Dirección facultativa de la obra del C.M.F El Rabal: construcción edificio modular y dos campos de fútbol 11 (pavimento, sistema de riego y sistema de iluminación: Adjudicación Provisional

Expediente:0387720/09

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO VIVIENDA ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 18 DE JUNIO DE 2009.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO VIVIENDA ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Excluir del procedimiento abierto, el servicio de "DIRECCIÓN FACULTATIVA OBRAS C.M.F. EL RABAL: CONSTRUCCIÓN EDIFICIO MODULAR Y DOS CAMPOS FÚTBOL 11 (PAVIMENTO, SISTEMA DE RIEGO E ILUMINACIÓN)" a la empresa INGENIERÍA Y PROYECTOS INNOVADORES, S.L. por no presentar la fianza provisional .

SEGUNDO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento abierto, el servicio de "DIRECCIÓN FACULTATIVA OBRAS C.M.F. EL RABAL: CONSTRUCCIÓN EDIFICIO MODULAR Y DOS CAMPOS FÚTBOL 11 (PAVIMENTO, SISTEMA DE RIEGO E ILUMINACIÓN)", cuyo presupuesto de licitación es de 130.627,70 euros (I.V.A. Excluido); 151.528,13 euros (I.V.A.incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa MORENO, SERRANO Y MORENO ARQUITECTOS S.C.P. con C.I.F B-99193815 y con domicilio en Pº SAGASTA 64, 1ª 50006 ZARAGOZA por la cantidad de 108.420,99 euros (IVA EXCLUIDO) a lo que se adicionará la cantidad de 17.347,36 euros en concepto de 16% de IVA, lo que supone un total de 125.768,35 ( IVA INCLUIDO).

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

TERCERO.-El gasto derivado del contrato para el presente ejercicio se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: RC:. La vigencia del contrato para el resto de los ejercicios a los que se extiende la duración del mismo, quedará condicionada a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente en los presupuestos anuales correspondientes.

CUARTO.-Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 5.421,05 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de 454,80 euros en concepto de pago por la inserción de anuncios en los correspondientes boletines oficiales.

QUINTO.-Notificar el presente acuerdo a todas las empresas que han intervenido en la licitación.

SEXTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEPTIMO.-El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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