Contrato de Servicio de Zaragalla 2014 y Zaragalla Educación Especial: Decreto de Rectificación

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DE ACCIÓN SOCIAL Y DEPORTES. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A VEINTISIETE DE JUNIO DE DOS MIL CATORCE.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, este Consejero de Acción Social y Deportes, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Rectificar las Cláusulas nº 1 y nº 14, Lote 2: Programa Zaragalla Educación Especial del Pliego de Prescripciones Técnicas, para la contratación del servicio consistente en ¿ZARAGALLA 2014 Y ZARAGALLA EDUCACIÓN ESPECIAL", en el sentido de que en lugar de establecer un número mínimo de 15 técnicos superiores/monitores debe ser un número mínimo de 12 técnicos superiores/monitores, manteniéndose el resto de requisitos.

Todo ello, conforme al art. 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común que establece que las Administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

SEGUNDO.- Publicar la rectificación en el Perfil del Contratante, manteniéndose el plazo de presentación de ofertas.

TERCERO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

CUARTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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