Rehabilitación espacio público Parque Bruil.: Adjudicación Provisional

Expediente: 0008818/09. Z-026

DECRETO DEL CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA, ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 28 DE ABRIL DE 2.009

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este CONSEJERO DEL ÁREA DE URBANISMO VIVIENDA ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado con publicidad, las obras de "REHABILITACIÓN ESPACIO PÚBLICO PARQUE BRUIL", cuyo presupuesto de licitación es de 900.000,00 euros (I.V.A. excluido); 1.044.000,00 euros (I.V.A. incluido), un número mínimo de 13 trabajadores y un plazo de ejecución de 6 meses, a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, cumpliendo los objetivos previstos en el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre de creación del Fondo Estatal de Inversión Local, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa OBRAS CIVILES CODESPORT, S.A.U. con C.I.F A50068782 y con domicilio en PASEO ISABEL LA CATÓLICA 6, 4ª PLANTA 50009 ZARAGOZA por la cantidad de 859.827,59 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 137.572,41 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 997.400,00 euros (I.V.A. incluido) cumpliendo los objetivos previstos en el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre de creación del Fondo Estatal de Inversión Local. En la ejecución de la obra se ocuparán 37 personas (12 trabajadores propios y 25 desempleados), con un plazo de ejecución de 5 meses.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 28 de enero de 2.009.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 42.991,38 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio de Contratación justificante de haber abonado los gastos especificados en la cláusula decimoprimera del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares:

  • En la Tesorería Municipal el importe de 4.299,14 euros en concepto de gastos de control y seguimiento de los objetivos exigidos en el Fondo Estatal de Inversión Local (por aplicación del coeficiente de 0,005 al importe de adjudicación del contrato sin incluir el I.V.A.).
  • Igualmente en la Tesorería Municipal el importe de 1.719,66 euros en concepto de gastos de difusión y comunicación de las obras a ejecutar en aras a minimizar las molestias a los ciudadanos afectados en aquellos contratos, como el presente, cuyo importe de adjudicación sin incluir el I.V.A. sea igual o superior a 500.000,00 euros e inferior a 1.000.000 euros, aplicando un coeficiente del 0,002 a dicho importe.
  • En el Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón el importe de 45.914,46 euros en concepto de redacción de proyecto (43.913,24 euros) y estudio de seguridad y salud en fase de proyecto (2.001,22 euros) según documento de honorarios contenido en el proyecto y visado por dicho Colegio Oficial con fecha 5 de enero de 2009.

CUARTO.-Notificar el presente acuerdo a todas las empresas que han intervenido en la licitación.

QUINTO.-Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.-El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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