C.M.F. distrito El Rabal. construcción edificio modular y dos campos de futbol 11 ( pavimento, sistema riego e iluminación ): Adjudicación Definitiva

0079278/09

El Gobierno de Zaragoza en sesión celebrada el 6 de abril de 2009, acuerda lo siguiente:

PRIMERO.-Adjudicar definitivamente, por procedimiento abierto, las obras de "C.M.F. FUTBOL DISTRITO EL RABAL. CONSTRUCCIÓN EDIFICIO MODULAR Y DOS CAMPOS DE FUTBOL 11 ( PAVIMENTO, SISTEMA RIEGO E ILUMINACIÓN )", cuyo presupuesto de licitación es de 2.780.115,15 euros (I.V.A. excluido); 3.224.933,57 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa CEINSA CONTRATAS E INGENIERIA SA con C.I.F A50137173 y con domicilio en COSO 67-75 ESC1-5 D 50001 ZARAGOZA por la cantidad de 2.439.273,03 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionara la cantidad de 390.283,68 euros en concepto de I.V.A por lo que el importe es de 2.829.556,71 euros (I.V.A. incluido) y un plazo de ejecución de 7 meses y las mejoras incluidas en su oferta.

El número total de personas a ocupar por la adjudicataria en la obra será de 73, de los cuales 52 son trabajadores propios y 21 trabajadores desempleados.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.-El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 29 de enero de 2009.

TERCERO.-Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.-El Consejero del Área de Fomento y Deportes será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto, incluida la relativa a Seguridad y Salud.

QUINTO.-El presente acuerdo deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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06-04-2009 11:30:17

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