Lavado y planchado de la ropa de trabajo de los laboratorios del Instituto Municipal de Salud Pública: Adjudicación Provisional

Expediente: 0236753/09 DECRETO DE LA CONSEJERA DEL ÁREA DE SERVICIO PÚBLICOS.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 11 DE NOVIEMBRE DE 2009.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, esta Consejera del Área de Servicios Públicos, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Excluir del procedimiento de adjudicación convocado para la contratación del servicio de "LAVADO Y PLANCHADO DE LA ROPA DE TRABAJO DE LOS LABORATORIOS DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE SALUD PÚBLICA" a la empresa ELIS MANOMATIC, S.A., por no acreditar la solvencia técnica.

SEGUNDO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado sin publicidad, el servicio de referencia, cuyo importe máximo del contrato es de 11.818,97 euros, al que se adicionará el 16 % de I.V.A. (1.891,03 euros), lo que supone un total de 13.710,00 euros, a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa MINUEVAL S.L. con C.I.F: B-50397041 y con domicilio en Comuneros de Castilla, 11-13, 50.002 Zaragoza, por los siguientes precios unitarios:

CONCEPTOIMPORTE (I.V.A. excluido)IMPORTE (I.V.A. incluido)
Batas1,82 euros2,11 euros
Pantalones1,73 euros2,01 euros
Chaquetillas1,73 euros2,01 euros
Camisetas0,91 euros1,06 euros

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

TERCERO.- El gasto derivado del contrato, para el presente ejercicio, se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: 09 ISP 41325 22700 "SERVICIO DE LAVANDERIA", RC:090176. La vigencia del contrato para el resto de los ejercicios a los que se extiende la duración del mismo, quedará condicionada a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente en los presupuestos anuales correspondientes.

CUARTO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los QUINCE DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 590,95 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

QUINTO.- Notificar el presente acuerdo a todas las empresas que han intervenido en la licitación.

SEXTO.- Esta Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SÉPTIMO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

LA CONSEJERA DEL ÁREA DE SERVICIO PÚBLICOS

Fdo.: Carmen Dueso Mateo

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