Proyecto de pavimentación y renovación servicios calle Miguel Servet, entre avenida San José y calle Juana Ibarbourou: Adjudicación Definitiva
0075785/09 (Z-108)
El Gobierno de Zaragoza, en fecha 6 de abril de 2009, ha adoptado el siguiente acuerdo.
PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento abierto, las obras de "PAVIMENTACIÓN Y RENOVACIÓN SERVICIOS C/ MIGUEL SERVET, ENTRE AVDA. SAN JOSÉ Y C/ JUANA IBARBOUROU", cuyo presupuesto de licitación es de 3.964.095,00 euros (I.V.A. excluido); 4.598.350,20 euros (I.V.A. incluido), un número mínimo de trabajadores de 62 personas y un plazo de ejecución de 8 meses, a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los objetivos del Fondo Estatal de Inversión Local creado por Real Decreto Ley 9/2008, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa CONSTRUCCIONES MARIANO LÓPEZ NAVARRO con C.I.F A-50316595 y con domicilio en C/ Uncastillo 19 50008 ZARAGOZA por la cantidad de 3.052.353,00 euros (I.V.A. excluido); a la que se le adicionará la cantidad de 488.376,48 euros en concepto de IVA, lo que hace un importe de 3.540.729,48euros (I.V.A. incluido) El personal previsto a ocupar en la ejecución de la obra es de 140 trabajadores (110 trabajadores propios y 30 trabajadores desempleados). El plazo de ejecución de la obra es de seis (6) meses.
Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, a los pliegos de cláusulas administrativas y proyecto obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.
SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 27 de enero de 2009.
TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.
CUARTO.-El Consejero del Área de Infraestructuras y Participación Ciudadana, será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Acuerdo.
QUINTO.-El presente Acuerdo deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.
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