zaragoza y sus barrios rurales, acreditada como mínimo de 1 año en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
  • Estar inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Zaragoza con una antigüedad mínima de un año desde el momento de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Conforme al art. 60 del Reglamento de Órganos Territoriales y Participación Ciudadana podrán optar a ser inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas: todas las asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas, que se organicen democráticamente y que tengan como objetivos la defensa, el fomento o la mejora de los intereses generales o sectoriales de los ciudadanos del municipio, cuyo ámbito de actuación comprenda en todo caso el término municipal o parte de éste y tengan en él su sede social o una delegación estable¿ en el término municipal de Zaragoza.
  • Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Agencia Estatal Tributaria y Seguridad Social, en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes hasta la correcta justificación de la subvención que se conceda.
  • Acreditar la disposición de un Plan de Igualdad en caso de ser obligatorio conforme a lo dispuesto en la legislación vigente.

Plazo de Presentación


Del 19 de noviembre al 10 de diciembre de 2025.

Silencio Administrativo


NEGATIVO

Formas de tramitación


Por internet

Por Internet

Trámite fuera de plazo

Documentación

Las Entidades presentarán su solicitud únicamente mediante instancia según Anexo I que se acompaña a estas bases y debidamente cumplimentada en todos sus campos, suscrita por quien ostente la representación legal de la entidad o poder legal para ello, acompañada de la siguiente documentación:

1) EN EL MOMENTO DE SOLICITAR LA SUBVENCIÓN: (ANEXO I)

  • Instancia de solicitud de la subvención
  • Certificación del/la representante legal y de la composición de la Junta Directiva
  • Memoria General de la Entidad.
  • Memoria descriptiva del proyecto a realizar.
  • Ficha de Terceros: Certificación bancaria de titularidad de cuenta, en caso de no haberla aportado con anterioridad. (Descargar en: https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/39195).
  • Declaración de concurrencia de subvenciones 
  • Cuando las entidades soliciten por primera vez subvención al Ayuntamiento deberán presentar:
    • Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal
    • Fotocopia de los estatutos de la entidad.

2) EN EL MOMENTO DE JUSTIFICAR LA SUBVENCIÓN: (ANEXO II)

  • La documentación que acredite el cumplimiento de los criterios de valoración de la base undécima.

Proceso.

1) La solicitud

Esta convocatoria tiene tramitación exclusivamente electrónica.

Las solicitudes se cumplimentarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza en la siguiente dirección:
Registro General (https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/11901)
y deberán presentarse necesariamente acompañadas de los documentos que se indican en la convocatoria, digitalizados en formato PDF.

Se tendrá como no presentada la documentación que se haga llegar por medios diferentes al indicado en el apartado anterior, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En caso de necesitar alguna aclaración en relación a la documentación a presentar podrán solicitar la información a través de la siguiente dirección de correo electrónico : proteccionanimal@zaragoza.es.

2) La justificación

La documentación se presentará conforme a lo dispuesto en el apartado anterior realizándose unicamente según los modelos que figuran como Anexos a estas Bases.

Dirigido a:
  • Personas Jurídicas
Última actualización: 2026-02-02

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