Regulación de Estacionamiento en la Vía Pública en la Ciudad de Zaragoza: Anuncio de modificación de contrato
REGULACIÓN DE ESTACIONAMIENTO EN LA VÍA PÚBLICA EN LA CIUDAD DE ZARAGOZA: ANUNCIO DE MODIFICACIÓN DE CONTRATO
El Gobierno de Zaragoza con fecha 6 de octubre de 2020, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
PRIMERO.- Declarar de interés público la modificación del contrato de gestión del servicio público de "REGULACIÓN DE ESTACIONAMIENTO EN LA VÍA PUBLICA EN LA CIUDAD DE ZARAGOZA", en la modalidad de concesión administrativa consistente en la modificación de la obligación de los controladores de realizar tres rotaciones a la hora como consecuencia de la aprobación del nuevo Reglamento Municipal para la prestación del Servicio de Regulación de Estacionamiento en la Vía Pública que elimina la obligatoriedad de exponer el tique que autoriza a estacionar en el parabrisas del vehículo, con el fin de facilitar al usuario la operación y evitar problemas asociados a la falsificación de tiques u otros similares.
Los avances técnicos introducidos en el nuevo Reglamento Municipal para la prestación del Servicio de Regulación de Estacionamiento, fundamentalmente la posibilidad del pago remoto por parte de los usuarios a través de dispositivos móviles o página web del servicio y la ampliación del tiempo de estacionamiento telemáticamente, supone que los vigilantes desde sus dispositivos puedan conocer cuando va a vencer el tique aunque no se esté en ese momento delante del vehículo vigilado haciendo, por lo tanto, innecesaria la exigencia de realizar tres rotaciones a la hora.
SEGUNDO.- Aprobar la modificación del contrato de referencia adjudicado a la Unión Temporal de Empresas CONSTRUCCIONES MARIANO LÓPEZ NAVARRO, S.A.U - VINCI PARK SERVICIOS, S.A, ( Z+M UTE), por un importe anual de 3.206.578,72 euros; modificando la obligación establecida en el párrafo tercero de la cláusula 5 del Pliego de Prescripciones Técnicas que señalaba que "en cada ruta el controlador llevará un mínimo de tres rotaciones a la hora", quedando con el siguiente tenor literal:
"La media de vehículos cuyo estacionamiento será objeto de control en cada ruta se fija en 70 en la zona ESRO y 80 plazas en la zona ESRE, no obstante, en cada ruta el controlador llevará a cabo un mínimo de tres rotaciones cada dos horas"
TERCERO.- Esta modificación no supone modificación de las condiciones económicas del contrato y por lo tanto no implica coste adicional en la ejecución del mismo.
CUARTO.- Notificar el presente Acuerdo a los interesados y publicar anuncio de modificación en el perfil del contratante y Boletín donde se publicó la original licitación y adjudicación del contrato.
QUINTO.- Inscribir el presente Acuerdo en el Libro que corresponda.
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