Ampliación de infraestructuras de la red municipal de comunicaciones de fibra óptica entre los edificios municipales del Ayuntamiento de Zaragoza.: Adjudicación Definitiva

Expediente: 0075809/09 Z-167

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA-ACCIÓN SOCIAL. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 29 DE ABRIL DE 2009.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA-ACCIÓN SOCIAL, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado con publicidad, las obras de "AMPLIACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE LA RED MUNICIPAL DE COMUNICACIONES DE FIBRA OPTICA ENTRE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA", cuyo presupuesto de licitación es de 603.000,00 euros (I.V.A. excluido); 699.480,00 euros (I.V.A. incluido), un número mínimo de 20 trabajadores y un plazo de ejecución de 9 meses, a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, cumpliendo los objetivos previstos en el Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre de creación del fondo Estatal de Inversión Local, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por "MONTAJES ELÉCTRICOS GARCÍA S.L. Y OBEMCO S.A., UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS", con CIF U99245656 y domicilio en Plataforma Logística de Zaragoza (PLAZA); C/ Bursao nº 7, C.P. 50197 ZARAGOZA por la cantidad de 554.760,00 euros (I.V.A. excluido), a la que se adicionara la cantidad de 88.761,60 euros en concepto de IVA lo que supone un total de 643.521,60 euros (I.V.A. incluido) así como las mejoras incluidas en su oferta y admitidas por el Ayuntamiento de Zaragoza. En la ejecución de la obra se ocuparán 50 personas (38 trabajadores propios y 12 desempleados), con un plazo de ejecución de las obras de 9 meses.

Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 29 de enero de 2009.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.-El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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