Elaboración, desarrollo e implantación de una tarjeta ciudadana en el Ayuntamiento de Zaragoza: Adjudicación Definitiva

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE HACIENDA, ECONOMÍA Y RÉGIMEN INTERIOR. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 21 DE OCTUBRE DE 2009.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este Consejero del Área de Hacienda, Economía y Régimen Interior, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento abierto, el servicio de "ELABORACIÓN, DESARROLLO E IMPLANTACIÓN DE UNA TARJETA CIUDADANA EN EL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA", cuyo presupuesto de licitación es de 146.551,72 euros (I.V.A. excluido); 170.000,00 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la U.T.E. WEB DREAMS ZARAGOZA CARD compuesta por WEB DREAMS S.L. y WEB DREAMS ZT CONSULTORÍA, S.L., con domicilio en C/ Rodrigo Díaz de Vivar, nº 6, Local, 50.006 Zaragoza, por la cantidad de 121.637,93 euros (I.V.A. excluido); 141.100,00 euros (I.V.A. incluido), siendo la duración del contrato, para la fase de implantación, hasta el 31 de diciembre de 2009.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.- El gasto derivado del contrato, para el presente ejercicio, se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: 09 HYE 61111 22693 GASTOS DIVERSOS , RC nº 091866.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de esta resolución comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

EL CONSEJERO DEL ÁREA DE HACIENDA, ECONOMÍA Y RÉGIMEN INTERIOR

Fdo.: Francisco Catalá Pardo

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